domingo, marzo 15

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprobó un acuerdo en el que precisa los criterios para que las organizaciones políticas puedan acceder al procedimiento de distribución de escaños en el Senado del Perú y en la Cámara de Diputados del Perú durante las Elecciones Generales del Perú 2026.

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Según el acuerdo adoptado el 12 de marzo, los partidos deberán cumplir de manera concurrente dos condiciones establecidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica de Elecciones del Perú: alcanzar al menos el 5% del número legal de miembros de la cámara correspondiente y obtener un mínimo del 5% de los votos válidos a nivel nacional.

En términos prácticos, esto significa que para acceder a la distribución de escaños se deberá lograr al menos tres senadores o siete diputados, además del porcentaje mínimo de votos válidos en cada cámara.

El acuerdo del JNE también precisa que, para el caso del Senado, el cálculo del 5% de votos válidos se realizará sumando los votos obtenidos en las dos modalidades de elección: la correspondiente al distrito electoral múltiple —por circunscripción regional— y la del distrito electoral único de carácter nacional.

En cambio, para la Cámara de Diputados se aplicarán directamente las condiciones establecidas por la ley para determinar qué organizaciones políticas acceden al procedimiento de distribución de escaños.

El acuerdo del JNE dispone además comunicar esta decisión a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), a los Jurados Electorales Especiales y a las organizaciones políticas con candidatos inscritos en el proceso electoral.

Asimismo, se ordenó la difusión del documento a través de la Oficina General de Comunicaciones del organismo y su publicación en el portal institucional y en el Diario Oficial El Peruano.

El pronunciamiento del JNE se produce a pocas semanas de los comicios generales, en medio de cuestionamientos sobre el criterio que se aplicaría para medir la valla electoral en la elección del Senado, que se realizará mediante dos modalidades de votación: nacional y por circunscripción regional.

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De acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas del Perú, una organización política puede perder su inscripción si no accede al procedimiento de distribución de escaños en al menos una de las cámaras del Congreso.

En el caso de las alianzas electorales, la valla se incrementa en un punto porcentual adicional, independientemente del número de partidos que integren la coalición.

El tema de la valla electoral había sido planteado semanas atrás durante una sesión de la Comisión de Constitución del Congreso del Perú. En esa oportunidad, la congresista Patricia Juárez, de Fuerza Popular, solicitó al JNE aclarar cómo se aplicaría el cálculo del 5% de votos válidos para la elección del Senado.

La legisladora pidió precisar si dicho porcentaje sería aplicado únicamente a la elección nacional de senadores, mediante lista única, o también a la votación de los representantes elegidos por distrito múltiple.

“Ahí se ha generado alguna duda y sería bueno disiparla para establecer cómo se va a calcular, si es sobre los votos válidos en cada elección por separado o la suma de ambos”, señaló entonces.

En respuesta, el presidente del JNE, Roberto Burneo, indicó que el tema sería evaluado por el pleno del organismo electoral.

Tal cual está redactada la norma, la valla es el 5% de 130 diputados, es decir, siete diputados y 5% de votos válidos o tres senadores y el 5% de los votos válidos. Hay muchas posibilidades para aplicarlo. Es necesario que se dilucide desde el pleno”, sostuvo en aquella ocasión.

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