Desde mañana 14 de febrero, entra en vigencia la aprobación del Decreto Legislativo N° 1738 en el que solo podrán contratar un máximo de 7 líneas móviles por persona, con el fin de disminuir el anonimato, prevenir fraudes, suplantación de identidad, y extorsiones a través de la vía telefónica, sin afectar el patrón de consumo de los usuarios del país.
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En el Perú, el 87 % de las extorsiones se comete mediante llamadas o mensajes anónimos, en el que se suele concentrar un número excesivo de líneas a nombre de pocas personas. En ese sentido, se ha detectado a 143 ciudadanos con más de 50 líneas activas.
La nueva regulación busca frenar la acumulación desmedida de servicios móviles en un solo titular.
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Según la Encuesta Residencial de Servicios de Telecomunicaciones (Erestel) 2024, elaborada por Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), la mayoría de peruanos utiliza entre una y seis líneas móviles. Esto significa que la medida solo limitaría a quienes concentran un número inusual de líneas y podrían darles un uso indebido.
Además, no impactaría en el crecimiento ni en los ingresos de las operadoras, ya que el 66,6 % de los usuarios cuenta con solo una o dos líneas.

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El Osiptel será el encargado de supervisar el cumplimiento de la disposición a partir del día de su promulgación y podrá ordenar a las empresas operadoras la baja de los servicios que excedan el límite, previo plazo para que los abonados regularicen su situación.
En el caso para los que tengan más de siete líneas, al momento de la entrada en vigencia de la norma podrán conservarlas, sin embargo, quedarán impedidos de contratar nuevas.














