El Poder Ejecutivo promulgó este martes la Ley N.º 32577, que otorga una bonificación económica excepcional y vitalicia de S/ 1 130 a los licenciados veteranos de las Fuerzas Armadas.
El Poder Ejecutivo promulgó este martes la Ley N.º 32577, que otorga una bonificación económica excepcional y vitalicia de S/ 1 130 a los licenciados veteranos de las Fuerzas Armadas.
La medida busca beneficiar a los exmilitares que prestaron servicio en zonas de emergencia y participaron en acciones contra el terrorismo durante las últimas dos décadas..
De acuerdo con esta norma, el beneficio está dirigido a los licenciados reconocidos por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA) al 31 de diciembre de 2024.
Los solicitantes deben haber cumplido el servicio militar obligatorio entre 1980 y 2000, por un periodo consecutivo de 12 a 24 meses, y ostentar grados específicos de tropa, como reclutas, soldados, cabos o sargentos.
En ese sentido, la ley precisa que esta bonificación “no tiene naturaleza remunerativa ni carácter pensionable” y será intransferible. “La bonificación económica excepcional asciende a la suma de S/ 1,130.00, la cual se entrega a cada licenciado veterano cuya solicitud sea aprobada de forma mensual”, indica el documento.
Para acceder al monto, los interesados tienen plazo hasta el 31 de julio de 2027 para presentar su solicitud. Además del historial militar, los beneficiarios deben acreditar que no son deudores alimentarios ni poseen antecedentes policiales, penales o judiciales.
El desembolso se realizará de manera progresiva en un periodo de cinco años, estructurado por grupos de edad.
En el primer año se priorizará a los mayores de 60 años y personas con discapacidad.. En el segundo, a quienes tengan entre 55 y 59 años, continuando así hasta el quinto año con el grupo de 40 a 44 años.
A su vez, el Ministerio de Defensa será responsable de gestionar el registro en el aplicativo Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, garantizando que todos los expedientes aprobados estén registrados a más tardar el 31 de julio de 2028.
Según la norma, el financiamiento provendrá del presupuesto del sector Defensa, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.













