viernes, abril 10
Por Redacción EC

Durante su cierre de campaña, el candidato presidencial del partido Buen Gobierno, Jorge Nieto, remarcó que, para él, lo más importante, en términos democráticos, es “devolverle al Pueblo su derecho de intervenir por vía directa, sea plebiscito o referéndum, en materia de reforma constitucional”.

Durante su cierre de campaña, el candidato presidencial del partido Buen Gobierno, Jorge Nieto, remarcó que, para él, lo más importante, en términos democráticos, es “devolverle al Pueblo su derecho de intervenir por vía directa, sea plebiscito o referéndum, en materia de reforma constitucional”.

Esto en referencia a la ley aprobada, por insistencia, por el Congreso de la República: La Ley N° 31399, la cual modifica los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano.

La próxima semana se iniciará recolección de firmas para convocar a un referéndum en el Perú. (Foto: Agencia Andina)

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El artículo 40 de la Ley 26300 precisaba que no pueden someterse a referéndum las materias y normas a que se refiere el segundo párrafo del Artículo 32 de la Constitución. La nueva norma agregó que tampoco se podía someter a referéndum “aquellas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.

El primer párrafo de artículo 206 puntualiza que “toda reforma constitucional debe ser aprobada con mayoría absoluta del número legal de miembros de cada cámara, y ratificada mediante referéndum. Es decir, el referéndum para una reforma constitucional solo puede proceder si el Congreso lo aprueba.

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En tanto, la modificación del artículo 44 se centra qué autoridad puede convocar un referéndum. Anteriormente, este proceso era convocado por la autoridad electoral. Sin embargo, con la modificación, si se trata de una reforma constitucional, el proceso de referéndum deberá ser convocado por el presidente de la República, por disposición del Congreso.

Por otra parte, Nieto aseguró que había una necesidad de “restablecer el equilibrio de poderes”. “La tradición constitucional peruana era de equilibrio de poderes, en donde cada uno de los poderes controla al otro para evitar dictaduras”.

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