Carlos Jaico, candidato presidencial de la organización política Perú Moderno, presentó una tacha ante el Jurado Electoral Especial (JEE) contra la postulación de César Augusto Astudillo Salcedo al Senado por el partido Fuerza Popular, en la que pide que se declare la nulidad de toda la lista de postulantes a esta cámara para el 2026.
El recurso legal cuestiona la inscripción del exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para el proceso de las elecciones generales de 2026.
LEE: Miguel Torres: “Nuestro principal opositor es todo aquel que haga una campaña de odio”
En su petitorio, Jaico Carranza solicita declarar la improcedencia de la candidatura de Astudillo y la nulidad de oficio de la lista de candidatos al Senado por distrito electoral único nacional de la referida agrupación. Según el impugnante, existen vicios en la designación de candidatos invitados que invalidarían la totalidad de la lista presentada ante el sistema electoral.
La tacha sostiene que el estatuto de Fuerza Popular faculta a su presidenta, Keiko Fujimori, a designar candidatos, pero no le otorga la competencia expresa para definir su ubicación en la lista. El documento argumenta que la posición número cinco asignada a Astudillo fue determinada por un órgano no competente, lo que constituiría una infracción a la Ley de Organizaciones Políticas y a los reglamentos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El recurso señala que la designación del general en retiro se realizó con la finalidad de completar la lista y que otros candidatos invitados se encuentran en la misma situación jurídica. La tacha afirma que la lista de Fuerza Popular está incompleta por incumplir las normas de democracia interna, situación que el reglamento de inscripción de candidatos califica como insubsanable.
Este procedimiento se sustenta en el derecho de cualquier ciudadano con facultades civiles vigentes para objetar inscripciones de candidatos dentro de los tres días calendario posteriores a su publicación.
Tras la interposición del recurso, el JEE debe notificar al personero legal del partido involucrado para que presente sus descargos en el plazo de un día calendario.
El órgano electoral dispone de tres días calendario para resolver la tacha, tras lo cual las partes pueden interponer un recurso de apelación ante el pleno del JNE.
Según el cronograma electoral vigente, el 14 de marzo de 2026 es el plazo máximo para que todas las listas de candidatos queden inscritas de manera definitiva tras resolver observaciones y tachas.













