Lunes, Mayo 20

La abogada Diana Coz informó que el Poder Judicial estableció en un proceso de amparo que las entidades públicas no podrán bloquear a ciudadanos en la red social X (antes Twitter). Esto como parte de un proceso iniciado hace seis años contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

A través de X, Coz detalló que el PJ determinó, en su resolución, que ningún funcionario público puede bloquear a ciudadanos si usa su cuenta para transmitir información vinculada con sus funciones asignadas.

Luego de seis años en litigio contra la ONPE logré que el Poder Judicial establezca en proceso de amparo que las entidades públicas no pueden bloquear a ciudadanos en Twitter. Es el primer precedente favorable en la temática e incluso va más allá”, indicó Diana Coz en su publicación.

Escueleando al Tribunal Constitucional (que perdió oportunidad en el caso Iriarte vs Cateriano), establece que ningún funcionario público puede bloquear ciudadanos si usa su cuenta para transmitir información vinculada con sus funciones asignadas”, agregó.

Por su parte, el abogado Erick Iriarte coincidió en lo señalado por Coz. “Un funcionario público no puede bloquear a un ciudadano en Twitter (X) si es que utiliza su cuenta para acción pública (como utilizarlo de medio de divulgación de información de su función)”, afirmó.

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