lunes, febrero 2

La Comisión de Protección al Consumidor n° 2 (CC2) de Indecopi confirmó en segunda instancia la sanción impuesta a la empresa La Tinka S. A. por bloquear injustificadamente la cuenta de un consumidor en su plataforma de apuestas virtuales Te Apuesto, impidiéndole retirar un monto total de S/23.810.69 correspondiente a ganancias obtenidas de manera legítima.

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El consumidor sustentó que su cuenta fue bloqueada sin comunicación previa ni explicación suficiente.

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En primera instancia, el Órgano de Procedimientos Sumarísimos N° 3 (OPS 3) determinó que La Tinka vulneró el Código de Protección y Defensa del Consumidor, imponiéndole una multa de 3.49 UIT (S/18 671.50), además de ordenar que, en un plazo de 15 días, devuelva al denunciante el total de las ganancias retenidas, más los intereses legales correspondientes.

La Tinka apeló dicha decisión argumentando que el bloqueo de la cuenta y la anulación de las apuestas respondían a supuestos incidentes técnicos. No obstante, la CC2 concluyó que el informe técnico presentado por La Tinka no acreditó de manera suficiente que dichas fallas afectaran directamente las apuestas del consumidor denunciante.

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Indecopi precisó que la empresa de juegos de lotería y apuestas deportivas tampoco logró desvirtuar su responsabilidad de impedir el retiro de las ganancias, al no poder demostrar que actuó con la diligencia y transparencia exigidas frente al usuario.

Por estos fundamentos, Indecopi confirmó la multa y la medida correctiva ordenadas en primera instancia.

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