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Se plantea la modificación del artículo 34-A de la Constitución, el cual señala expresamente que están impedidas de postular aquellas personas sentenciadas en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión del delito doloso. A ello, se busca añadir un candado adicional.
Que, en caso de tener sentencia consentida o ejecutoriada, este impedimento “subsiste diez años después” de haber sido declaradas como rehabilitadas. Esto para aquellas personas condenas por terrorismo, tráfico ilícito de drogas, contra la seguridad nacional y traición a la patria, así como delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional.
En este último bloque, están incluidos los tipos penales como rebelión, sedición, motín, entre otros contenidos en el título XVI del Código Penal. Además, la barrera no solo abarca la postulación a cargos de elección popular, sino para el ejercicio de la función pública y “por el mismo periodo”.
“La rehabilitación restituye a la persona los derechos suspendidos o restringidos por la sentencia, con excepción de lo dispuesto en los artículos 34-A y 39-A”, se plantea adicionar en el artículo 139 de la Constitución, el cual está referido a la rehabilitación.
Un nuevo intento
El debate de esta fórmula no es nuevo y más bien se retoma. El pasado 13 de junio, se entrampó en el pleno del Congreso y se dispuso su retorno a la comisión. El retiro a última hora de los delitos de corrupción, homicidio y secuestro, así como el pedido para que se incluyan otros, impidió que la fórmula salga adelante. Ahora, el nuevo texto acumula 20 proyectos de ley, los cuales inicialmente abarcaban hasta 58 tipos penales.
El presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), presentó el nuevo texto sustitutorio y dijo que no se puede limitar la participación política “de manera tan desproporcionada”, por lo que este impedimento debe reservarse para aquellos delitos más graves y que ponen en riesgo el sistema democrático y el orden constitucional.
“La historia nos ha mostrado las consecuencias de permitir que personas que han atentado contra el Estado y la sociedad tengan la posibilidad de asumir el poder. El terrorismo ha cobrado miles de vidas y ha intentado destruir nuestro modelo democrático; el tráfico ilícito de drogas ha corrompido instituciones enteras y alimentado la violencia en nuestras calles; los delitos contra el orden constitucional buscan desestabilizar los pilares mismos de la República”, indicó Rospigliosi.
Agregó que “no se trata de castigar, sino de prevenir”. Y que quienes se postulen y ejerzan cargos de elección popular —como el de presidente, congresistas, gobernadores, alcaldes, etcétera— “sean personas que no hayan atentado contra el interés nacional de manera grave”.
Sobre el plazo de diez años, incidió en que ello asegura que el tiempo, y no solo el cumplimiento formal de una sentencia, “actúe como un filtro de madurez y responsabilidad”. “No podemos dar señales de permisividad ni dejar abierta la puerta al populismo oportunista que socava el respeto hacia la democracia”, aseveró.
En su intervención, el congresista Alejandro Muñante (Renovación Popular) hizo notar que se está contra el tiempo, si es que se quiere que esta medida pueda llegar a ser aplicada en las próximas Elecciones Generales del 2026, por lo que pidió mesura a sus colegas en la comisión.
Subrayó que, “en estos momentos, no tenemos ninguna protección legal” para que, sentenciados por terrorismo, por haber asesinado a gente inocente, a policías y a militares, postulen finalmente a un cargo de elección popular en los siguientes comicios.
“Nos estamos abocando a aquellos delitos que, justamente, tienen como finalidad destruir el sistema democrático, el orden constitucional y no incluir un recital de delitos que, prácticamente, harían imposible su aprobación”, indicó Muñante.
“Ruego mesura a los colegas porque claro, sería saludable incluir todo el Código Penal, pero tampoco es dable o viable hacerlo. Hay que limitarnos a aquellos delitos que tienen como objetivo la destrucción del sistema democrático”, agregó.
Durante las intervenciones, el legislador José María Balcázar (Perú Libre) presentó un texto sustitutorio, la congresista Adriana Tudela (Avanza País) planteó la extensión del impedimento a veinte años, y el parlamentario Wilson Soto (Acción Popular) cuestionó que no se incluyan los delitos de corrupción, lavado de activos y violencia contra la mujer.
Sin embargo, ninguna de las propuestas se tomó en cuenta y Rospigliosi sometió a votación el texto tal como fue llevado al seno de la comisión. “Es indispensable aprobar lo que tenemos y en el futuro quizás puedan hacerse otras modificaciones. Son perfectamente atendibles, pero si entramos a debatir y a modificar nuevamente después de lo que hemos hecho esto, quizás nos quedemos entrampados”, dijo Rospigliosi.
Tras el llamado a votación, la propuesta recibió 17 votos favor (dos con reservas de Avanza País), uno en contra y cinco abstenciones.
En estos últimos casos, la congresista Nilza Chacón (Fuerza Popular) fue la única que votó en contra y su colega de bancada Arturo Alegría se abstuvo. Las otras abstenciones fueron de Perú Libre, el Bloque Magisterial y Juntos por el Perú-VP [ver gráfico].
Puntos de vista
El expresidente del Tribunal Constitucional Ernesto Álvarez comentó a este Diario que esta reforma “es proporcional” en la medida de que “una democracia debe defenderse de aquellas personas que han sido ya procesadas y condenadas por actuar de manera expresa contra los principios democráticos”.
“Ya sea incentivando a la violencia o actuando directamente en contra de la democracia misma. Por tanto, si esta reforma se incorpora a la Constitución, el Perú se adhiere a los regímenes políticos que son declaradamente militantes en cuanto a la defensa de su sistema democrático”, explicó Álvarez.
Indicó que una medida así se justifica en un país como el Perú, en donde lamentablemente el fenómeno terrorista y el uso de la violencia como un mecanismo para acceder al poder “es un peligro permanente en nuestro país”.
Similar postura tuvo el abogado constitucionalista Erick Urbina, al apuntar que la reforma es factible y que el Perú no sería el primer país que impide que aquellos que han sido condenados por estos delitos puedan luego tener un cargo público o postular a un cargo. Ello con la intención de resguardar la democracia.
“Todo sistema democrático debe protegerse a sí mismo, porque no a todos les gusta la democracia o lo ven como el mejor sistema para un país. Prueba de ello es que existen dictaduras en la región o algunas ‘falsas democracias’. (…) Porque si uno no cree en el sistema y quiere entrar, por lógica lo hace para atentar contra él o ver la manera de desfigurarlo”, indicó Urbina.
Al ser una reforma a la Carta Magna, se requiere una votación en dos legislaturas o ser sometido a un referéndum. La fórmula sí podría ser aprobada para que entre en vigencia en las elecciones del 2026; aunque los plazos ciertamente están ajustados.
La actual legislatura culmina el 15 de diciembre, mientras que la segunda inicia el 1 de marzo. La reforma tendría que ser aprobada en ambas, antes de la convocatoria a Elecciones Generales 2026 por parte de la presidenta Dina Boluarte, un acto previsto para abril próximo.
A quiénes se impediría
Antauro Humala
Es el rostro más visible para esta reforma. Entre los delitos por los que fue condenado por el ‘Andahuaylazo’ de enero 2005, que terminó con el asesinato de cuatro policías, está el de rebelión en agravio del Estado. Este está considerado dentro del grupo de los delitos contra los poderes del Estado y el orden constitucional en el Código Penal, por lo que no podría postular más.
Si bien se declaró ilegal el partido ANTAURO (Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros) al cual está afiliado, esta medida dada por una sala de la Corte Suprema aún está en revisión en segunda instancia. De llegar a aprobarse la nueva fórmula, se bloquearía por completo su eventual postulación.
Pedro Castillo y sus ministros
Actualmente, se encuentra en juicio por el presunto delito de rebelión, en un caso que comprende a sus exjefes de Gabinete Aníbal Torres y Bettsy Chávez, así como otros exministros como Roberto Sánchez.
El Ministerio Público acusó a Castillo por rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación a la tranquilidad pública, por lo que solicitó 34 de prisión en su contra. Y se requirió 25 años por rebelión para Chávez y 15 años para Torres, su antecesor como primer ministro y su jefe del gabinete de asesores en la PCM.
Además, se pidió 25 años de prisión para los exministros castillistas Willy Huerta (Interior) y Roberto Sánchez (Comercio Exterior y Turismo), también congresista. De llegar a ser condenados, tal como lo requiere la fiscalía, todos ellos se unirían a la lista de los impedidos de postular.
Casos por terrorismo
Adicionalmente, la norma también podría bloquear a futuro eventuales candidaturas como la del actual congresista Guillermo Bermejo (Juntos por el Perú-Voces del Pueblo), al estar actualmente en curso en un juicio por presunta afiliación a organización terrorista.
De llegar a ser condenado, Bermejo no podría postular, aun cuando está detrás del nuevo partido Voces del Pueblo y desde el cual ya se anunció su eventual candidatura presidencial.