
El congresista Alejandro Muñante ha presentado un proyecto de ley que propone hasta 6 años de cárcel para quien realice una denuncia falsa por violencia familiar. Aunque el parlamentario de Renovación Popular asegura que con ello se quiere “evitar una justicia ideologizada”, especialistas en el tema advierten que podría significar un grave retroceso en la lucha contra la violencia dentro de las familias y silenciar a las víctimas en procesos judiciales que incluso ahora suelen ser lentos, desgastantes y hostiles con las agraviadas.
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Se trata del “Proyecto de Ley N.º 11561/2024-CR que incorpora el artículo 402- A en el Decreto Legislativo 635, Código Penal y fortalece la administración de justicia para sancionar las denuncias falsas en procesos de violencia familiar”. La iniciativa se encuentra en las comisiones de Justicia y Derechos humanos y la de Mujer y Familia desde el 12 de junio. “¿Cuántas vidas más deben destruirse por una mentira? ¿Cuántos niños deben seguir sufriendo el alejamiento de un padre?”, dijo el congresista el viernes pasado durante la presentación de su iniciativa en la sala Miguel Grau de Palacio Legislativo.
Con la inclusión del artículo 402-A, Muñante pide que las denuncias falsas “a sabiendas de la inexistencia del hecho denunciado o atribuyendo falsamente su comisión a persona distinta del verdadero autor, con la finalidad de obtener medidas de protección, medidas cautelares, privación de la patria potestad, tenencia, régimen de visitas, derecho a la propiedad o de afectar la buena reputación, imagen o la libertad de la persona denunciada” sean reprimidas con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años, y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa. Se propone las mismas sanciones también para “abogados, médicos, peritos, policías, psicólogos y cualquier otro especialista que simule o adultere documentos, declaraciones de parte, testimonios, peritajes o cualquier otro medio probatorio que pueda motivar el inicio de un proceso especial de violencia familiar o un proceso penal.”
En su exposición de motivos, el congresista argumenta que desde la promulgación de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, publicada en noviembre del 2015, “han surgido denuncias sobre su uso indebido mediante la presentación de denuncias fraudulentas con ánimos y fines de venganza, manipulación o ventaja procesal” que han incrementado el número de procesos judiciales resueltos con “pronunciamientos infundados, afectando la buena reputación, imagen, libertad e integridad de personas inocentes, principalmente varones, y sobrecargando innecesariamente al sistema judicial”. Sin embargo, Muñante no brinda datos concretos sobre el número -o al menos estimado- de las denuncias con fines revanchistas de las que habla. Tampoco explica cuándo se califica una denuncia como falsa, pero las relaciona con la baja cantidad de sentencias condenatorias. “Está claro que son más las denuncias que terminan en el archivo, que las que obtienen sentencia, lo que también refuerza nuestra duda”, indica.
Casos de violencia atendidos en los CEM | DEL 1 DE ENERO – 31 DE MAYO DE 2025 |
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ECONÓMICA | 311 |
PSICOLÓGICA | 31778 |
FÍSICA | 26484 |
SEXUAL | 13123 |
TOTAL | 71696 |
La abogada Beatriz Ramírez, especialista en Derecho Constitucional, precisa que una denuncia archivada no significa que se trate de un caso falso sino que no se pudo presentar el estándar de prueba penal necesario. “Llegar a una sentencia condenatoria es difícil. Podrías tener una denuncia en la que por distintas razones la víctima decide no continuar el procedimiento, pero eso no significa que los hechos no pasaron”, explica a El Comercio.
Para Liz Melendez, Directora Ejecutiva en CMP Flora Tristán, la mínima cantidad de sentencias por delitos de violencia en el ámbito intrafamiliar, lejos de representar a las denuncias falsas, demuestran lo complicado de conseguir justicia. “Para acceder a la justicia, las mujeres enfrentan una serie de barreras, como los estereotipos de género que hacen que los operadores de justicia duden de su testimonio. Esto no solo afecta a mujeres, también a niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad que deben afrontar las demoras en los exámenes médicos legistas. Hay niñas y adolescentes víctimas de violación sexual que deben esperar meses por un examen de este tipo”, explica.
El proyecto de ley de Muñante cita un informe del diario La República donde se evidencia que de más 800.000 casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar evaluados en cinco años, el Poder Judicial emitió 354 sentencias. Dicho informe precisa que la mayor cantidad de casos archivados son agresiones contras las mujeres e integrantes del grupo familiar (72%), daño psíquico y afectación psicológica cognitiva conductual (25%), y lesiones leves con la agravante de violencia contra las mujeres (17%).
Al respecto, la abogada Ramírez explica que la violencia psicológica tiene los más altos índices de impunidad. ”La práctica demuestra que los sistemas de justicia, particularmente la fiscalía, suelen archivar lo que entienden como afectación psicológica cognitiva conductual”, explica. Los tiempos de proceso también influyen. Aunque la etapa tutelar suele ser casi inmediata con el otorgamiento de medidas de protección, en la fase penal y del juicio oral puede extenderse varios meses. “Durante ese tiempo hay muchas razones para que desistan de denunciar. Puede ser que se hartan del procedimiento, porque hay presión de la propia familia, por temas económicos o de tiempo. Los servicios públicos tienen una capacidad sobrepasada, un abogado del CEM no puede estar dándole seguimiento a cada caso que patrocina. Si no inviertes en defensa privada, lo más probable es que se va a archivar”, resume la letrada.
Subregistro y consecuencias
A esto hay que sumarle que existe un subregistro de denuncias de violencia familiar y sexual con apenas una tercera parte de casos que se hace visible. “Solo el 29% de mujeres en relaciones de pareja violentas denuncia los hechos”, agrega Meléndez. Las cifras del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) lo confirman: de cuerdo con los resultados de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) 2023 el 45% de mujeres que fueron víctimas de violencia física no buscaron ayuda, casi la mitad respondió que no lo hizo porque “no era necesario”, el 16,8% porque sentían vergüenza y el 11,1% porque no sabían a dónde ir o no conocían servicios de ayuda.
Ambas coinciden en que existen mecanismos establecidos en el Código Penal peruano para sancionar las presentación de denuncias falsas para cualquier delito: la denuncia calumniosa (Art. 402), que incluye la simulación o adulteración de pruebas o indicios de un delito falsamente atribuido, y las figuras de calumnia (Art. 131) y difamación (Art. 131).
Lo cierto es que aunque existan denuncias falsas, como los casos que presentó Muñante ante el Congreso el pasado viernes, no son exclusivas de casos de violencia familiar. En el 2023, por ejemplo, el Poder Judicial sentenció a un hombre que denunció el falso secuestro de su bebé en Ate; en el 2021, otro sujeto, esta vez en Arequipa, fingió su secuestro y el robo de 200 mil soles y ese mismo año, en Villa El Salvador, una mujer planificó el robo de su auto para cobrar el seguro.
De hecho, Ramírez recuerda que la Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual, publicada en el 2003, también incluye un artículo para la “falsa queja” por mala fe, sin embargo, eso no ha implicado la reducción de casos denunciados. “El congresista evidencia un mal entendimiento del sistema. En los 22 años que tiene la norma de hostigamiento, ¿cuántos casos de sancionados hay por mala fe? Esta es la prueba que decir que las mujeres mienten en las denuncias es una sobregeneralización estereotipada”, dice.