Se trata de la Ley N° 32490, Ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías, publicada en la edición extraordinaria de El Peruano.
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La norma, aprobada el 23 de octubre por el Congreso, crea el Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y Sicariato (GIES), conformado por la Policía Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial, para desarrollar operaciones e intervenciones conjuntas que contribuyan a desarticular organizaciones criminales. Además, establece extinción de dominio de bienes vinculados a cuentas bancarias o billeteras electrónicas utilizadas, directa o indirectamente, para recibir, transferir o administrar recursos provenientes de actos de extorsión o sicariato. “La medida se aplica con independencia del proceso penal y no está sujeta a los criterios previstos en el Decreto Legislativo 1373, Decreto Legislativo sobre extinción de dominio”, indica la norma.
En el ámbito preventivo, la norma determina que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) verifique que las empresas supervisadas -bancos y otras entidades financieras- realicen el monitoreo de la “recepción de pagos en efectivo efectuados bajo conceptos tales como “cupos”, “vacuna”, “colaboración”, “aporte”, “paradero”, “seguridad” u otros eufemismos usados para ocultar el carácter extorsivo de la transacción o aparentar una relación comercial o gremial legítima”. Esto a fin de “detectar movimientos extorsivos hacia cuentas bancarias, transferencias interbancarias, remesas, giros nacionales e internacionales, billeteras digitales o cualquier medio de transferencia de recursos vinculados a denuncias por extorsión”.
Para Nicolás Zevallos, director de Asuntos Públicos del Instituto de Criminología, el reto de la nueva ley será cómo garantizar los mecanismos claros de ejecución y control de dicho monitoreo, en un contexto donde las billeteras digitales son uno de los principales medios para realizar transacciones ilícitas. Un ejemplo de ello es la existencia de grupos de Facebook que fomentan el “préstamo” de cuentas bancarias o billeteras digitales. Desde el año pasado, El Comercio ha detectado diversos grupos con supuestas ofertas laborales con pagos que van desde los S/45 hasta S/700 para recibir y depositar dinero en cuentas de Yape, Plin o bancarias.
“No se ha ponderado el enorme volumen de transacciones a través de billeteras digitales. Es mucho más eficiente ver dónde se acumulan las transacciones y quiénes son los dueños de esas cuentas, antes que perseguir pagos de 50 o 100 soles”, dijo Zevallos a El Comercio. En su opinión lo que se necesita es fortalecer la inteligencia financiera para detectar patrones de transacciones irregulares y concentrar los esfuerzos en las cuentas y redes que acumulan operaciones sospechosas, en lugar de vigilar cada pago individual.
Respecto a la respuesta y atención inmediata, la nueva ley contempla que la Policía Nacional del Perú (PNP) establezca centros de comando y patrullaje focalizado, con la participación de unidades especializadas en extorsión y sicariato, integradas al Sistema de Comando, Control, Comunicaciones, Cómputo, Cibernética e Inteligencia (C5i). Asimismo, la PNP tendrá un programa de protección y custodia que brinde asistencia integral y resguardo a los pasajeros, propietarios, conductores y familiares amenazados.
Para Zevallos, es relevante la creación del GIES, pero recomienda ampliar el espectro de intervención para no limitarse a la desarticulación de las organizaciones criminales. “Gran parte de los extorsionadores son bandas. Puede parecer algo menor, pero para cualquier abogado defensor que lea la norma y vea que el GIES está dedicado a organizaciones criminales va a querer evadir la norma”, añadió.
Otro punto es que se definen apoyos financieros para personas naturales o empresas que hayan sido víctima de extorsión o sicariato. Por ejemplo, el otorgamiento de “créditos blandos y exoneraciones temporales” para las empresas, así como “compensaciones económicas y seguros estatales por pérdida de unidades de transportes o el fallecimiento de trabajadores víctimas”.
Sobre estas ayudas económicas, Frank Casas, experto en análisis de Políticas de Seguridad, indicó previamente a este Diario que si el objetivo es atenuar el perjuicio económico de las extorsiones, el sector de transporte no es el único afectado. “¿Por qué solo las extorsiones y no otros delitos que también generan perjuicios? A veces por robarte un celular también te matan. ¿Por qué solamente a las pequeñas y medianas empresas?”, dijo a este Diario.




