domingo, enero 11

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que el próximo 16 de junio es la fecha límite para que las organizaciones políticas presenten formalmente la inscripción de sus fórmulas y listas de candidatos que participarán en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026) el domingo 4 de octubre, tras ser convocados por el presidente José Jerí mediante decreto supremo.

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Antes de alcanzar la fecha de inscripción definitiva, las agrupaciones políticas deberán definir a sus postulantes mediante elecciones primarias, las cuales se llevarán a cabo en dos jornadas: el 17 y el 24 de mayo de 2026. Las organizaciones tienen hasta el 16 de febrero para comunicar la modalidad de elección que emplearán.

Para la primera jornada de mayo, las organizaciones pueden optar entre tres modalidades: elecciones abiertas a la ciudadanía, votación exclusiva de afiliados o sufragio de afiliados para elegir delegados. En la segunda jornada, el 24 de mayo, la selección se realizará únicamente mediante delegados previamente electos, quienes definirán las listas que competirán en octubre.

El JNE ha precisado lineamientos estrictos para la conformación de las listas, basados en las resoluciones N° 0002-2026-JNE y N.° 848-2025-JNE.

Entre los requisitos destacan la paridad y alternancia en fórmulas de gobernadores y vicegobernadores además de las listas de consejeros y regidores; cuota de jóvenes (20% de candidatos a consejeros y regidores entre 18 y 29 años), comunidades nativas (deben integrar al menos 15% de la lista) y designación directa (hasta 30% del total d postulantes por invitación o designación directa sin afiliación previa obligatoria).

A la fecha, existen unas 150 organizaciones políticas habilitadas para participar, desglosadas en 54 partidos políticos y más de 90 movimientos regionales. Aquellas agrupaciones que no lograron su inscripción hasta el 7 de enero ya no podrán formar parte de este proceso.

Respecto a las autoridades actuales, las reglas de reelección y postulación establecen que quienes busquen el mismo cargo deben solicitar licencia con 30 días de anticipación. No obstante, si aspiran a un cargo de distinto alcance (como un alcalde que busque ser gobernador), la normativa constitucional exige presentar su renuncia con seis meses de antelación.

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