Cade vez que ocurre un accidente en las calles limeñas, se descubre que la unidad involucrada, por lo general, acumula deudas millonarias en papeletas. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), las infracciones de tránsito más frecuentes son el uso innecesario de la bocina, el mal estacionamiento de vehículos, el dejar puertas abiertas dificultando la circulación y no respetar las señales viales. La comisión de estas faltas, junto con otras, ha generado multas que arrojan un monto estratosférico: casi dos mil millones de soles desde el 2020 a la fecha.
Este escenario ha sido muy bien detallado por el analista de datos Juan Carbajal. Para ello, se valió de información del portal de datos abiertos del SAT. La data seleccionada muestra que el total de multas por infracciones de tránsito impuestas en el periodo 2020-2025 fue de 1.903′054.458,17 soles.
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Asimismo, se precisa que las multas pagadas en el mismo lapso de tiempo ascienden a 670′637.648,37 soles. Este monto representa al 35,2% del total de multas por infracciones impuestas. Por otro lado, se puede calcular que el dinero que hasta el momento no es recaudado (pendiente de pago) es de poco más de un millón de soles (S/1.232′416.810).
“La data analizada va desde enero del 2020 hasta junio del 2025 y es de la misma plataforma de datos abiertos del SAT. Aunque cabe decir que en la plataforma hay información desde el 2014. Se ha tomado en cuenta imposiciones de multas y pagos netos, y no el tema de descuentos que posteriormente se hayan hecho”, resaltó Carbajal a El Comercio.
La data seleccionada también muestra un aumento progresivo de imposición de multas por papeletas de tránsito del 2021 al 2024. Mismo patrón de incremento se registra con las multas pagadas, pero desde el 2020 hasta el 2024. No obstante, 2020 y 2024 fueron los años donde la brecha entre las multas canceladas y la deuda fue más amplia: S/306′517.326 y S/302′622.994, respectivamente.
Por otro lado, Carbajal subrayó algo a considerar y que no se muestra en los datos del SAT: parte de los pagos no necesariamente corresponden al mes y año en que se impusieron las papeletas, sino que pudieran ser de periodos pasados.
“Si bien es cierto hay abundante información por meses y años, lo que falta es que se indique, en lo que respecta a las multas pagadas, a qué mes y año corresponden según cuando fueron impuestas”, sostuvo.
¿Qué se puede hacer con esta plata?
De acuerdo con la data analizada, el monto cancelado en dicho periodo es de poco más de 670 mil millones de soles (35,2% del total), quedando un saldo pendiente de pago equivalente a 1.200 millones de soles. Es decir, este último corresponde a las multas por infracciones de tránsito no recaudado por el SAT a la fecha.
Según Carbajal, la data nos da una idea macro de cómo la recaudación es tan baja con respecto a lo impuesto y esto visibiliza cómo va la gestión en hacer cumplir el pago de las papeletas. “Hay vehículos transitando con papeleteas impagas de por medio, y son los mismos que siguen cometiendo infracciones y accidentes”, opinó.
Conocidos ya los datos de multas impuestas y recaudación, surge la siguiente interrogante: ¿Qué acciones se podrían hacer con 1.200 millones de soles para mejorar el tránsito en Lima? Esto, sin saber a ciencia cierta si actualmente el monto recaudado por el SAT es luego utilizado -ya sea en parte o en su totalidad- a dicho fin.
De acuerdo con el cálculo hecho por El Comercio junto a expertos en el tema, con el monto aun no recaudado se podrían comprar 1.500 buses grandes tipo BTR (Bus de Tránsito Rápido), como los que utiliza el servicio del Metropolitano, teniendo en cuenta que cada vehículo tiene un costo aproximado de 800 mil soles.
Asimismo, cada uno de estos buses, según sus características, puede movilizar entre 100 y 200 pasajeros a la vez: 100 los convencionales y 200 los articulados. Esto permitiría movilizar a un total de 150.000 usuarios, de considerarse la capacidad mínima, y si es que se realiza la adquisición de toda la flota mencionada.
Por otro lado, con el dinero que falta recaudar también sería factible implementar una adecuada señalización en las calles de Lima; una red de semáforos de última tecnología, que estén interconectados y se pueda configurar automáticamente según la variación del flujo vehicular durante el día; así como campañas de educación vial.
Todas estas posibles compras o adquisiciones permiten inferir que si se lograra recaudar un porcentaje mayor de multas pagadas, habría incluso mayor oportunidad de mejoras y de capacidad de gasto en materia de tránsito.
Al respecto, el presidente de la ONG Luz Ámbar, Luis Quispe, explicó a este Diario que el dinero que se recauda por las multas va a las arcas de la Municipalidad de Lima, pero no a un fondo específico. Además, parte del mismo se destina a gastos corrientes de la comuna. “Debería tener un propósito específico. Es decir, todo lo que se recauda por multas, incluso por impuesto al patrimonio vehicular, debería servir para atender el mantenimiento de las vías. Por ejemplo, no se ve ningún resultado favorable en seguridad vial, señalización, semaforización“, sostuvo.
Quispe agregó que un sistema integrado de transporte es la única forma de solucionar el problema del caos vehicular en Lima y, en ese sentido, dijo que el Estado debería comprar, junto con el privado, 10.000 buses a gas natural (como los del Metropolitano) y eléctricos. Precisó que en el caso de los eléctricos, 10.000 buses de este tipo costaría S/2.800 millones. Por lo tanto, con S/1.200 millones se podría costear casi la mitad, es decir, 5 mil buses.
“Creo que con esos 10.000 buses cubriríamos fácilmente la demanda que Lima necesita. Con la mitad nos acercaríamos mucho y esta se podría comprar con las multas que aun no se recaudan», indicó.
Por su parte, Franklin Barreto, exjefe de la División de Accidentes de Tránsito de la Policía Nacional, comentó que el sistema de recaudo de multas no parece ser efectivo, ya que ese monto tendría que servir para mejorar los aspectos de infraestructura vial, promover un mejor comportamiento de los usuarios, entre otras acciones.
“Lógicamente que de esa cantidad, una parte también tiene que ser destinado a la parte administrativa, la planilla, el personal, los pagos administrativos, pero también un gran porcentaje debe destinarse a mejoras en todo lo que significa señalización, educación vial, etc”, sostuvo.
Lo que dice el SAT
En diálogo con El Comercio, el SAT sostuvo que un indicador clave para medir la efectividad en la recaudación de multas de tránsito es la cantidad de papeletas pagadas en relación con las impuestas. Según resaltó, en 2023, se logró un avance significativo: aumentar esta tasa del 55% al 66%, “lo que significa que dos tercios de las multas impuestas en un año son pagadas dentro del mismo periodo”.
En ese sentido, dijo que es crucial entender un factor que impacta directamente en el monto total recaudado: el beneficio del pronto pago, principal herramienta para fomentar dicha acción en los conductores. Actualmente, indicó que el 58% de las multas pagadas se acogen a los descuentos del Reglamento Nacional de Tránsito, que van del 83% al 67%.
“Cuando la mayoría de los infractores optan por esta opción, el ingreso total en soles se reduce considerablemente. El infractor debe hacer el pago dentro de un plazo establecido, usualmente en los primeros días después de la imposición de la papeleta. En pocas palabras, aunque logramos que más personas paguen sus multas, el monto final recaudado es significativamente menor al valor teórico de las papeletas», argumentó el SAT.
Al 31 de julio del 2025, se han impuesto 483.400 papeletas por infracciones de tránsito en Lima y se han cancelado el 65%, es decir 313.700, agregó la entidad recaudadora.
En tanto, el SAT precisó que existen facilidades para saldar las multas a través del pago digita, además de las opciones presenciales en su agencias y bancos:
- Portal web del SAT: Los infractores pueden consultar y pagar sus multas directamente desde el sitio web oficial del SAT, usando tarjetas de crédito o débito.
- Aplicación móvil SmartSAT: Esta app permite a los usuarios revisar sus deudas pendientes y realizar pagos desde su teléfono.
- Pago a través de billeteras digitales: El SAT ha habilitado el pago de multas a través de plataformas como Yape, lo que simplifica aún más la transacción para los usuarios de estas aplicaciones.
“El ciudadano, al conocer que tiene una reducción drástica del monto de su multa, elimina una barrera económica importante. El incremento del indicador de efectividad de recaudación en cantidad de papeletas de 55% a 66% indica que las políticas de difundir los descuentos han tenido éxito en motivar a un mayor número de infractores a cumplir con su obligación”, destacó.
Por otro lado, el SAT detalló que si el infractor no paga la multa en el periodo de pronto pago, se inicia un proceso de cobranza coactiva. Una vez que vence el plazo para el pronto pago, el infractor pierde el beneficio y debe pagar el 100% del valor nominal de la multa, más intereses moratorios y costos administrativos.
En tanto, a través de su área de cobranza coactiva, envía notificaciones al infractor para que cumpla con su obligación. Si este sigue sin pagar, el SAT puede tomar medidas más drásticas, como:
- Embargo de cuentas bancarias: Solicitar a los bancos el embargo de los fondos del infractor.
- Captura de vehículos: Se emite una orden de captura para que el vehículo sea internado en un depósito si es detectado en la vía pública.
- Embargo de bienes: En casos extremos, se pueden embargar bienes del deudor para cubrir el monto de la multa.
Cambiar conductas y estrategias
En base a los datos analizados de multas impuestas y recaudación también surgen otras interrogantes: ¿Las papeletas ayudan a que los choferes cambien sus conductas infractoras? ¿Si se recaudara más multas habría un mayor cambio conductual?
Para Barreto, no existe la forma cómo la autoridad pueda lograr que el efecto de las papeletas sea disuasivo. Señaló que la autoridad tiene los mecanismos legales para ejecutar ese tipo de pagos. Hay intervenciones que se pueden hacer, por ejemplo, a bienes, muebles. Se pueden también ejecutar algunas acciones sobre cuentas bancarias, propiedades, para efectivizar este pago, pero tal parece ser que la cantidad de personas que no pagan voluntariamente está superando la capacidad que tiene la autoridad para poder ejecutar estos mecanismos.
“En nuestra realidad es muy difícil que una papeleta tenga no solo un efecto disuasivo, sino que genere un cambio de comportamiento. Esto en tránsito se entiende como educación vial. Si se ejecuta una buena educación vial, vamos a tener a personas que saben cómo comportarse en una vía pública. En este caso, lo que vemos a diario es que las personas cometen una serie de actos imprudentes debido principalmente al desconocimiento de lo que deben hacer en la vía pública“, dijo.
En tanto, Quispe detalló que más allá de la enorme cantidad de papeletas y el poco monto recaudado, lo que hay que considerar es el resultado de estas multas como medida disuasiva para el conductor. Consideró que estas de por sí no van a cambiar un comportamiento. “¿Ha servido para que modifiquen su conducta y sean más responsables? ¿Ha servido para que mejore el transporte? Creo que no. Hay otros aspectos que deben ser considerados y que no se están tomando en cuenta», expresó.
Experto consideró que lo que hay que hacer es cambiar de estrategia. Por ejemplo, hizo mención a que la ATU ha ampliado la autorización de rutas a empresas de transporte público por 5 años, pero sin ninguna exigencia. En ese sentido, dijo que ese debiera ser el momento oportuno para exigirles una carta de garantía de medio millón de soles, monto del cual se descontarían las futuras multas.
“No se acumularía la deuda. Entonces, ahí sí las empresas cuidarían de que sus conductores traten de cumplir con las normas, no como hacen ahora, que simplemente les cobran el alquiler y los sueltan a la calle y dejan que los conductores hagan lo que quieran”, señaló.
Sacar la vuelta a la norma
Quispe explicó que las multas impuestas por la policía y las actas de control que son impuestas por los inspectores de transporte resultan siendo, conforme a nuestro ordenamiento jurídico, sanciones administrativas. Y como tales, están sujetas a la ley del procedimiento administrativo general. Al respecto, opinó que esta norma protege al administrado, pues exige a la autoridad cumplir exhaustivamente en notificar todos los procedimientos administrativos que corresponden, cuidando el debido proceso.
“Lamentablemente, esa ”protección» es utilizado por los conductores o empresas para sacarle la vuelta a la ley y favorecerse. Lo que hacen es presentar un descargo dentro de los 5 días siguientes como señala la ley, aun sabiendo que cometieron algo indebido. El objetivo es neutralizar el pago. Luego siguen con el recurso de impugnación, de apelación, y una vez agotada la vía administrativa, dentro de los 3 meses siguientes, presentan el recurso de revisión de los actos administrativos ante el juzgado contencioso administrativo“, detalló.
Quispe aseguró que todos los los conductores terminan haciendo esta demanda judicial y para tal fin también se prestan abogados que ofrecen sus servicios. Ellos se encargan de presentar los recursos para que transcurran cuatro años y prescriban las infracciones. “Al final, todo queda en nada”, señaló.














