¿Qué se considera voto en blanco y voto nulo?
El voto en blanco ocurre cuando el elector deposita la cédula sin marcar ninguna opción. El ciudadano participa del proceso electoral, pero decide no apoyar a ninguno de los candidatos o partidos en competencia.
En cambio, el voto nulo o viciado se produce cuando la cédula presenta marcas indebidas, como dibujos o palabras, cuando se marcan más opciones de las permitidas o cuando la intersección del aspa o la cruz se encuentra fuera del recuadro correspondiente.
¿Tienen algún efecto real en el resultado de una elección?
La respuesta es que su impacto depende del tipo de elección, según explicaron los especialistas en derecho electoral Silvia Guevara y Roy Mendoza en diálogo con El Comercio.
Aunque estos votos no se asignan a ningún candidato o partido político, sí pueden tener efectos en el cálculo de los resultados, concretamente en la elección del Congreso y en el funcionamiento de la valla electoral.
Guevara y Mendoza explican que ambos tipos de voto se registran en las actas electorales, pero no se consideran dentro del conjunto de votos válidos.
Si parte del electorado decide votar en blanco o anular su voto, el número total de votos válidos se reduce. Y al reducirse el universo de votos válidos, los porcentajes obtenidos por los candidatos se calculan sobre una base más pequeña.
“No se consignan en favor de ningún candidato o partido político. Sin embargo, puede tener un efecto indirecto en los resultados, ya que reducen el universo de votos válidos sobre el cual se calculan los porcentajes. Esto puede elevar proporcionalmente el porcentaje obtenido por los candidatos que reciben votos válidos. Por ejemplo, en elecciones parlamentarias, ello puede incidir en la distribución de escaños o facilitar que determinados candidatos accedan a cargos de representación con una base menor de votos”, explica Guevara.
Es decir, cuando hay muchos votos blancos o nulos, los votos válidos adquieren mayor peso relativo.
Por ello, Roy Mendoza destaca que el efecto de los votos en blanco y nulos es especialmente relevante en la elección parlamentaria.
“En el caso de las elecciones presidenciales, a menos que configuren una causal de nulidad, no poseen mayor relevancia; son, fundamentalmente, una expresión de rechazo y desafección por parte del electorado. Sin embargo, en la elección parlamentaria el escenario es distinto porque se aplican la valla electoral y la cifra repartidora. En la medida en que los votos válidamente emitidos sean menores, el umbral de la valla que los partidos deben cumplir también será menor”, explica.
Los partidos deben superar el 5 % de los votos válidamente emitidos a nivel nacional y lograr un número mínimo de congresistas electos para mantener su inscripción.
Y en el caso de las alianzas la barrera se eleva 1%, indistintamente del número de partidos políticos que integren la coalición.
Una elevada proporción de votos blancos o nulos puede facilitar que algunos partidos logren superar la valla electoral.
Clave
De acuerdo con el artículo 184 de la Constitución, se declara la nulidad de un proceso electoral siempre que los votos nulos o en blanco, ya sea sumados o por separado, superen los dos tercios del número total de votos emitidos.














