
A poco más de tres semanas desde que un grupo de ciudadanos denunciara su afiliación indebida en diferentes partidos políticos, con inscripción y sin esta, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó un proyecto de ley ante el Congreso para modificar la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), con la finalidad de reforzar la fiscalización y sancionar a las agrupaciones que recurran al uso de firmas falsas.
La iniciativa busca modificar los artículos 8, 11-A, y 18-B en la LOP correspondientes al funcionamiento de los comités partidarios, la suspensión de la inscripción y la afiliación indebida, respectivamente. Por ejemplo, el tribunal electoral propone que la fiscalización a las agrupaciones será permanente, de oficio y “de forma inopinada”. Es decir, no les deberán dar un aviso con 15 días de anticipación, como es en la actualidad.
Y establece, entre las causales de suspensión a un partido, si tiene un número menor de comités en funcionamiento a lo establecido por la referida ley. Es decir, por debajo de los 65 locales en 20 departamentos. Y también si la organización política no mantiene el número mínimo de afiliados, 25.288.
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El proyecto de ley remarca que la suspensión de inscripción a una agrupación “no es aplicable” a partir de la fecha límite para solicitar la inscripción de candidatos.
Este es otro cambio, porque en la norma vigente este plazo corre a partir de la fecha límite para la convocatoria a elecciones.
Castigo y responsabilidad penal
El tribunal electoral planteó la incorporación del artículo 11-B en la LOP para suspender el proceso de inscripción de una organización política que aún no está registrada “cuando de la verificación de firmas y de la impresión dactilar, cuando corresponda, efectuado por el Reniec, se advierten registros no válidos que provengan de mismos puños gráficos”.
La suspensión del proceso se mantendrá hasta que el JNE emita un pronunciamiento definitivo, subraya el documento.
El proyecto de ley también propone sumar el artículo 395 a la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) para que los partidos sean responsables penalmente “por los delitos señalados en los artículos 427 Y 428 del Código” (falsificación de documentos y falsedad ideológica) “cuando estos hayan sido cometidos en su nombre y en su beneficio, directo o indirecto, por su personero legal, fundador y/o directivo que integra el máximo órgano ejecutivo”.
Y, plantea que se pueda aplicar el artículo 105 del Código Penal, es decir que un juez pueda disponer la cancelación de la persona jurídica, tras un proceso.

Entre las disposiciones complementarias, el JNE sugiere que “excepcionalmente” esta ley sea de aplicación inmediata “respecto de las organizaciones políticas con inscripción vigente a la fecha máxima de la convocatoria a elecciones generales 2026” y de los comicios regionales y municipales del mismo año.
Al respecto, el presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Roberto Burneo, dijo que el proyecto les permitirá fortalecer la fiscalización y contar con medidas concretas frente al escenario de una gran cantidad de firmas no validadas. “Actualmente, no hay una disposición que nos permita detener el procedimiento de inscripción”, manifestó en RPP Noticias.
Burneo indicó que el proyecto alcanza a las organizaciones políticas con inscripción vigente.
Explicó que, si el JNE determina, tras la resta de las firmas inválidas o presuntamente falsificadas, que las agrupaciones no llegan a las 25.288 afiliaciones requeridas, se les suspenderá la inscripción, teniendo como plazo máximo hasta el 23 de diciembre de este año, cuando se presentan las listas de candidatos. Esto siempre y cuando el Parlamento apruebe en el pleno la propuesta.
“Si no logran subsanar esta situación, se puede cancelar la inscripción de la organización política ya inscrita”, expresó.
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Burneo adelantó que desde el JNE están implementando un proceso, en el marco de la Ley de Procedimiento Administrativo, que les permita una fiscalización posterior. Añadió que contemplan declarar la nulidad de todo el trámite de inscripción de un partido vigente “frente a la presentación de información falsa o no veraz”.
¿Es la solución?
El abogado José Manuel Villalobos, experto en derecho electoral, consideró que el proyecto de ley presentado por el jurado “es muy difuso”, porque no solo quiere atacar el problema de las firmas falsas, sino ir más allá y fiscalizar, cuando ya ha sido convocado un proceso electoral nacional, los comités de los partidos políticos ya inscritos.
“Que este proyecto abarque varios temas puede generar que se estanque, en el Congreso no van a querer aprobar un proyecto que ponga en riesgo la participación de sus partidos en las elecciones generales y en los comicios regionales y municipales. El JNE ha debido enfocar su proyecto al problema principal de hoy: las firmas falsas”, manifestó.
En comunicación con El Comercio, Villalobos remarcó que no cree que las bancadas del Parlamento vayan a aprobar una norma que le dé el poder al jurado de suspender a sus propios partidos “por no tener locales o comités”. Añadió que si el proyecto llega a ser respaldado lo más probable es que incorporen ciertos candados, como que su aplicación sea a partir de 2027, en el caso de las agrupaciones con inscripción.
“Gran parte de este proyecto no sería aplicable para esta elección, porque la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) establece un periodo de intangibilidad en las normas electorales, y este se aplica desde el 12 de abril, que se llamaron a elecciones. Este proyecto es un saludo a la bandera y busca bajar los reflectores”, acotó.
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La abogada Silvia Guevara, experta en derecho electoral, indicó que los cambios a los artículos 8 y 11-A de la LOP no serían aplicables durante las elecciones generales debido a la intangibilidad que establece la LOE. “Se corre el riesgo de que en plena campaña se termine suspendiendo a una organización política ya inscrita y se vulneraría el derecho a la participación”, expresó.
Guevara, asociada a la consultora AKLLA Perú, indicó que el proceso electoral ya está en curso y que este se ha iniciado con un marco legal que no puede ser modificado.
En diálogo con este Diario, la letrada sostuvo que el Congreso sí podría aprobar la parte del proyecto de ley del JNE que sanciona a las agrupaciones en vía de inscripción.
“Estos no han entrado al proceso electoral general de 2026, entonces sí es factible [una suspensión], y está bien, porque la idea es que, si tienen indicios de presunta falsedad o no se cumple con el número mínimo de afiliados, si se puede revisar adecuadamente [su registro] antes de que se proceda a avanzar a otras etapas”, explicó.
Guevara remarcó que el JNE ha intentado dar una solución interesante a la crisis, pero su proyecto no se aboca a las desafiliaciones y al problema de firmas falsas. “Lo que corresponde es hacer una revisión completa de los padrones y derivar los casos que se detecten al Ministerio Público […] Yo sugeriría que se fortalezca la parte penal, que quede bien claro que las responsabilidades penales son de los personeros, los altos dirigentes y de los mismos partidos”, sostuvo.
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Afecta a partidos cascarón
El abogado Enzo Elguera, experto en derecho electoral, indicó que en principio el proyecto tiene buenas intenciones, porque está buscando que los partidos políticos tengan un funcionamiento real, y que los comités se mantengan en el tiempo y no solo para el momento de la inscripción. “Esa es la parte más importante, porque, en caso se apruebe, obliga a las agrupaciones a mantener su vigencia”, expresó.
Elguera refirió que la propuesta del JNE afectaría más a los partidos políticos que “funcionan como cascarones y no tienen una vida orgánica real”, sino solo en el papel.
No obstante, señaló que es poco probable que las agrupaciones representadas en el Parlamento vayan a realizar estas modificaciones, que, a mediano plazo, las podría dejar fuera de carrera.
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En declaraciones a El Comercio, Elguera se mostró a favor de la suspensión del proceso de inscripción de los partidos que aún no figuran en el ROP, cuando se detecte un alto número de firmas “ni válidas” y con índices de falsificación.
“La norma tiene que precisar que esta causal [el presunto uso de fábrica de firmas] no es solo contra los partidos que están en vía de inscripción, sino contra todos. ¿Qué pasa con los que se inscribieron y no tuvieron la adecuada supervisión? […] Este puede ser el primer paso para modificaciones más profundas, aunque no suelen hacerse cuando ya están convocadas las elecciones. Esto es mejor que nada”, finalizó.
Más información
Según informó El Comercio, 30 de los 43 partidos políticos con inscripción vigente (el 70%) presentaron fichas de militantes con presuntas firmas falsas, entre ellos figuran seis agrupaciones con representación en el Congreso. Esta información se desprende de los 130 informes que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) compartió en su página web luego del escándalo de afiliaciones indebidas.