viernes, mayo 29

Este resumen es generado por inteligencia artificial y revisado por la redacción.

El Ministerio Público (MP) solicitó al Poder Judicial (PJ) anular la resolución de primera instancia que dispuso el archivo del Caso “Cócteles” contra la candidata presidencial de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori, José Chlimper, Jaime Yoshiyama y otros, por los presuntos delitos de crimen organizado y lavado de activos.

Como se recuerda, el juzgado de investigación preparatoria dispuso ejecutar la resolución del Tribunal Constitucional (TC) a favor de Fujimori Higuchi y archivó el proceso en su contra por los delitos señalados. Además, extendió la aplicación de la sentencia del TC a casi una veintena de personas -naturales y jurídicas- acusadas en el mismo caso y delitos.

Durante la audiencia de apelación desarrollada este jueves, el fiscal superior para casos de lavado de activos, Germán Juárez, señaló que el juzgado de primera instancia no tenía la competencia para ejecutar la sentencia del TC. Bajo su argumento, ejecutar dicha sentencia y definir el archivo del proceso contra la candidata presidencial, le correspondía al Ministerio Público (MP).

MIRA:

La fiscalía había solicitado 35 años de cárcel contra la candidata presidencial Fujimori Higuchi y la acusó de haber recibido presunto dinero ilícito durante sus campañas electorales del 2011 y 2016.

Las defensas de los implicados solicitaron que se rechace la apelación de la fiscalía y se confirme la decisión del juzgado que archiva el Caso “Cócteles”.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior Nacional, que resolverá la apelación del MP, dejó al voto su pronunciamiento y anunció que la decisión sería notificada a la casilla electrónica de las partes.

Mientras, la candidata presidencial continua con su campaña electoral con miras a la segunda vuelta de las Elecciones Generales del 2026.

Keiko Fujimori realizó actividades proselitistas en San Martín de Porres. Foto referencial: Fuerza Popular (Foto: Antonio Melgarejo)

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Fiscalía pide que le entreguen el expediente del Caso Cócteles

En la sesión judicial, el fiscal Germán Juárez, recordó que la defensa de Fujimori Higuchi solicitó al Tribunal Constitucional (TC), vía un habeas corpus, que se declare la nulidad de todo lo actuado hasta la etapa de investigación preliminar.

En esa línea, sostuvo, el TC declaró nulo todo lo actuado en etapa judicial, incluida la acusación fiscal y dispuso que el caso quede en etapa de investigación preliminar.

Debido a ello, señaló, el juez de primera instancia ya no tenía competencia para pronunciarse sobre el caso y menos, ejecutar la sentencia del TC.

“No hay proceso penal, señores magistrados, estamos en la etapa preliminar. Y, cuando dicen que no hay caso viable, será con relación a la señora Keiko Fujimori, (porque) hay varias imputaciones, varias incriminaciones en este proceso penal. Sino, ¿por qué el juez declara subsistente el extremo del imputado Mark Vitto y su empresa, por qué? porque su imputación es distinta a las demás”, puntualizó.

Keiko Fujimori obtiene decisión judicial que la favorece.

Keiko Fujimori obtiene decisión judicial que la favorece.

/ ALESSANDRO CURRARINO

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Para Juárez Atoche, el juez de investigación preparatoria actuó con “incongruencia” al decidir ejecutar la sentencia del TC, declarar el sobreseimiento del proceso judicial contra Fujimori Higuchi, hacer extensiva la sentencia a otros acusados y archivar los delitos de lavado de activos y crimen organizado.

“Es incongruente, como hemos visto, porque el juzgado dice que ejecuta la resolución del Tribunal Constitucional en sus propios términos, pero para ejecutar la resolución del TC debió tener en cuenta que la etapa procesal en la que había dejado el tribunal, era de investigación preliminar, no lo deja en el estado de la etapa intermedia”, postuló el fiscal.

Para el representante del Ministerio Público, lo que debía haber hecho el juez de primera instancia era evaluar si le correspondía a él ejecutar o no la sentencia del TC. Y, en todo caso, dejar sin efecto todo el proceso penal y derivar el expediente al Ministerio Público para pronunciarse y ejecutar la sentencia.

Concluyó sus alegatos señalando que la decisión del juez de investigación preparatoria había dejado en indefensión al Ministerio Público, y le quitó la función constitucional que les correspondía.

Finalizó solicitando que se declare fundada su apelación, el tribunal anule la resolución del juez de investigación preparatoria que archivó el caso, y que todo sea remitido al Ministerio Público para que sea dicha instancia la que ejecute la sentencia del TC.

“Se le quita la atribución al Ministerio Público, porque habían otros hechos delictivos (…) Aquí se esponjan los abogados diciendo, ‘ah el Ministerio Público quiere reabrir nuevamente el caso’. Nunca hemos dicho eso señores magistrados, el Ministerio Público, de una manera razonada, ponderada y de acuerdo a sus atribuciones, porque es el titular de la acción penal, verá cómo ejecuta esa sentencia (del TC). Es por eso que pedimos que se declare nula esa resolución del juez y se remitan los actuados para que el fiscal de acuerdo a sus competencias resuelva y ejecute la sentencia del TC”.

Germán Juárez Atoche, fiscal superior para caso de Lavado de Activos

La Procuraduría de Lavado de Activos, a través de la procuradora adjunta María Camus, también solicitó que se declare fundada la apelación fiscal y se remita el expediente hacia el Ministerio Público para que adecúe el Caso Cocteles en los términos que señala la sentencia del TC.

Además, requirió al tribunal superior que anule la decisión del juzgado de primera instancia y no se le extienda la sentencia del TC que favorece a Fujimori Higuchi al resto de los coacusados. Ello, adujo, porque al resto de implicados se les imputan otras acciones diferentes dentro del presunto delito de lavado de activos.

“Esta procuraduría suscribe que la extensión de la sentencia y lo que ordena el Tribunal Constitucional no puede ser interpretado para favorecer a todos los procesados puesto que el fallo sobre la imputación de Keiko Fujimori; y si los demás quieren favorecerse por la línea de interpretación del tribunal, ello debe ser materia de evaluación por cada caso en concreto en la etapa preliminar ordenada por el TC, por lo que señalamos que todo el proceso sea devuelto al Ministerio Público”, solicitó.

Defensas solicitaron que se confirme decisión que archiva el caso

Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, solicitó que se declare infundado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y la Procuraduría, al sostener que ninguno de los dos cuestiona que se acate y se cumpla lo ordenado por el Tribunal Constitucional.

Es decir, que se archive el proceso contra su patrocinada por los delitos de lavado de activos y crimen organizado.

Aseguró que la decisión tomada para resarcir los daños que se le causó a su patrocinada ya tiene la condición de cosa juzgada y por tanto, si se acepta que los hechos imputados no eran delitos, no tendría sentido retrotraer el caso a la instancia de investigación preliminar.

“Todos sabemos que la retroacción tendría sentido si es que aún existiera una pretensión punitiva viable, pero si públicamente la fiscalía y la procuraduría han dicho que los hechos carecen de relevancia penal conforme lo establece el TC, entonces ha desaparecido el presupuesto para la persecución penal”, sostuvo la abogada.

En ese sentido, de acuerdo a Loza, lo que cuestionan los apelantes no es una cuestión de fondo, sino una cuestión de forma.

“Ambos impugnantes se equivocan cuando alegan que el tribunal nos está situando en el contexto de indagación preliminar, no eso no es correcto. Lo que hizo fue declarar la inviabilidad jurídica de este proceso respecto a los delitos de lavado de activos y organización criminal. Es decir, si hay un reconocimiento implícito de que no hay delito, no hay caso; y así lo cumplió el juez de investigación preparatoria al ordenar el sobreseimiento del proceso. Era imposible jurídicamente otorgar dicha posibilidad al fiscal pues el delito carece de todo sustento.”

Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori

De acuerdo a la abogada, el TC no encontró ninguna razón para la subsanación del proceso, sino que no habían hechos delictivos qué perseguir. Por tanto, el juez actuó como instancia de ejecución de la sentencia constitucional, no estaba reinterpretando; sino materializando los efectos de la sentencia del TC, controlando la viabilidad de la persecución penal.

“La fiscalía dice que verá cómo ejecuta la sentencia del Tribunal Constitucional. No se trata de eso, de que el Ministerio Público verá cómo ejecuta la sentencia del Tribunal Constitucional, la sentencia del TC es clara, el tribunal no ha ordenado rehacer una persecución penal, lo que hizo fue declarar la inconstitucionalidad de la persecución penal porque lo hechos no constituían delito, por tanto el juez actuó dentro de sus competencias, lo que hizo fue ejecutar la sentencia; por tanto retrotraer el proceso es un imposible jurídico”, manifestó.

Caso ‘Cócteles’. (Fotos: Alessandro Currarino/GEC)

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David León, abogado del partido político Fuerza Popular (FP) solicitó que se rechacen las apelaciones planteadas por la fiscalía y procuraduría, señalando que el cuestionamiento no es porque el juez de primera instancia haya cometido algún error de hecho o derecho.

Por tanto, calificó de “intrascendente” quien emita la decisión de que no existe delito, porque el fondo del tema es que no existe hecho delictivo.

“Quedó claro en primera instancia que sobre la sentencia del Tribunal Constitucional, que lo resuelto, y sobre todo en el resuelto cinco, que ordenaba al juez y no a la fiscalía que decida, no fue materia de aclaración de la fiscalía y procuraduría al Tribunal Constitucional”, alegó.

Respecto a lo resuelto por el juez de investigación preparatoria, sostuvo que en su resolución sí se explica por qué debía extenderse la sentencia del TC a favor de su patrocinada. Esto fue, dijo, porque se describe cómo la imputación contra Fujimori y FP es la misma.

Humberto Abanto, defensa de Jaime Yoshiya, señaló que el Tribunal Constitucional concluyó que el proceso judicial y las imputaciones en el Caso Cocteles eran un acto inconstitucional.

“Lo que ha hecho el señor juez es lo correcto. No tienen que devolverle los actuados para que los señores del Ministerio Público decidan si formalizan o no, si sobresee o no, si archivan o no archivan, porque esto es una situación inconstitucional”, adujo.

Por tanto, manifestó que las apelaciones formuladas por la fiscalía y la procuraduría eran “absolutamente imprósperas”, ya que el juez de primera instancia cumplió con lo que le ordenó el TC, que ejecute la misma.

También coincidió en que la sentencia debía ser extensiva a su patrocinado, puesto que la acusación fiscal también lo incluía en los delitos anulados.

“¿Qué pretendía esta organización? Realizar actos de lavado de activos con dirección a tomar el poder según la tesis que se enarboló en ese momento ¿Jaime Yoshiyama está acusado de formar parte de esa organización criminal? Sí. ¿Jaime Yoshiyama está acusado de recibir dinero para la campaña? Sí ¿Jaime Yoshiyama está acusado de todos los actos que se le acusa a la señora Fujimori? Sí (…) ¿Cómo pueden decir que la imputación no es la misma que la de la señora Fujimori?”, adujo.

Las defensas legales de Ana Hertz Garfia De Vegas, José Chlimper, Luis Barboza Dávila, Carmela Paucará, Efrain Goldemberg, Vicente Silva Checa, Pamela Paucará, Giancarlo Berttini Vivanco y otros, también solicitaron rechazar la solicitud de la fiscalía y la procuraduría.

Mark Vito. Foto: Jesus Saucedo /@photo.gec

/ NUCLEO-FOTOGRAFIA > JESUS SAUCEDO

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El tribunal también escuchó y dejó al voto el pedido de la defensa de Mark Vito Villanella y su empresa MVV Bienes Raíces, que solicitaron la extensión de la sentencia del Tribunal Constitucional a favor de Keiko Fujimori.

Como se recuerda, en la resolución de ejecución del TC, el juez de primera instancia decidió que ambos continuarán siendo imputados por el presunto delito de lavado de activos.

El fiscal Juárez Atoche requirió que el pedido de Villanella y su empresa sean rechazados.

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