El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso considerar en la relación de procesos en materia electoral que se tramitan sin necesidad de pago de tasa, la apelación de la resolución de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) en el procedimiento de retiro de una organización política por afiliación indebida.
A través de un comunicado, explicó que ello implica que ya no se deberá pagar el monto de S/ 802.50 establecido para interponer dicho recurso de apelación.
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En ese sentido, mediante Resolución N° 00189-2025-JNE, el Pleno indica que corresponde actualizar la Tabla de Tasas en Materia Electoral en el extremo referido a los casos que se tramitan sin necesidad de pago de tasa.
Se señala que el procedimiento de retiro de una organización política por afiliación indebida, cuya exoneración del pago de tasa se autorizó en abril pasado, se encuentra relacionado con el recurso impugnatorio que resuelve el Pleno del JNE.
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“La exigencia de una tasa económica para impugnar un acto de esta naturaleza podría constituir una restricción al pleno ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos, especialmente en aquellos casos en que dicho acto implica la afiliación sin su consentimiento a una organización política”, se indica en los consideración de la resolución.
El Pleno del organismo electoral subraya que esta medida responde al interés institucional de garantizar un acceso efectivo y equitativo a los mecanismos de impugnación, evitando cargas económicas que podrían constituir barreras para la protección de los derechos ciudadanos.
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Precisa que a ello se suma que la afiliación indebida constituye el uso sin consentimiento de los datos personales de los ciudadanos, lo cual afecta sus derechos constitucionales de participación política y es pasible de ser denunciado penalmente.
Plantea sanciones
Cabe indicar que el JNE presentó un proyecto de ley que busca suspender el proceso de inscripción de un partido político en caso se detecten irregularidades como sospechas de firmas falsas, y para que haya responsabilidad penal en los directivos y personeros legales.
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El JNE, que ya había informado que evaluaba presentar esta propuesta, detalla que plantea modificar artículos de la Ley de Organizaciones Políticas sobre funcionamiento de comités partidarios y la suspensión de inscripción, así como de las afiliaciones indebidas.
Asimismo, busca incorporar un texto al artículo sobre suspensión del proceso de inscripción para que se aplique “cuando se adviertan registros no válidos que provengan de mismos puños gráficos”.
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“La iniciativa legislativa considera también la incorporación del artículo 395 sobre la responsabilidad penal por los delitos señalados en los artículos 427 y 428 del Código Penal. Es decir, cuando estos hayan sido cometidos en su nombre y en su beneficio, directo o indirecto; por su personero legal, fundador y/o directivo que integra el máximo órgano ejecutivo”, refirió.













