El juez Wilson Verástegui, del Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional, definirá si archiva o no el proceso judicial y la investigación seguida contra la candidata presidencial de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori y otros 15 co-procesados en el Caso ‘Cócteles’.
A través de su defensa legal, Fujimori Higuchi sustentó su pedido este viernes, amparándose en una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que la favoreció. En tanto, el fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial Lava Jato, cuestionó la legalidad de la referida sentencia del TC, así como la competencia del Poder Judicial (PJ) para archivar el caso.
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La excongresista fue acusada por los presuntos delitos de lavado de activos, organización criminal, declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica. Sus co-procesados también fueron acusados por los mismos delitos, pero de manera indistinta.
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En octubre de este año, el TC declaró fundado un recurso de habeas corpus presentado por Fujimori Higuchi y dispuso anular todo el caso que inició hace diez años atrás.
Por mayoría, el TC determinó que al momento de la comisión de los hechos imputados, estos no se configuraban como delitos de organización criminal ni lavado de activos en la modalidad de “receptación”.
El Ministerio Público había solicitado 35 años de cárcel contra la candidata presidencial, a quien acusó de haber participado en una presunta red criminal, enquistada al interior del partido Fuerza Popular, destinada a lavar cerca de US$ 17 millones presuntamente ilícitos, a través de las campañas electorales del 2011 y 2016.
Sin embargo, el TC ordenó dejar sin efecto “todos” los actos del proceso judicial, incluyendo la acusación -presentada en julio de este año-, la etapa intermedia y toda la investigación preliminar que se inició entre el 2015 y 2017, en contra de Fujimori Higuchi.

Los co-acusados solicitaron, que por extensión como prevé la norma, también se les aplique a su favor la sentencia del TC y se archive el caso en su contra.
El juez Verástegui Gálvez anunció que su decisión será notificada a las casillas electrónicas de los aún procesados. Esto sería a partir de la próxima semana, teniendo en cuenta que al final de la audiencia solicitó que, entre el lunes y martes, la fiscalía le alcance un escrito precisando el contenido fáctico -hechos específicos imputados – de cada uno de los acusados implicados en este caso.
Fiscalía: Sentencia del TC es “prevaricadora” y el PJ no tiene competencia para archivar el caso
En audiencia, el fiscal Josè Domingo Pérez, solicitó al juez de Investigación Preparatoria que no ejecute la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC) al calificarla como “política” y “prevaricadora”
De acuerdo al fiscal, la sentencia del TC incurrió en “vicios graves”, “premisas falsas” y por ende no puede ser aplicada.
“Cuál entonces son las consecuencias de que el Tribunal Constitucional haya insertado datos falsos en su sentencia. Son varias respuestas; desde que esta sentencia es una sentencia política y por lo tanto prevaricadora; y por lo tanto de una futura responsabilidad por infracción a la Constitución en un próximo período legislativo que se dé a consecuencia de un proceso democrático.”
Pérez Gómez explicó que el vicio invocado se debía a que el TC resolvió el caso de Fujimori Higuchi señalando que la fiscalía había imputado el delito de lavado de activos bajo la modalidad de “receptación”; sin embargo, precisó, la fiscalía en el expediente imputó el delito de lavado bajo la modalidad de “conversión”.
En otro punto, Pérez Gómez instó al juez para que “trascienda” y decida no aplicar la sentencia del TC. No obstante, indicó que si decide aplicarla, no podría ser la judicatura quien decida el archivo o no del caso.
Ello, explicó, porque la sentencia del TC anula todo lo actuado en el caso, incluyendo la formalización de la investigación preparatoria que faculta la intervención del juez en el caso; y por el contrario, al establecer el TC que el caso se anule hasta la investigación preliminar, es la fiscalía la que asume competencia para decidir si archiva o no el caso.
“Usted no tiene competencia para dictar resoluciones de archivos de improcedencia o archivo por sobreseimiento, por el contrario soy yo quien debe tomar la decisión si se archiva o no ese caso. Soy yo quien debe tomar la decisión si trasciende en la historia o no”, aseguró Pérez Gómez.
La procuradora María Camus Dávila, coincidió con la fiscalía al señalar que la imputación fiscal sí estaba dentro del marco legal que se aplicaba al momento de la comisión de los presuntos hechos delictivos.
“Consideramos que sí existe un correcto juicio de subsunción en la hipótesis incriminatoria que describió el Ministerio Público. Imputa que los aportes a la campaña, como el activo ilícito, que es de origen ilícito, fue de beneficio de la organización criminal, que fue ingresado de manera ilícita”, anotó.
También señaló que, en todo caso, el juez ha perdido competencia, de acuerdo a la sentencia emitida por el TC; y por tanto no podía resolver ni archivos o sobreseimientos.
Defensas de los acusados pidieron respetar el estado de derecho
Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, rechazó los argumentos del Ministerio Público y solicitó que se aplique la sentencia del TC al sostener que se trata de una “decisión firme” y “contundente”, que resuelve la situación legal de su patrocinada, Keiko Fujimori.
En esa línea, rescató que el TC declaró nulo y sin efectos las resoluciones que rechazaron el archivo de los delitos de lavado de activos y organización criminal, pero además establece que se deje sin efectos todos los actos desde el inicio de la investigación preliminar debido a que se ha establecido que en este caso se declaró la “inviabilidad de la imputación penal” y con eso “se pone fin al proceso”.
“No cabe espacio alguno de discusión, ni reinterpretación, ni reevaluación. Nosotros no venimos aquí a pedir un nuevo escenario de reexamen, el Tribunal ha sido sumamente claro.”
La abogada sostuvo que el juzgado sí tiene competencia para ejecutar la sentencia del TC, porque así lo establece la sentencia emitida por dicho órgano. Ello, porque como efecto de la sentencia del TC no existe proceso penal, investigación preparatoria y tampoco existe investigación preliminar como había alegado la fiscalía.
“No existe una imputación válida; por tanto, el único desenlace en la orden que le ha dado a usted, señor magistrado, el Tribunal Constitucional, no es otro que ponerle fin a este proceso de manera definitiva. Llegamos a más de diez años y ya con una sentencia establecida del TC, y en nombre de la justicia, consideramos que ya es momento de decir basta de seguir persiguiendo allí donde no hay imputación penal”, requirió.
Humberto Abanto, abogado de Jaime Yoshiyama, cuestionó que la fiscalía solicitara a la judicatura incumplir la sentencia del TC, cuyo control constitucional está contemplado en la Constitución.
En ese sentido, explicó que ya el TC definió que los hechos imputados no eran delito al momento de su comisión; y por tanto, su patrocinado tiene los mismos derechos que la beneficiada Fujimori Higuchi. Por tanto, no puede ser procesado por un delito de organización criminal, cuando el TC estableció que no se tipificaba dicho delito.
“¿Qué ha analizado el Tribunal Constitucional? La descripción de los hechos que ha hecho el Ministerio Público y ha entendido el TC que hay un mandato que viene el constituyente, que dice que nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de su comisión no esté previa y claramente tipificado en la ley como infracción punible.”
Gonzalo del Río, abogado de José Chlimper, coincidió en señalar que en un estado de derecho, se acata la sentencia del TC. Y, en ese línea, sostuvo que no existe dato falso en la sentencia del TC, ya que este analizó el relato de los hechos y concluyó que los hechos se vinculaban a una receptación de activos y financiamiento partidario, lo cual no estaba tipificado.
Además, advirtió que lo expresado por la procuraduría, respecto al delito de lavado de activos, estaba referido al financiamiento ilegal de partidos, cuya ley no estaba vigente durante las campañas electorales del 2011 y 2016, momento de los hechos investigados.
David León, abogado del partido político Fuerza Popular (FP), también solicitó que se haga extensivo a su patrocinada la sentencia del TC.
“De manera clara, y esto será indiscutible con la fiscalía, los hechos son los mismos. Los hechos imputados y los medios probatorios que se ciernen sobre la señora Keiko Fujimori son los mismos que el partido Fuerza Popular y en esa medida evidentemente se tiene que hacer extensiva”, remarcó.
Julio Espinoza Goyena, abogado de Efraín Goldenberg Schreiber, señaló que su patrocinado falleció hace diez días, esperando que se aplique la sentencia del TC, y de donde se desprende que el aporte que realizó en su momento, no constituía delito alguno.
Los abogados de Pier Figari, Ana Herz Garfias de Vega, Adriana Tarazona Martínez, Augusto Bedoya Cámere, Mark Vitto Villanella, Luis Mejía Lecca, Giancarlo Bertini Vivanco, la empresa MVV Bienes Raíces, otros, consideraron que se debe respetar el principio de legalidad y por tanto aplicar la sentencia del TC. Rescataron que ya existen antecedentes en la Corte Superior Nacional respecto a aplicación por extensión de los fallos del TC y por ello requirieron el archivo del caso bajo la figura del sobreseimiento.
Finalmente, cuestionaron que la fiscalía pretenda que se reexamine la sentencia del TC cuando ello no era el motivo de la audiencia; sino para la aplicación del referido fallo que archiva todo el caso de manera definitiva y no dispone que el expediente sea devuelto a la fiscalía.




