MIRA: José Jerí en sus primeras declaraciones a la prensa como presidente: “Pido calma y tranquilidad”
El hasta entonces jefe del Congreso para el período 2025-2026, sin embargo, parecía haber olvidado que durante su gestión parlamentaria ha sido un voto seguro en las controvertidas leyes que han debilitado la capacidad de las autoridades para enfrentar la creciente delincuencia en el país.
Newsletter Buenos días
“Es evidente que el presidente Jerí ha tenido votaciones sumamente controversiales que han debilitado de manera directa la lucha contra el crimen organizado”, comenta a El Comercio el coronel en situación de retiro de la Policía Nacional (PNP) Harvey Colchado.
Y es que si algo ha marcado al Congreso 2021-2026 de nuestro país es la serie de leyes catalogadas como pro crimen organizado o facilitadoras del delito. Pese a las alertas y reclamos del Ministerio Público, organismos de derechos humanos, el Poder Judicial y hasta la Corte Suprema, los parlamentarios han insistido vehementemente en aprobar estos proyectos de ley.
José Jerí ha votado a favor de al menos una decena de ellos, según pudo confirmar El Comercio a través del archivo público del Congreso. “Respaldó, por ejemplo, la Ley 32181, que eliminó la detención preliminar en casos sin flagrancia y que limitó gravemente el trabajo de la policía en sus investigaciones. Aunque esa norma ya fue derogada, aún siguen vigentes otras igual de nocivas, como la Ley 32326, que modifica el régimen de extinción de dominio, o la Ley 32054, que impide considerar a los partidos políticos como organizaciones criminales”, detalla Colchado.
A ello habría que sumarle su voto a favor de otros proyectos que se convirtieron en la Ley 31990, que aplicó una serie de restricciones a la colaboración eficaz; la Ley 32104, que redujo los plazos de prescripción del delito; o la Ley 32108, que exige la presencia del abogado del imputado en los allanamientos.
EL VOTO DE JERÍ
ANTE LAS «LEYES PRO CRIMEN»
Ley 31388
Amplió nuevamente el plazo para la formalización minera, permitiendo que miles de mineros informales continúen operando sin control efectivo del Estado. Diversos expertos consideran que la medida favorece el avance de la minería ilegal.
Ley 31990
Modificó el proceso de colaboración eficaz, imponiendo nuevos límites y plazos que han reducido la utilidad de esta herramienta clave en investigaciones por corrupción y crimen organizado.
Ley 32054
Reconoció a los partidos políticos como asociaciones de interés público y prohibió que sean tratados como organizaciones criminales, lo que ha sido interpretado como un blindaje frente a las investigaciones judiciales.
Ley 32104
Acortó el tiempo de suspensión de la prescripción de los delitos a solo un año. Según fiscales y penalistas, esta reforma incrementa el riesgo de impunidad en casos complejos de corrupción y lavado de activos.
Ley 32107
Redefinió los alcances de los crímenes de lesa humanidad y de guerra. Organismos de derechos humanos advirtieron que podría excluir violaciones cometidas antes de 2002 y limitar la persecución penal.
Ley 32108
Modificó la Ley contra el Crimen Organizado y el Código Penal, cambiando la definición de organización criminal y exigiendo la presencia de abogados de los imputados durante los allanamientos, lo que ha dificultado la labor del Ministerio Público y la Policía.
Ley 32130
Reformó el proceso penal, restando autonomía a los fiscales y dando mayor protagonismo a la PNP durante las investigaciones preliminares. Especialistas advirtieron que restaba autonomía al Ministerio Público y alteraba la cadena de mando.
Ley 32181
Eliminó la detención preliminar en casos sin flagrancia, impidiendo que la Policía capturara a sospechosos en investigaciones criminales. La norma fue finalmente derogada tras fuertes críticas del Ministerio Público y el Poder Judicial.
Ley 32182
Estableció sanciones para jueces y fiscales que dispongan la liberación de detenidos en flagrancia. El Poder Judicial consideró que la norma vulnera su independencia y genera presión política.
Ley 32326
Reformó la Ley de Extinción de Dominio, elevando los requisitos para confiscar bienes vinculados a la corrupción, el narcotráfico y la minería ilegal. La Fiscalía advirtió que la norma debilita una de las principales herramientas para golpear las finanzas del crimen organizado.

—Resultados sangrientos—
Todas estas leyes, sin duda, han allanado el camino para que el país llegue a esta nueva crisis política, social y de inseguridad.
Así lo alertaba Human Rights Watch en su informe “Legislar para la impunidad”, presentado en julio de este año y en el que denuncia que este tipo de leyes “han debilitado de forma sistemática la capacidad del Estado Peruano para investigar delitos graves y desmantelar redes criminales”.
El analista de datos Juan Carbajal traduce esta realidad en cifras al mostrar que en promedio cada 19 minutos se presenta una denuncia por extorsión en el país o que en los últimos tres años se han registrado 5.424 homicidios, “el mayor registro históricamente y con el mayor promedio diario que cualquier anterior gobierno desde el 2017”.
“Estamos ante el mayor desborde criminal de nuestra historia y es consecuencia de varios factores. Entre ellos, la forma tan indolente e irresponsable con la que enfrentó el gobierno de Dina Boluarte este problema, y también la modificación y el debilitamiento de un marco normativo que era utilizado como herramienta importante en la lucha contra el crimen tanto por el Ministerio Público como por la PNP. Yo diría que tanto a la policía como a la fiscalía se les ha maniatado”, comenta a este Diario el exministro del Interior Rubén Vargas.
“Estas llamadas leyes pro crimen organizado están vigentes y han ayudado a una expansión mayor de extorsiones y de otro tipo de criminalidad organizada”, agrega.
El coronel (r) Colchado coincide en esta lectura asegurando que “dichas herramientas legales han limitado la capacidad operativa policial, que aunado a la corrupción en algunos funcionarios del sistema de justicia, han elevado la incidencia delictiva”.
El otrora jefe policial, además, considera que estas leyes nacieron en el Congreso de forma “deliberada para que esas herramientas legales no sean empleadas en su contra, mas sin intención han favorecido a las bandas dedicadas a cometer delitos urbanos violentos”.
MIRA: Cada 19 minutos se presenta una denuncia por extorsión en el Perú: ¿Qué regiones son las más afectadas?
—Acción urgente—
Otro punto en el que coinciden ambos expertos es en la urgencia que deberá tener el nuevo presidente para remendar estas leyes si realmente desea enfrentar el crimen. “Si no asume un liderazgo firme para derogar estas normas, quedará claro que seguimos bajo un presidente más preocupado por blindarse que por enfrentar la grave crisis de seguridad que vive el país”, sentencia Colchado.
“La primera responsabilidad del nuevo presidente es que plantee la inmediata derogación de estas leyes. El crimen organizado está ametrallando a choferes, a conjuntos musicales, en eventos públicos y mercados, con absoluta impunidad. Lo hace todos los días. Enfrascarnos en un debate metafísico [en el Parlamento, sobre la conveniencia de derogar estas leyes] sería irresponsable y hasta doloso”, agrega Vargas.













