Lunes, Noviembre 25

Hace poco más de tres años entró en vigencia el régimen de control de concentraciones empresariales a cargo de Indecopi. ¿Cómo ha venido funcionando este régimen? ¿Se ha convertido en una traba para los negocios?

En junio del 2021 entró en vigencia, hasta esa fecha solo estaban sometidas a revisión operaciones de concentración que se produjeran en el sector eléctrico. A partir de ahí, las operaciones que superen determinados umbrales (de ingresos o valor de activos) deben pasar obligatoriamente una revisión previa por Indecopi.

Desde que se estableció el régimen, 44 operaciones han pasado revisión. La gran mayoría (39) no representaba riesgo para la competencia. Estas fueron aprobadas luego de un proceso de dos meses –algunos en 14 días–, previo pago de una tasa de US$25.000 y la entrega de una larga lista de información. Solo en cinco operaciones se identificó un riesgo a la competencia imponiéndose condiciones (en cuatro) o prohibiéndose la operación (solo un caso). Estos procesos tomaron cerca de un año. En términos de duración, comparativamente estamos bastante bien.

La gran mayoría de operaciones han sido aprobadas sin condiciones (89%) y un porcentaje bastante menor (11%) han sufrido restricciones. Este panorama no es nada diferente al que se registra en otros lados (Chile o Europa). El mecanismo fuerza la revisión de un gran número de operaciones que no representan riesgo alguno. Ese es el precio que hay que pagar para detectar las que representan riesgo, se sostiene.

Difícil saber si las operaciones que han sufrido una restricción merecían ese tratamiento. Lo cierto es que Indecopi ha basado sus decisiones exclusivamente en el análisis del impacto en la competencia de la operación. Se han mantenido fuera de discusión aspectos ajenos a la competencia (impacto en seguridad nacional, por ejemplo). Eso también es destacable.

Lamentablemente, esta buena performance contrasta con las actividades asociadas con la detección de carteles (acuerdo de precios o reparto de licitaciones entre competidores). Desde la puesta en vigencia del régimen de control de concentraciones, estas actividades han disminuido.

Entre el 2021 y el 2023, se han realizado en promedio 33 inspecciones por año a empresas sospechosas; durante el 2023, solo 29. En los años previos a la implementación del régimen, se realizaban 72 en promedio (2014-2019). Sin inspecciones, se hace difícil detectar y sancionar estas conductas.

Los pocos recursos disponibles son asignados prioritariamente a la revisión de operaciones de concentración descuidándose la detección y sanción de carteles. La atención está puesta en supervisar operaciones que en su mayoría (89%) no representan riesgo para la competencia y no en la detección de conductas que sin duda afectan el bienestar de los consumidores. ¿Quién gana y quién pierde? Los consumidores van perdiendo.

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