jueves, abril 16

La medida ha generado reacciones entre los vecinos miraflorinos, quienes han señalado a través de redes sociales su preocupación ante la posibilidad de que la obra no se concluya. En tanto, el municipio informó que se restituirá el tránsito vehicular en la bajada de Armendáriz, la cual fue cerrada por las obras.

Asimismo, la entidad remarcó que interpondrá las demandas legales correspondientes y apelará a la Ley N° 31589, que garantiza la reactivación de obras públicas. “El municipio actuará en el más breve plazo y conforme a la norma para culminar esta importante estructura con el fin de no afectar a los vecinos y visitantes que llegan al distrito”, indicaron en un comunicado oficial.

El Comercio intentó concretar una entrevista con un vocero del municipio, pero declararon que no brindarían más información al respecto. Lo único que se conoció, a través de su pronunciamiento oficial es que hubo “problemas entre la empresa Incot y sus propios subcontratistas”.

Detrás de la historia

Este Diario tuvo acceso a un informe de la Contraloría de la República este año emitió diversos informes de control alertando sobre situaciones adversas referentes al desarrollo de la obra. Algunos de los problemas señalados por esta entidad son prestaciones adicionales realizadas por el contratista sin la previa aprobación de la Municipalidad de Miraflores.

En agosto, la empresa contratista ejecutó la construcción de falsas zapatas de 35.72 m³ de concreto, con un presupuesto adicional ascendente a S/29.560,50, estructuras que colocaron antes de soldar y construir los macizos en el sector de Barranco sin aprobación del municipio, informó la Contraloría de la República. “Se advierte que las falsas zapatas se han ejecutado con anterioridad a la emisión de la Resolución Gerencial n.° 07-2024-GIPSA/MM de 6 de setiembre de 2024″, indica.

La Contraloría de la República también advirtió que la obra se estaba desarrollando sin la aplicación del porcentaje de gastos generales ofertados, lo que generaría el riesgo de reconocimiento al contratista de importes que no le corresponden.

Asimismo, la entidad alertó que en los últimos meses no se estaban registrando hechos relevantes en el cuaderno de obra digital, por lo que la transparencia del avance y monitoreo de la ejecución de la obra podría verse afectada. Karla Gaviño, especialista en gestión pública, declaró que conforme al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones del Perú (Invierte.pe), cualquier modificación que se realice durante la ejecución de la obra debe ser previamente registrada antes de ser aplicada.

“Aquí todo indica que se han estado salteando los procedimientos del Invierte.pe para las modificaciones durante la ejecución de la obra”, dijo. En esa línea, indicó que existe una responsabilidad de la entidad pública que debe asegurarse de contar con un supervisor adecuado para revisar cómo está avanzando la obra y que se haga conforme al expediente técnico, por el contrario debe dar aviso.

Es importante resaltar que en marzo de este año, el Ministerio de la Producción sancionó a el Consorcio Puentes Perú, integrado por INCOT S.A.C., CONVIALES PERÚ S.A.C., y EIVI S.A.C., por haber rechazado de manera injustificada dos facturas negociables emitidas por HM Transport & Logistic S.A.C., alegando irregularidades sin sustento. Como resultado, se pidió al consorcio -integrado por Incot S.A.C.- pagar una multa de 10.13 UIT y se ordenó su registro en el Registro Nacional de Infractores. El Comercio intentó contactarse con la empresa para obtener sus descargos frente a los señalamientos del municipio, pero no obtuvo respuesta.

Sanción emitida por PRODUCE.

El abogado especialista en contratos y solución de conflictos Roberto Shimabukuro señaló a El Comercio que el municipio debió evaluar si resolver el contrato era la mejor decisión, considerando que la obra quedaría paralizada. “La municipalidad deberá contratar a otra empresa para completar el proyecto”, informó.

Advirtió que la empresa constructora podría iniciar un arbitraje alegando que la resolución fue improcedente. En ese proceso se determinará si los retrasos fueron responsabilidad exclusiva del contratista o también atribuibles al municipio, lo que podría derivar en una indemnización por daños y perjuicios.

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