El Congreso de la República aprobó por insistencia la ley que crea el tratamiento especial tributario aduanero para las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP).
El texto establece que los contribuyentes que sean operadores o usuarios gozarán de una tasa del Impuesto a la Renta (IR) del 0% sobre la renta neta, por un periodo de cinco años, contados a partir del inicio de operaciones.
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Luego, se elevará progresivamente hasta que entre los años 20 y 30 de operaciones la tasa será de 15%.
Además, las transferencias de bienes y la presentación de servicios entre los usuarios de las ZEEP, que se realicen dentro de estas zonas para las actividades permitidas, constituyen operación no gravada para efectos del impuesto general a las ventas e impuesto selectivo al consumo.
Asimismo, el texto establece que las actividades permitidas en las ZEEP son el desarrollo de actividades industriales, de ensamblaje y servicios debidamente acreditados, y que generen valor agregado, es decir, transformación de la materia prima, conforme a lo que determine el reglamento de la presente ley.
También, se pueden dar actividades complementarias, como cafeterías, restaurantes o servicios análogos. Estas actividades deberán contar con autorización del operador privado, siempre y cuando sean nuevas inversiones y no estén asociadas a personas jurídicas que tengan algún régimen tributario.
Cabe precisar que el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Víctor Flores Ruiz, señaló que una de las objeciones del Ejecutivo era una posible falta de respeto a los derechos laborales dentro de estas zonas.
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Al respecto, Flores Ruiz, indicó que, dado que las empresas usuarias en estas zonas se dedicarán a la exportación, se esperan remuneraciones promedio más altas que fuera de ellas.
Además, precisó que las ZEEP se aplicarán a los regímenes laborales permitidos por la legislación peruana, lo cual quedará plasmado en el reglamento de la ley que se emitirá en 90 días después de su entrada en vigor.














