El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 declaró improcedente la candidatura de Mario Vizcarra, hermano del expresidente Martín Vizcarra (2018-2020), al Senado por el partido político Perú Primero, en el marco de las elecciones generales del 2026.
La decisión se adoptó debido a que Vizcarra Cornejo registra una sentencia firme por peculado. El artículo 113, literal h, de la Ley Orgánica de Elecciones, prohíbe la candidatura de personas condenadas por delitos de corrupción de funcionarios, incluso si han sido rehabilitadas.
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Dicha norma detalla que si bien la Constitución establece como fundamental el derecho de participación política, no es absoluto, pues “se encuentra sujeto a limitaciones, las cuales deben ser razonables, necesarias y proporcionales de acuerdo a la finalidad que se pretenda”.
Refiere que el objetivo de la norma es “inhabilitar de modo permanente” a las personas que han incurrido en delitos de corrupción para el acceso a la función pública y que la administración pública esté compuesta por “personas probas e idóneas, separando del Estado a aquellos que, en su momento, han evidenciado un incorrecto desempeño en los deberes como funcionarios o servidores públicos”.
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“En consecuencia, al encontrarse ante el impedimento legal al momento de la postulación, corresponde declarar improcedente la candidatura del señor Mario Enrique Vizcarra Cornejo, en aplicación estricta del artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones y del principio de legalidad que rige el sistema electoral”, subrayó.
Cabe indicar que días atrás, el JEE de Lima Centro 1 declaró fundadas tres tachas, acumuladas en un solo proceso, en contra de la candidatura presidencial de Mario Vizcarra.
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De este modo, determinó que la solicitud de inscripción de la fórmula presidencial de Perú Primero es improcedente, de cara a los comicios del próximo 12 de abril.
Esta decisión puede ser apelada al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que deberá definir en última instancia si confirma o no el retiro de Vizcarra Cornejo de la contienda electoral.














