
Indecopi ha emitido una resolución que puede señalar un camino en el tema de la venta de inmuebles, ya que ha ordenado a una empresa inmobiliaria devolver el total el dinero cobrado a un cliente de Huancayo, región Junín, por la construcción de la vivienda debido a las fallas que presentaba sus estructuras.
MIRA AQUÍ: Muerte en McDonald’s: fiscalía acusa a gerentes y plantea cárcel de hasta 7 años por reveladores chats
La historia comienza el 13 de julio del 2023, cuando Abel Tristán Torre presentó ante la sede de Indecopi en Junín una denuncia contra A & C Constructora e Inmobiliaria porque el inmueble que le vendieron presentaba fallas estructurales en las vigas y columnas.
Tristán Torre contrató a la mencionada empresa para que construya un inmueble de un piso en el terreno ubicado en el jirón Nación Wanka, en la residencial Colinas de San Antonio, en el distrito y provincia de Huancayo. Sin embargo, de acuerdo con un informe técnico, las vigas y columnas no cumplían con las dimensiones que exigían las normas técnicas de edificación.
Además, la Municipalidad Provincial de Huancayo había declarado mediante la resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana, el 26 de septiembre del 2022, que el inmueble se encontraba en situación de riesgo alto.
Tras ello, la empresa presentó su descargos, pero, el 20 de diciembre de 2023, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Junín declaró fundada la denuncia interpuesta por Tristán contra la inmobiliaria por infracción de los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
En esa misma resolución ordena a A & C Constructora e Inmobiliaria, como medida correctiva que, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de ser notificada, devuelva al denunciante el valor total de la construcción del inmueble, conforme a los términos contractuales pactados.
Ante ello, la empresa presentó una apelación el 18 de enero de 2024 y argumentó que las infracciones denunciadas por Abel Tristán Torre habrían sido conocidas por el consumidor desde la fecha de conformidad de obra (12 de agosto de 2016) o desde la inscripción registral (21 de diciembre de 2016), por lo que consideró que se encontraban prescritas.
LEE AQUÍ: Incendio en Cercado de Lima: el mensaje amenazante que apunta a que el siniestro en almacén fue provocado
Sin embargo, Indecopi enfatizó que Tristán Torre recién habría tomado conocimiento de que la construcción de su inmueble habría sido defectuosa, es decir que las vigas y columnas no cumplían con las dimensiones que exigían las normas técnicas de edificación, a partir de que tuvo acceso al informe técnico 01- 2022-FME-ACIF, el cual fue emitido el 13 de abril de 2022 por la arquitecta Fiorela Medina Espinoza, en el cual señalaba el presunto desperfecto.
“Por tanto, siendo que los hechos materia de controversia fueron advertidos por el señor Tristán el 13 de abril de 2022 (a partir del referido informe técnico), y su denuncia fue interpuesta el 18 de julio de 2023, se concluye que aún no había trascurrido el plazo de prescripción de 2 años”, argumentó Indecopi al desestimar la posición de la inmobiliaria.
Durante el proceso, las dos partes presentaron informes técnicos para sustentar su posición, pero Indecopi tomó como dirimente el informe elaborado a pedido de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de Huancayo sobre las condiciones de la vivienda de Abel Tristán Torre, en el 2022.
“La opinión y posterior conclusión de los ingenieros que elaboraron los informes 24-2022-MPH/GSC/DC-JJLC y 77-2022MPH/GSC/DC/LBO que motivaron la citada Resolución de Gerencia de Seguridad Ciudadana 2926-2022-MPH/GSC han generado convicción a esta segunda instancia de la existencia de los hechos denunciados pues se trata de la opinión técnica de un tercero ajeno a las partes y tiene el mismo sentido que el informe técnico presentado por el denunciante, el cual determina la existencia de las fallas estructurales controvertidas”, señala Indecopi.
Por ello, la Sala Especializada de Protección al Consumidor confirmó, el pasado 23 de enero, la resolución emitida por el Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Junín el 20 de diciembre del 2023, que había declarado fundada la denuncia de Abel Tristán Torre.
Además, confirmó la resolución que establece que A & C Constructora e Inmobiliaria deberá pagar una multa de 15,99 UIT por las fallas estructurales en las vigas, y otra sanción de 15,99 UIT por las fallas estructurales en las columnas.
Destacan que resolución de Indecopi busca compensar las pérdidas del consumidor
El abogado Mario Solís Córdova destacó que Indecopi haya aplicado “una medida correctiva” en el caso del señor Abel Tristán Torre, lo que significa la devolución de lo pagado por un inmueble, pues recordó que dicha entidad se ha concentrado en aplicar multas y no compensar las pérdidas económicas de los consumidores.
“La medida correctiva ha sido correcta, que consiste en la devolución de lo pagado, pero Indecopi muchas veces se ha concentrado en el pago de las multas, que finalmente van a parar a los bolsillos del Estado, en vez de compensar las pérdidas que sufren los consumidores”, expresó Solís a El Comercio.
“Esta resolución de Indecopi es importante porque acentúa el tema de que tanto a nivel administrativo como a nivel civil el objetivo, cuando existen estos incumplimientos de las empresas constructoras e inmobiliarias, es siempre salvaguardar el interés del que tiene una posición más débil, en este caso el consumidor”, agregó.
Remarcó que la reciente resolución de Indecopi da una señal de que no debe poner énfasis en la imposición de nultas, pues los recursos van a parar a las arcas del Estado, y hay que poner mucha más atención en los intereses del consumidor.
TE PUEDE INTERESAR: Edificio del Cercado con fachada falsa: aparenta ser complejo inmobiliario pero es un almacén ilegal
Otro punto que destacó es la posición de Indecopi sobre el plazo que tienen los consumidores para acudir a su instancia y activar un caso, cuya vigencia es de dos años, pero aseguró que en la resolución del caso de Abel Tristán Torre se establece el término cognoscibilidad objetiva, que determina que el plazo empieza a regir desde que el consumidor conoce de las fallas en el inmueble a través de un informe.
Plantean que constructoras implementen un seguro en favor de compradores
Solís puso énfasis en que muchas empresas inmobiliarias no cumplen con pagar las multas impuestas por Indecopi, por lo que se mostró a favor de que implemente un seguro en favor de los compradores, a fin de resarcirlos en caso los inmuebles no se entreguen en las fechas pactadas o presenten fallas estructurales.
“En el caso de la compra y venta de departamentos la tendencia de Indecopi es centrarse en las multas, y es ahí donde se da la mayor cantidad de incumplimientos. Las empresas constructoras y los promotores inmobiliarios no cumplen con la entrega de los departamentos en los plazos previstos”, precisó.
TE RECOMENDAMOS: Sicarios ahora ingresan a viviendas para matar: el cruel perfil de los asesinos de la familia de un colectivero en Carabayllo
“Muchas de estas empresas inmobiliarias son cascarón. Por más que Indecopi pueda ordenar el pago o establezca multas, muchas de ellas ya no tienen el dinero. En algún momento sería bueno que se establecieran que las empresas inmobiliarias contraten seguros ante casos de incumplimiento o inmuebles con defectos, que no va a incidir en el costo de los departamentos de forma muy alta”, agregó.
“Resoluciones de ese tipo sí las hay, pero no son las mayores. Con esta medida correctiva de devolución he visto muy pocas. La mayor incidencia es aplicar multas, lo cual para mí siempre va a ser para mí un asunto ineficiente”, finalizó.