sábado, diciembre 13

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió declarar nulas las elecciones primarias realizadas por la organización política Acción Popular para definir a sus candidatos a las Elecciones Generales 2026. La decisión se adoptó mediante la Resolución N.° 0745-2025-JNE, al advertirse vicios sustanciales que afectan los principios de democracia interna y el debido proceso.

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Según el pronunciamiento, se detectó que no existe coincidencia entre la relación de delegados declarados ganadores por el Comité Nacional Electoral (CNE) de Acción Popular y la lista de material electoral elaborada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Estas inconsistencias se presentaron en las elecciones primarias efectuadas el 30 de noviembre en diversas circunscripciones del país, entre ellas Áncash, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Lima Norte, Lima Centro, Lima Oeste, Lima Provincias, Loreto, Piura, Tacna y Ucayali.

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El JNE precisó que en las seis mesas de sufragio se incluyó a ciudadanos que no habían sido elegidos en el proceso interno. Esta situación evidencia que el 100 % de las mesas presentaron un vicio sustancial relacionado con la conformación del cuerpo electoral, afectando la legitimidad y regularidad del proceso de democracia interna de la organización política”, se indica en la resolución.

JNE anula primarias de Acción Popular.

El Pleno recordó que la democracia interna constituye un principio fundamental del sistema de organizaciones políticas, al garantizar que los procesos de selección de candidaturas se desarrollen bajo reglas objetivas, transparentes y participativas, en concordancia con la Constitución, la normativa vigente y los procedimientos establecidos en los estatutos partidarios.

Asimismo, el JNE señaló que no resultaba compatible con su deber constitucional omitir pronunciamiento sobre las impugnaciones y pedidos de nulidad presentados por afiliados de Acción Popular, debido a que la administración de justicia electoral comprende la fiscalización de la legalidad del sufragio y de los procesos electorales.

En ese marco, el organismo electoral también precisó que, pese a declararse la nulidad de las elecciones primarias, no es posible retrotraer el proceso ni convocar a nuevas elecciones internas, ya que ello quebrantaría los hitos del calendario electoral, entre ellos la fecha del 7 de diciembre de 2025 y la proclamación de resultados prevista para el 15 de diciembre, poniendo en riesgo el cronograma de las Elecciones Generales 2026.

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En voto en minoría, los magistrados Martha Elizabeth Maisch Molina y Aarón Oyarce Yuzzelli sostuvieron que el control sobre el eventual incumplimiento de requisitos legales o estatutarios durante las elecciones primarias debería efectuarse en la etapa de inscripción de listas de candidatos.

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