El Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo determinó que el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, junto con el director general parlamentario encargado, Jaime Abensur Pinasco, y el servidor Daniel Luza Amésquita, infringieron la neutralidad electoral al permitir y ejecutar el uso de una cámara institucional del Congreso en un acto partidario de Fuerza Popular.
Según la resolución, el evento ocurrió el 30 de octubre en Huanchaco, donde se proclamó la candidatura de Keiko Fujimori. En esa actividad, Luza Amésquita utilizó una cámara con código de inventario 29459, perteneciente al Parlamento.
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El trabajador reconoció haber empleado el equipo estatal y argumentó que lo hizo por “confusión”, aunque el JEE descartó esta versión y sostuvo que la acción representó un favorecimiento indebido a una organización política en pleno proceso electoral.
El órgano electoral atribuyó responsabilidad funcional a Abensur Pinasco, quien estaba encargado de la Oficialía Mayor debido a las vacaciones del titular, Giovanni Forno. Para el JEE, en su calidad de funcionario responsable de resguardar los bienes institucionales, debió garantizar que el equipo no fuera empleado en actividades partidarias.
Respecto a Rospigliosi, la resolución señala que, como presidente del Congreso y máxima autoridad administrativa, tenía la obligación de velar por el uso adecuado de los bienes públicos. El JEE concluye que su omisión permitió que un recurso institucional sea utilizado en un acto político, vulnerándose el deber de neutralidad establecido en el Reglamento de Propaganda Electoral.
En el caso de Forno, el órgano electoral determinó que no incurrió en infracción, ya que no ejercía funciones el día de los hechos al encontrarse en descanso vacacional.
El JEE dispuso remitir los actuados a la Contraloría General, al Ministerio Público y al Congreso para las investigaciones correspondientes. Asimismo, ordenó notificar la resolución a las partes y publicarla en la plataforma del Jurado Nacional de Elecciones.














