El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación presentado por la tesorera del Partido Morado y confirmó la sanción impuesta por la ONPE por irregularidades en el manejo de fondos partidarios.
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En su apelación, la defensa del partido argumentó que la sanción debía anularse por prescripción, al haberse superado los plazos legales para iniciar el procedimiento administrativo sancionador. Sin embargo, el JNE concluyó que el plazo aplicable era de cuatro años y que la ONPE actuó dentro del marco legal.
Asimismo, el tribunal electoral descartó que se hayan vulnerado principios como la legalidad o la seguridad jurídica, y confirmó en todos sus extremos la resolución emitida en primera instancia, cerrando así el proceso administrativo sancionador contra la agrupación política.













