La Autoridad Nacional de Control (ANC) del Ministerio Público suspendió por seis meses al fiscal José Domingo Pérez, en el marco de un procedimiento disciplinario que se le sigue por su actuación en el Caso Cócteles. La decisión implica su apartamiento inmediato del cargo de fiscal adjunto provincial.
La medida tiene carácter cautelar: no declara culpabilidad ni impone una sanción definitiva, pero limita temporalmente su ejercicio profesional.
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Según el órgano de control, la decisión se sustenta en la verificación de tres requisitos: la existencia de suficiente recaudo probatorio, entendido como la verosimilitud de la imputación; el riesgo que supone la permanencia del investigado en el cargo; y la prognosis de una eventual sanción, que podría llegar a la destitución. Para la autoridad disciplinaria, estos presupuestos concurren en el caso del fiscal Pérez.
La ANC afirma que no se trata de un castigo anticipado, sino de una acción preventiva para asegurar el correcto desarrollo del procedimiento disciplinario y evitar riesgos institucionales mientras se esclarecen los hechos.
La resolución está firmada por la fiscal adjunta superior Rosario Velazco Sánchez. En tanto, el jefe de la ANC es Antonio Fernández Jerí.
No es la primera vez que Pérez enfrenta una decisión de esta naturaleza: en abril pasado también la fiscal Velazco resolvió suspenderlo seis meses por intervenir en un proceso penal iniciado contra el abogado Arsenio Oré Guardia.
¿Qué se le imputa?
La ANC evalúa las actuaciones de Pérez vinculadas al Caso Cócteles, aunque en la resolución se refirió a declaraciones ante los medios por otros casos. Según el órgano de control, el fiscal podría haber vulnerado el deber de “lealtad institucional, decoro y dignidad”.
La ANC sostiene que existen indicios razonables de que el fiscal habría incurrido en conductas que exceden el margen de discrecionalidad permitido por la ley. Se cuestionan decisiones procesales, actuaciones dentro de investigaciones y comportamientos que, a juicio de la autoridad, deben ser analizados desde una perspectiva disciplinaria.
En la resolución se señala que, por el Caso Cócteles, el fiscal habría emitido un requerimiento acusatorio sin una imputación debidamente fundamentada, lo que provocó que el documento fuera devuelto hasta 19 veces por el órgano judicial y que finalmente se declarara la nulidad del auto de enjuiciamiento.
El Caso Cócteles es un caso penal sobre el presunto financiamiento ilícito de las campañas presidenciales de Keiko Fujimori en el 2011 y el 2016 mediante cócteles y rifas.
Pérez sostuvo que Fuerza Popular funcionó como una organización criminal dedicada a lavar dinero ilícito de Odebrecht y empresarios mediante falsos aportantes, “pitufeo” y actividades proselitistas.
No obstante, el Tribunal Constitucional ordenó el archivo del caso. Y el pasado martes 13, el Poder Judicial ejecutó ese fallo y archivó el proceso.
Argumentos
La ANC asegura que permitirle permanecer en el cargo mientras se desarrolla la investigación disciplinaria podría generar riesgos concretos.
Entre esos riesgos, la resolución menciona la posibilidad de que el fiscal mantenga conductas similares a las que son objeto de cuestionamiento, así como la eventual afectación al desarrollo del propio procedimiento disciplinario.
Para la ANC, la suspensión provisional es una medida necesaria para preservar la eficacia del proceso disciplinario y evitar que este se vea comprometido por factores externos o por la propia actuación del investigado.
Otro argumento central es una presunta protección de la imagen del Ministerio Público.
“El citado abogado ha persistido en su actuar de desprestigio a la imagen del Ministerio Público, lo que se puede evidenciar en las entrevistas que ha venido brindando y que se han replicado en las redes sociales”, señala la resolución.
Para la ANC, el beneficio de preservar la legitimidad del sistema de justicia es superior al perjuicio temporal que sufre el fiscal Pérez al ser apartado de sus funciones.
La ANC asegura que “se encuentra justificada la medida a imponerse al fiscal provincial José Domingo Pérez Gómez, en tanto cumple con las exigencias constitucionales, las normativas y las propias del debido procedimiento”.
Apelará la resolución
Pérez dijo a El Comercio que apelará la suspensión, que atribuyó a un escenario de represalias dentro del Ministerio Público.
“La decisión de Tomás Gálvez de eliminar los Equipos Especiales ha generado represalias contra la función fiscal desempeñada. En ese marco, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público reactiva un procedimiento administrativo disciplinario con la finalidad de suspenderme en el cargo de fiscal”, dijo.
Pérez consideró que el momento en el que se adopta la medida no es fortuito y que coincide con una etapa clave del caso Cócteles.
“Coincide —no casualmente— con el momento en que el fiscal que me reemplaza en el caso Cócteles debe decidir si apela la resolución judicial que dispuso el archivo del proceso”.

Finalmente, aseguró que su suspensión no sería un hecho aislado, sino parte de un clima de presión institucional que afectaría a otros fiscales vinculados a las investigaciones del caso Lava Jato.
“En la práctica, los fiscales que permanecen a cargo de los casos Lava Jato se encuentran sometidos a presiones indebidas mediante la amenaza de sanciones disciplinarias”, señaló.
Posturas
Para el abogado penalista Vladimir Padilla, el punto de partida del debate no pasa por negar los cuestionamientos al desempeño del fiscal Pérez en el Caso Cócteles, sino por delimitar con precisión qué conductas provocaron la suspensión.
“Nadie duda que el fiscal, en lo relacionado con el Caso Cócteles, pudo haberse excedido en sus funciones y no fue lo suficientemente diligente, lo cual se evidencia en que el caso le fue devuelto 19 veces. En ese sentido, queda claro que es una inconducta que no se debe permitir a ningún fiscal, pues se supone que estos deben actuar con objetividad y no ensañarse con nadie”, señaló en diálogo con El Comercio.
No obstante, añadió: “Si la preocupación es que su labor continúe perjudicando la imagen del Ministerio Público, se tendría que adoptar una medida correctiva. En esa hipótesis, tendría sentido suspenderlo de sus funciones mientras las ejerce; sin embargo, carece de sentido cuando la propia resolución reconoce que él ya no ejerce ese cargo. Allí veo una clara contradicción entre lo que se resuelve y lo que se sustenta”, afirmó.
Padilla también cuestionó que la resolución incorpore consideraciones que, a su entender, deberían estar fuera del procedimiento disciplinario. Para el especialista, eso termina debilitando la solidez jurídica de la decisión.
“En las consideraciones se establecen otros hechos ajenos, como que habla mal del Ministerio Público e incluso se menciona el caso de Pedro Castillo, que no son materia de esta investigación. En el derecho existe algo fundamental llamado legalidad procesal: no se puede sancionar a alguien por aspectos que no han sido materia de discusión. Si consideran que esas acciones están mal, deben abrir otro proceso, pero no pueden incluirlas todas juntas, ya que estos hechos no están relacionados con el caso concreto de Cócteles”, dijo.
Para Padilla, en este caso no hay relación entre la hipótesis, el análisis y la conclusión: “Pareciera que primero se decidió apartarlo y luego se intentó cubrir la forma de esa conclusión con un razonamiento cuestionable”.
El abogado penalista Carlos Caro también cuestionó la solidez jurídica de la suspensión provisional, aun cuando destacó que existen elementos suficientes para abrir una investigación disciplinaria por el Caso Cocteles.
“Me parece una decisión que, desde el punto de vista técnico, no es muy precisa. José Domingo no es mi fiscal favorito, ni lo estoy defendiendo en lo más mínimo, pero considero que esta resolución tiene algunos fallos técnicos. El resultado final, que es la suspensión, viene asociado a una medida cautelar; y como toda medida cautelar, se requiere que existan no solo indicios de una presunta infracción, sino, sobre todo, el elemento del peligro procesal”, dijo a El Comercio.
El penalista consideró que el razonamiento de la ANC se debilita debido a que el fiscal ya no tiene injerencia directa en los procesos que dieron origen a la imputación.
“El tema del peligro procesal existiría si él continuara en el caso, pero ya no es así, pues ya no forma parte del equipo Lava Jato. Al no tener entre sus manos el manejo de ningún proceso de ese caso, no tiene actualmente la posibilidad de ejercer una reacción contraria contra alguien; no está participando en esos procesos ni maneja expedientes o documentos relacionados”, afirmó.
No obstante, Caro aclaró que su cuestionamiento a la medida cautelar no implica desconocer las deficiencias del desempeño fiscal. Por el contrario, consideró que el expediente ofrece fundamentos suficientes para una imputación disciplinaria.
“Ahora bien, razones para una imputación me parece que sobran y bastan. Se han empleado recursos del Ministerio Público en un proceso que, al final, ha quedado prácticamente en fojas cero. Con la reciente decisión judicial, el caso ha quedado reducido casi exclusivamente a temas de falsa declaración, mientras que todo lo demás ya se archivó”, destacó.
Para el abogado, sí hay mérito para una investigación y eventual sanción. “La resolución de la Autoridad Nacional de Control parte del hecho de que este proceso se ha tramitado durante años y el fiscal no ha sido diligente, lo cual se evidencia en que el proceso fue anulado casi en su totalidad por el Tribunal Constitucional. Creo que hay mérito para abrir un proceso, una imputación y, eventualmente, una sanción”, dijo.
“Decisión política”
En opinión del exviceministro de Justicia Gilmar Andía, la suspensión de Pérez no responde a criterios técnicos ni disciplinarios, sino a motivaciones políticas.
“Considero que esta es una decisión netamente política, personal y revanchista. Al revisar la resolución, se observa que, aunque intentan justificarla como una medida cautelar o provisional para resguardar el proceso disciplinario y la función fiscal, parece ser una reacción a las recientes apariciones de Pérez en diversos medios”, dijo en diálogo con El Comercio.
Andía cuestionó los argumentos esgrimidos en la resolución para justificar el apartamiento del fiscal, los cuales —según dijo— no superan un análisis riguroso.
“Sostienen que Pérez ha atentado contra la institucionalidad al dar declaraciones que afectan la percepción social del Ministerio Público. No obstante, sacarlo de la institución no impedirá que siga declarando; de hecho, dentro de la institución podrían tener un mayor control sobre sus expresiones”, consideró.
El especialista añadió que la resolución incurre en una motivación aparente; es decir, en una argumentación que simula rigor jurídico, pero que no logra sostenerse. “En resumen, estamos ante una resolución de 22 páginas con una ‘motivación aparente’. Técnicamente, la resolución evidencia una decisión direccionada a golpear a José Domingo Pérez debido a sus enfrentamientos públicos con la gestión fiscal actual”, dijo.
MÁS INFORMACIÓN:
– La Ley de la Carrera Fiscal establece que el fiscal apartado de manera preventiva percibirá el 80% de la remuneración mensual que le corresponde. En caso de que la investigación concluya con una destitución, dicho monto se considerará pago a cuenta de la compensación por tiempo de servicios.














