La situación de Delia Espinoza, inhabilitada por el Congreso de la República en diciembre del 2025, se encuentra en manos de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que dejó al voto la propuesta de su destitución en el cargo como fiscal suprema titular.
La decisión, de retirarla del cargo de fiscal suprema titular y, por ende, como fiscal de la Nación, obedece al proceso disciplinario que le abrió la JNJ, en setiembre del 2025.
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El cuestionamiento fue por no haber ejecutado de manera inmediata la Resolución Nro. 231-2025-JNJ, que ordenaba la reposición de la ex fiscal de la Nación, Patricia Benavides, en junio del año pasado, entre otros.
En la audiencia del miércoles 22 de enero, Espinoza Valenzuela rechazó haber cometido faltas o irregularidades administrativas, precisando que la decisión de solicitar aclaraciones a la JNJ sobre tal resolución las realizó por decisión colegiada de la Junta de Fiscales Supremos.
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En la audiencia participaron los consejeros María Cabrera (presidenta de la JNJ e instructora del caso), Víctor Chanduví (vicepresidente), y los consejeros Gino Ríos, Jaime de la Puente, Germán Serkovic y Cayo Galindo.
El consejero Francisco Távara fue apartado del caso el año pasado.
Pese a que Cabrera, por ser instructora del proceso disciplinario no puede ser juez y parte del caso, intervino en la sesión. Su presencia fue excusada por el vicepresidente Chanduví, quien adujo que el Pleno estaba actuando de acuerdo al reglamento de la JNJ.
¿Qué dice el informe que propone su destitución?
Delia Espinoza, según el informe de la consejera María Teresa Cabrera, habría incurrido en faltas “muy graves” en tres hechos que afectan el desempeño fiscal, la Ley de Carerra Fiscal y el incumplimiento de su deber funcional.
El primero (Hecho 1) está relacionado a la supuesta decisión de “haber hecho caso omiso” o no haber ejecutado de manera inmediata la reposición de la fiscal suprema Patricia Benavides, en el cargo de fiscal de la Nación, como lo ordenaba su Resolución 231-2025-JNJ, de junio del 2025.
Para llegar a dicha conclusión se tomó como referencia entre otras, la declaración de Benavides, quien señaló que el 16 de junio del 2025, tras disponerse su reposición, acudió a la fiscalía, pero no fue atendida por Espinoza Valenzuela.
De allí que Espinoza habría intervenido en el ejercicio de las funciones de la JNJ y comprometió gravemente los deberes inherentes a su cargo.

El segundo hecho atribuido (o Hecho 3 de acuerdo al documento) es por no haber recibido a Benavides el 16 de junio del 2025 o haber canalizado su requerimiento, cuando esta última acudió a la Fiscalía de la Nación.
Sumado a ello, indica la propuesta de destitución, Espinoza recién habría puesto en conocimiento de la Junta de Fiscales Supremos la Resolución 31-2025-JNJ el 23 de junio del 2025. Es decir, siete días después de su emisión, lo que confirmaría que el día de los hechos no convocó de manera inmediata a la JFS.
Por ello, la fiscal de la Nación inhabilitada habría incurrido en una omisión que, sin ser delito, compromete gravemente los deberes del cargo.
Finalmente, sobre el tercer hecho (Hecho 4-A señalado en el documento) se le atribuye haber “instado, permitido o tolerado” que personal fiscal y administrativo se constituyera y permaneciera por tiempo prolongado en los pasadizos del piso nueve del MP, donde se encuentra el despacho de la FN, el 16 de junio de 2025.
De acuerdo a la consejera instructora María Cabrera, dicha actuación es incompatible con los deberes funcionales de una fiscal de la Nación como máxima autoridad de la institución.

Además, agrega, dicha conducta se realizó en un marco de exposición “mediática indebida”, con la finalidad de ejercer una “presión externa” sobre la actuación de la JNJ.
Ello también habría afectado la Ley de Carrera Fiscal, comprometiendo gravemente su cargo por haber querido interferir con las decisiones de la JNJ.
En ese sentido, indicó la instructora en su informe, la determinación de la sanción no se limita a la gravedad de las faltas muy graves acreditadas , sino que exige ponderar si la permanencia de la investigada resulta compatible con los estándares de conducta y responsabilidad exigibles a dicho nivel funcional.
“Bajo dicho parámetro, la sanción de destitución se presenta como la respuesta disciplinario idónea para preservar la autoridad de las decisiones del órgano constitucional competente y garantizar que el ejercicio de la función fiscal suprema se desarrolle conforme a los principios de legalidad y responsabilidad.”

“Lo mío no son faltas gravísimas, simplemente se me está buscando sancionar porque ustedes son juez y parte”
En la sesión, Delia Espinoza rechazó las conclusiones del informe que propone su destitución.
Señaló que se trata de un documento lleno de “conjeturas” y “elucubraciones” de la consejera y que no se ajustan a la documentación que presentó.
Dirigiéndose ante el Pleno de la JNJ, señaló que los magistrados cometieron el delito de avocamiento indebido.
Según informó, el fiscal de la Nación interno, Tomás Gálvez, archivó la investigación contra los miembros de la JNJ que ordenaron la reposición de Benavides como fiscal de la Nación, pese a que el caso ya estaba siendo judicializado.
En esa investigación, por presuntos delitos de avocamiento indebido del cargo, omisión de funciones y falsedad ideológica, estaban comprendidos Gino Ríos Patio, María Teresa Cabrera Vega, Jaime de la Puente Parodi, Víctor Chanduví Cornejo, Germán Serkovic y Cayo Galindo Sandoval.
“El día de ayer (miércoles) se me ha notificado, por el fiscal de la Nación interino, ya archivó todo, sin fundamentos y eso la población lo va a conocer”, exclamó Espinoza.

Recordó que, en primera instancia, el 16 de junio del 2025, la entonces destituida fiscal Patricia Benavides, acudió al Ministerio Público, acompañada de personas ajenas a la entidad que portaban armas.
“Y lo ha dicho el gerente de seguridad, que ingresaron sin los protocolos y eso está en la declaración que lamentablemente, la señora instructora Cabrera, no ha considerado. A extraído cada una de las elucubraciones, que se han contenido en este informe para que se me destituya. Solamente algunas cosas que han sido muy convenientes para buscar y proponer mi destitución. Tendenciosas, forzadas, pero no ha puesto toda la verdad de las declaraciones”, dijo Espinoza.
Esto generó la molestia de Cabrera, quien solicitó se le lea el reglamento por “faltar el respeto” a los miembros de la JNJ al haber mencionado que estos cometieron delitos.
En el cruce de palabras, Cabrera agregó que se “mancilló” el nombre de los consejeros.
“No voy a discutir con usted, señor presidente, por favor, la aplicación del artículo pertinente”, requirió Cabrera.
Sin embargo, el consejero Chanduví (que asumió la presidencia del Pleno para el informe oral de este caso) decidió continuar con la audiencia.
Espinoza recordó que la JNJ emitió un pronunciamiento a favor de Benavides a pedido de ella, vía un recurso de nulidad y no fue un proceso de oficio como lo dieron a conocer.
Reiteró que Patricia Benavides fue quien solicitó que se declare la nulidad de su destitución que ya estaba consentida e, incluso, había recurrido al Poder Judicial pidiendo su restitución.

Además, recordó que la Resolución 231-2025-JNJ a favor de Patricia Benavides, no podía ser ejecutada puesto que ella ya había sido elegida constitucionalmente fiscal de la Nación y tenía una segunda destitución vigente cuando la JNJ pedía que sea repuesta en el cargo fiscal.
Respecto a los trabajadores administrativos y fiscales que estuvieron en los pasillos de la FN, y que, posteriormente, realizaron una vigilia, Espinoza señaló que no convocó a nadie y que fue una muestra personal y espontánea de los que estuvieron presentes.
“Es responsabilidad del gerente general y también del gerente de Potencial Humano, pero se me quiere atribuir a mí como si yo hubiera llamado y yo no he llamado; y no está probado que yo haya llamado y convocado”, aseveró.
Respecto a no haber convocado de manera inmediata a una Junta de Fiscales Supremos para ejecutar la Resolución 231-2025-JNJ, Espinoza aclaró que sí realizó una sesión de manera virtual el mismo 16 de junio. En ella, los participantes le “encargaron” que sea ella evalúe las acciones a tomar.
Posteriormente, el 17 de junio se realizó otra sesión donde se dio cuenta de las acciones que había adoptado el día anterior tras ser autorizada por la JFS.
El 18 de junio, luego de otra sesión de la JFS, dicho órgano decidió ratificarla en el cargo de fiscal de la Nación. Hecho que fue reiterado en el acuerdo de la sesión del 23 de junio del 2025.
“Yo les pido, por favor, sean coherentes. Las nulidades de la señora Benavides, del señor Gálvez y del señor Carlos Arce están guardadas, reactívenlas, para que se lleven a cabo los procedimientos disciplinarios administrativos por el tema Cuellos Blancos, por haber removido a la señora Bersabeth Revilla, por enriquecimiento ilícito, por haber faltado al Jurado Nacional de Elecciones, son faltas gravísimas. Lo mío no son faltas gravísimas, simplemente se me está buscando sancionar porque ustedes son juez y parte, ustedes están buscando que la Resolución 231 se consolide.”
Arturo Garu Castillo, abogado de Espinoza Valenzuela, cuestionó también que se le haya modificado la imputación, puesto que el caso se inició por, presuntamente, no haber repuesto a Patricia Benavides como fiscal de la Nación y fiscal suprema titular, pero, posteriormente, solo se indica que fue por no reponerla en el segundo cargo.
Reiteró que la Resolución 231-2025-JNJ era inejecutable en junio del 2025, puesto que para ese momento Benavides tenía una segunda destitución en el cargo en otro proceso disciplinario.
También rechazó cualquier acto de instigación al personal fiscal o administrativo del Ministerio Público para permanecer en los pasadizos de la FN y la vigilia que se desarrolló el 16 de junio del 2025.















