Jueves, Diciembre 12

Esta figura era clave para la lucha contra la criminalidad organizada porque permitió, por ejemplo, la detención de los implicados en el Caso ‘Waykis en la Sombra’, en el que está involucrado el hermano de la presidenta, Nicanor Boluarte, hoy prófugo de la justicia.

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Desde este jueves 12 de diciembre, el Poder Judicial no podrá ordenar operativos de detención por investigaciones a delincuentes, organizaciones criminales, funcionarios que comentan delitos de corrupción, entre otros.

La norma deroga el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, que se refería a la aplicación de esta figura.

La ley también lleva la firma del primer ministro Gustavo Adrianzén.

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El Congreso, presidido por Eduardo Salhuana (APP), aprobó la norma a inicios de noviembre. Pese a sus peligros, el Poder Ejecutivo no la observó.

El dictamen, aprobado por el pleno, provino de la Comisión de Justicia, que encabeza Perú Libre, una agrupación que tiene a su líder Vladimir Cerrón prófugo y que ha presentado diversas normas que atentan contra el Poder Judicial y el Ministerio Público.

Y tuvo su origen en proyectos de ley que presentaron congresistas perulibristas y de la bancada de Fuerza Popular.

El texto tuvo éxito en la Comisión de Constitución y luego fue aprobado por el pleno con 94 votos a favor, 18 en contra y 3 abstenciones.

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Con esta norma en vigencia, si una persona comete cualquier delito y ya pasó el plazo de flagrancia, ya no se podrá ordenar su detención preliminar por más evidencia o riesgo de fuga que haya.

La figura de detención preliminar fue un elemento importante para casos como “Waikys en la sombra”, Puente Tarata, el Caso Gabinete en la Sombra, Yenifer Paredes y las obras en Anguía, Los Cuellos Blancos del Puerto. En todos ellos se aplicó esta figura.

Además, se realizaron intervenciones contra organizaciones criminales como el “Tren de Aragua” y los “Hijos de Dios”.

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Peligros

En diálogo con El Comercio, el vocero de la Fiscalía de la Nación, Víctor Cubas; el exviceministro de Justicia Gilmar Andía y el exprocurador anticorrupción Luis Vargas Valdivia señalaron que la norma afecta gravemente a la lucha contra la criminalidad.

Cubas calificó la norma de “perjudicial” y señaló que camufló en una norma que supuestamente busca fortalecer el trabajo de la policía.

“La norma derogada permitía dictar detención preliminar contra las personas estuviesen sindicada de cometer delitos que tienen una pena mayor de cuatro años y que no estuvieran en flagrancia”, explicó.

Agregó que, generalmente, la flagrancia se produce en delitos menores como robos o hurtos, pero no en los casos de crimen organizado donde se actúa clandestinamente para evadir a la policía. Remarcó que la figura de detención preliminar era clave en las investigaciones de estos crímenes.

“La PNP [Policía Nacional del Perú] informaba, la fiscalía requería y lel juez ordenaba su detención, la persona era ubicada y detenida para que preste su declaración y para que se realicen otros actos de investigación. Eso no se va a poder hacer a partir de este jueves, que entra en vigencia esta ley”, subrayó.

El portavoz de la fiscalía dijo que la norma va a beneficiar, por ejemplo,a personas que hayan incurrido en delitos de corrupción y violación sexual. “Esos actos no se realizan a vista y paciencia del público, se realizan clandestinamente, no van a poder ser detenidas”, apuntó.

Agregó que, si esta ley hubiese entrado en vigencia hace algunos días, se habría visto beneficiado el asesino de la menor de 12 años en Villa María del Triunfo. “Él no fue detenido en flagrancia. Para que él sea detenido, la fiscalía tuvo que pedir su detención preliminar, casos como este no podrían actuarse porque se elimina la posibilidad de prisión preliminar”.

“Van a permitir impunidad en delitos graves en casos de crimen organizado”, subrayó.

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A su turno, Andía advirtió que, desde este jueves, el Ministerio Público ya no podrá solicitar detenciones preliminares en el marco de sus investigaciones.

“Va a tener que esperar a tener mayores elementos para solicitar una prisión preventiva. Esto obviamente está dirigido a detenciones de funcionarios público y no les importan los delitos violentos con los que vamos a tener problemas, por ejemplo, bandas como ‘Los Pulpos’ se verían beneficiadas”, alertó el exviceministro.

“Esto es gravísimo. Básicamente nos están poniendo por debajo de Venezuela, prácticamente”, añadió.

De otro lado, señaló que la norma dispone también que no se pueda detener a policías por el uso reglamentario de su arma. Consideró que aunque la medida puede parecer razonable, estos casos deben evaluarse de forma particular.

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A juicio de Vargas Valdivia, se está eliminando la detención preliminar porque ha resultado “ser un elemento importante en la lucha contra la criminalidad y los señores del Congreso están respondiendo a los intereses de a quienes ellos patrocinan en realidad”.

“Quieren seguir disminuyendo la capacidad de respuesta del Estado frente a la criminalidad […] Esta figura lo que ha buscado precisamente es garantizar y evitar que aquellas personas comprendidas en investigaciones entorpecieran la investigación o se dieran a la fuga”, resaltó.

Agregó que ahora los delincuentes tendrán mayor facilidad para eludir la acción de la justicia y que el Congreso ha entorpecido una vez más la labor de la fiscalía frente a la criminalidad.

“Ya no se van a poder hacer operativos de bandas organizadas. No solo perjudicaron la labor de la justicia en los allanamientos sino que ahora se han traído abajo la detención preliminar”, dijo.

“¿Cómo piensan acabar con la criminalidad organizada si ya no se puede hacer nada?”, ironizó.

Además…

Más opiniones

  • “Se acabó la lucha cobrea el crimen organizado […] Esto favorece a los criminales”, escribió en X (antes Twitter) el exministro del Interior Rubén Vargas.
  • “Como es obvio si no hay detención preliminar aquellos criminales descubiertos por trabajos de inteligencia no van a esperar en su casa tranquilitos a que el juez decida si da prisión preventiva. Gobierno y Congreso aliados del crimen”, expresó en el exministro del Interior Carlos Basombrío en X.

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Otra norma

El Gobierno promulgó, además, la ley 32182 que dispone sancionar por falta grave a los fiscales que proporcionen o faciliten información reservada.

Para Víctor Cubas, “no se puede responsabilizar solo al fiscal por la filtración de información debido a que también existen otros sujetos procesales que tienen conocimiento de ella: el abogado del agraviado, el abogado del procesado y la policía”.

Esta norma es innecesaria porque ya existen mecanismos de control, tanto para jueces como fiscales”, acotó.

De otro lado, cuestionó el extremo de la norma que se refiere a la prisión preventiva pues, bajo su lectura, se está presionando a los fiscales para solicitar esta medida en todos los casos cuya sanción sea mayor cinco años y a los jueces a dictarlas. “¿Dónde queda su criterio discrecional para determinar en qué casos debe proceder o no la prisión preventiva”.

Finalmente, señaló que el Congreso está aprobando normas que se contradicen entre sí y eso dificulta la acción de la justicia y permite que el crimen organizado siga en aumento.

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Andía calificó que peligroso que se pueda sancionar a los fiscales por “Se hace peligroso tomando en cuenta de quiénes puedan los órganos de control tanto del Ministerio Publico y el Poder Judicial”, alegó.

Además, subrayó que la norma modifica también el artículo 418 del Código Penal (delito de prevaricato) para que los jueces y fiscales que no tomen acción en casos de flagrancia sean reprimidos con una pena de entre 8 y 12 años.

Señaló que, muchas veces, los magistrados no cuentan con suficientes elementos para tomar acciones inmediatas contra los detenidos. Por lo que, en su lectura, este es “uno de los ataques más contundentes” hacia los jueces y fiscales.

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Por su parte, Vargas Valdivia dijo que se quiere poner un freno a las filtraciones a la prensa, pero que la norma ni siquiera hace esa precisión.

“¿Proporcionar a quién? Si el fiscal, por ejemplo, pide una información y esto se hace público, ¿Qué culpa tiene él?, ¿Cuál es la falta? Lo que buscan es evitar filtraciones a los medios de prensa. Con esta norma lo que clavar una espada de Damocles a los fiscales, lo que buscan es tratar de acallarlos”, declaró

“La presidencia debió observar las normas, pero no se le puede pedir peras al olmo”, concluyó.

Otras normas que el Ejecutivo no observó

Ley Detalle Promulgación Publicación Opinión técnica
N°31751 Conocida como ‘ley impunidad’. Modifica el plazo de suspensión de la prescripción de casos judiciales. 24/05/2023
Por la presidenta Dina Boluarte.
25/05/2023 No se solicitó la opinión del Poder Ejecutivo.
N°31981 Elimina las elecciones primarias. 17/01/2024
Por la presidenta Dina Boluarte.
17/01/2024 Comisión de Constitución pidió opinión del Ministerio de Justicia, pero no recibió respuesta.
N° 31989 Favorece a la minería informal. Deroga causales de exclusión del Reinfo y excluye a mineros informales de la ley de crimen organizado. 20/03/2024
Por la presidenta Dina Boluarte.
20/03/2024
N°32002 Autoriza nuevo retiro de las AFP. 17/04/2024
Por la presidenta Dina Boluarte.
18/04/2024 El Ministerio de Economía emitió una opinión desfavorable sobre cada uno de los proyectos que planteaban los retiros. Advirtió que se generarían mayores pérdidas para los afiliados y también podría
generar perjuicios para el Estado.
N°32027 Dispone la liberación del 100% la CTS hasta diciembre del 2024. 16/05/2024
Por la presidenta Dina Boluarte.
17/05/2024 Presidencia del Consejo de Ministros señaló que no le correspondía pronunciarse al respecto.
N°32054 Excluye de responsabilidad penal a los partidos políticos 10/06/2024
Por la presidenta Dina Boluarte.
10/06/2024 Ministerio de Justicia consideró no viable esta propuesta.
N°32104 Revalida los alcances de la ‘ley impunidad’. 26/07/2024
Por la presidenta Dina Boluarte.
28/07/2024 Ministerio de Justicia opinó que la llamada ‘ley impunidad’ no requería de una norma
interpretativa al no haber en el texto ninguna ambiguedad o
alguna posibilidad de error en su aplicacion.
N°32107 Limita los alcances de los delitos de lesa humanidad. 07/08/2024 Por el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana. 09/08/2024 Ministerio de Justicia señaló que norma no sería viable, pero otras carteras (Interior, Defensa y Relaciones Exteriores) dieron opiniones menos firmes.
N°32108 Modifica la definición de crimen organizado y obliga la presencia del abogado del imputado en los allanamientos. 07/08/2024
Por el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana.
09/08/2024 Ministerios de Justicia e Interior indicaron que la norma no era viable.
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