
El Pleno del Congreso de la República aprobó el último miércoles un dictamen que autoriza a la Policía Nacional del Perú (PNP) utilizar armas de fuego en casos de flagrancia. La propuesta fue respaldada por 81 parlamentarios, mientras que 19 votaron en contra y tres en abstención.
La medida, que recae en los proyectos de ley 5239, 6531 y otros, establece que en casos de flagrancia cuando se utilice armas de fuego, armas letales inoperativas, armas falsas u otros elementos de evidente peligrosidad que ponga o haga presumir al efectivo policial que su vida o la de otra persona se encuentra en grave riesgo, este último podrá abatir al agresor en el lugar de los hechos, considerándose como una acción en defensa propia.
Asimismo, la propuesta señala que el Ministerio del Interior (Mininter) deberá adecuar el Reglamento del Decreto Legislativo 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, a las modificaciones dispuestas en la presente ley en un plazo no mayor de 60 días calendario.
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“La propuesta normativa tiene por finalidad dotar a la Policía de estabilidad jurídica y de recursos legales necesarios frente a situaciones límite o de extrema violencia para el cumplimiento del mandato constitucional”, expresó la congresista Adriana Tudela de Avanza País.
Por su parte, los parlamentarios Jorge Montoya Manrique (HD), Susel Paredes Pique (BD) y José Wlliams Zapata (Avanza País) coincidieron que las herramientas que se les van a dotar a la PNP permitirán que puedan actuar de una manera más decidida, facilitando la lucha contra el crimen organizado.
En 2024, el Ministerio Público y Poder Judicial se mostraron en contra de esta medida que recientemente fue aprobada por insistencia.