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El Gobierno oficializó el sistema de “Servicios por Impuestos”, un mecanismo que permitirá a empresas privadas financiar servicios e inversiones de emergencia destinados a prevenir y reducir los impactos del Fenómeno El Niño. La medida fue aprobada mediante el Decreto de Urgencia N.º 010-2026 y contempla procedimientos simplificados para acelerar la contratación y ejecución de intervenciones en las zonas declaradas en emergencia.
El Gobierno oficializó el sistema de “Servicios por Impuestos”, un mecanismo que permitirá a empresas privadas financiar servicios e inversiones de emergencia destinados a prevenir y reducir los impactos del Fenómeno El Niño. La medida fue aprobada mediante el Decreto de Urgencia N.º 010-2026 y contempla procedimientos simplificados para acelerar la contratación y ejecución de intervenciones en las zonas declaradas en emergencia.
La norma, publicada en el diario El Peruano horas después de que la presidenta Keiko Fujimori anunciara en Piura la creación de este instrumento, establece que las empresas financiadoras podrán descontar sus inversiones de sus obligaciones tributarias mediante Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL).

Esta fotografía muestra una diapositiva de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) durante una conferencia de prensa sobre el fenómeno El Niño, celebrada en Ginebra el 3 de septiembre de 2026. (Foto de Fabrice COFFRINI / AFP).
/ FABRICE COFFRINI
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El mecanismo de contratación directa tendrá vigencia en todo el país hasta el 31 de diciembre de 2027. Las intervenciones serán financiadas íntegramente con recursos del Tesoro Público. ProInversión realizará el seguimiento técnico mensual de los proyectos y reportará sus avances al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Uno de los principales cambios está en la reducción de los tiempos de contratación. La etapa de priorización y actos previos, que podía tomar alrededor de 50 días hábiles, pasará a menos de 10 días. La contratación y el perfeccionamiento del convenio se reducirán de 45 a 18 días.
En conjunto, el proceso desde la priorización de una intervención hasta la suscripción del Convenio de Inversión podrá completarse en menos de 30 días hábiles.
La simplificación también alcanza la ejecución, liquidación de convenios y emisión de los certificados de inversión correspondientes.
El Fenómeno de El Niño puede provocar eventos extremos y afectar a distintas regiones del país. Foto: Internet.
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El decreto permite utilizar el mecanismo para servicios vinculados con prevención, preparación, respuesta y rehabilitación, además de Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición (IOARR) de emergencia.
Entre las intervenciones contempladas figuran la descolmatación de ríos, limpieza de cauces, reforzamiento de defensas ribereñas, drenaje pluvial, rehabilitación del saneamiento básico y recuperación de viviendas rurales.
Los sectores competentes deberán aprobar mediante resolución ministerial la relación de servicios que podrán ejecutarse bajo esta modalidad.
El decreto autoriza a las entidades públicas a contratar directamente empresas privadas y entidades privadas supervisoras. Para ello, el titular de la entidad deberá emitir una resolución sustentada en informes técnico y legal.
Luego, el comité especial invitará a dos o más empresas a presentar propuestas. Si varias cumplen los requisitos establecidos, será seleccionada la oferta de menor monto.
Las entidades públicas también podrán asumir directamente la supervisión de las intervenciones, aunque mantendrán la responsabilidad sobre su calidad.
Inundacion en Catacaos – personas caminando en el rio. VISTA AEREA. PIURA.
/ Piero Vargas
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El Gobierno sustentó la medida en informes técnicos del ENFEN que advierten una alta probabilidad de un evento extraordinario de Niño Costero entre septiembre de 2026 y enero de 2027.
En ese contexto, fueron declarados en emergencia 893 distritos de la costa norte y centro del país. La finalidad es ejecutar intervenciones preventivas antes de que se registren precipitaciones de gran intensidad.
La norma mantiene las competencias de la Contraloría General de la República para el control simultáneo y posterior. De manera excepcional, las entidades no tendrán que solicitar el informe previo del organismo para estas intervenciones.
Los procedimientos deberán ser publicados en la Plataforma Digital Única del Estado y en las sedes digitales de las entidades involucradas, ProInversión y la Contraloría.



