Un juez federal de los Estados Unidos de América acaba de declarar que Meta (antes Facebook) no violó la legislación de libre competencia al adquirir Instagram y WhatsApp. Según la Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés) la empresa habría “abusado de su posición monopólica al adquirir compañías que representaban amenazas competitivas”. La FTC solicitó en su demanda que, como remedio a ese supuesto abuso, se deje sin efecto ambas compras, a pesar de que ya había dado su aprobación para que se concreten, en 2012 y en 2014, respectivamente.
Escribimos en este mismo diario que el caso iba “cuesta arriba” (¿Dividir compañías para proteger la libre competencia?, 21/12/2020) porque sería difícil comprobar que Facebook tuvo o tiene “posición de dominio” en el mercado de “redes sociales personales” (“personal social networking”). Es precisamente por esta razón que el Juez ha declarado infundada la demanda. El mercado de redes sociales no es lo que era cuando Facebook fue creada en un dormitorio de la Universidad de Harvard. Hoy ya no se trata tanto de compartir contenido o fotos con familia y amigos (para eso usamos los mensajes directos o “chats) como de ver “Reels” posteados por terceros. Por esa razón, competidores como TikTok (que precisamente revolucionó este mercado) y YouTube también están en el “mercado relevante” (el mercado en el que Facebook tendría posición de dominio). Diversos experimentos han demostrado como, cuando se ofrece incentivos o ante “apagones” en el servicio de Facebook, los consumidores migran a TikTok o YouTube. Una vez que se toma en cuenta dicha dinámica, es difícil sostener que Facebook tiene posición de dominio. Sin dicha condición, no podría incurrirse en un abuso anticompetitivo, por lo que la demanda pierde sustento.
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Más allá del caso concreto, la decisión ofrece dos importantes lecciones para las agencias de competencia y hacedores de política pública de Latinoamérica.
Primero: hay que tener mucho cuidado con inferir una posición de dominio o “falta de competencia” a partir de “altas ganancias”, como la FTC argumentó. Si bien es cierto que un monopolista puede tener altos retornos; estos últimos también pueden deberse a una amplia gama de razones pro-competitivas: bajos costos, innovación, eficiencia, entre otros.
Segundo, priorizar recursos en los casos en los que realmente hay un daño comprobado al consumidor. Los mercados digitales son actualmente materia de discusión en todo el mundo por los supuestos “abusos” de las “Big Tech”, pero son pocas las empresas que realmente ostentan dicha posición, y menos aún los casos en los que hay un daño tangible. En el caso particular de las redes sociales se habla de efectos sociales negativos relativos a la dispersión de noticias falsas o el uso por parte de menores de edad. Tales preocupaciones pueden ser legítimas, pero no se originan en la falta de competencia. Los mercados digitales, son, en general, bastante competitivos y están evolucionado rápidamente.














