Los mineros informales registran 42 visitas al Minem: ¿Cada cuántos días ingresaron al ministerio en la administración de Montero?
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El gobierno de Dina Boluarte realizó una serie de cambios al reglamento de la Ley N°32213, dictada por el Congreso, que amplió el Reinfo hasta fines de junio (con la opción de una extensión más hasta diciembre) y que le dio al Ministerio de Energía y Minas la rectoría sobre el proceso de formalización minera.
Una de las modificaciones del Decreto Supremo N°010-2025-EM- firmado por la presidenta Dina Boluarte y el titular del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), Jorge Montero Cornejo-es la eliminación de la opción de que el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) pueda cambiar de titular “por sucesión, cuando fallece el minero informal titular de la inscripción”. Es decir, por herencia.
Este mecanismo había sido incorporado, inicialmente, en el Decreto Supremo N.º 018-2017-EM y ratificado por la administración Boluarte en el Decreto Supremo N°09-2025-EM, a mediados de mayo.
El MINEM, a través de una nota de prensa, refirió que el cambio realizado “tiene por finalidad generar certeza sobre la transitoriedad y excepcionalidad del proceso de formalización minera integral”. Y, además, descartar que el marco legal pueda permitir “una perpetuación de la informalidad y la extensión indefinida de la vigencia de inscripciones en un registro transitorio desde su origen”.
Otra modificación que hizo el sector Energía y Minas es la derogatoria del artículo 10 del reglamento de la Ley N°32213, que dejaba abierta la posibilidad de que esta cartera firme acuerdos con gobiernos regionales para que estos ejerzan determinadas funciones, en apoyo al procedimiento requerido para la formalización minera.
“El Ejecutivo consideró que dicha mención expresa podría dar lugar a confusión o incertidumbre respecto al ejercicio efectivo de las competencias otorgadas por la Ley N°32213 en el marco del proceso de formalización minera integral, por ello la derogatoria ratifica que el MINEM asume totalmente la rectoría del proceso de formalización”, subrayó el MINEM.
En el Decreto Supremo N°010-2025-EM, el gobierno también sumó una disposición complementaria final, por medio de la cual, crea un grupo de trabajo que tenga como objetivo elaborar propuestas técnicas para la implementación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA).
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En su momento, la directora ejecutiva de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), Angela Grossheim, dijo que el Ejecutivo, al establecer que el Reinfo pueda ser hereditario, “de alguna manera avala la proliferación de más informales” y perpetúa esta condición.
En comunicación con El Comercio, Grossheim señaló que su gremio tiene otros cuestionamientos al reglamento de la Ley N°32213, como que para superar una suspensión del Reinfo, el minero informal solo cumpla un solo requisito, además de contar con un RUC. Entre ellos haber presentado el instrumento de gestión ambiental o el informe de producción semestral.
“Se están relajando las exigencias en vez de ser firmes y dejar en condición de suspendidos [a estos mineros informales]”, expresó.
La interpelación pendiente
En el Congreso, está pendiente la votación en el pleno para definir si se admite o no, la moción de interpelación en contra del ministro de Energía y Minas. El pliego interpelatorio tiene 20 preguntas sobre el Reinfo, la figura de la “sucesión” y la masacre en Pataz (La Libertad), donde fueron asesinados 13 trabajadores mineros a fines de abril, entre otros.
La interpelación tiene la firma de 31 congresistas de 10 de las 13 bancadas del Congreso, entre ellas a un representante de Fuerza Popular.
Las bancadas que suscriben la moción son Acción Popular, Podemos Perú, Perú Libre, Renovación Popular, Juntos por el Perú-Voces del Pueblo, Somos Perú, Avanza País, Bancada Socialista, Bloque Democrático Popular y el fujimorismo.




