Los candidatos parlamentarios con antecedentes por peculado provienen de 12 partidos políticos distintos. Perú Primero encabeza la lista con tres casos, seguido por Ahora Nación, Progresemos y el Apra: dos casos, respectivamente.
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“La Ley 30717 señala que los condenados por peculado no pueden postular nunca en su vida”, explicó José Tello, exministro de Justicia y especialista en temas electorales. Tanto Tello como la especialista Silvia Guevara coincidieron en que los jurados electorales especiales debieron declarar improcedentes las candidaturas de los que consignaron antecedentes por peculado.
Guevara incluso explicó que el criterio debería aplicarse para los candidatos que consignaron tener a su favor algún tipo de fallo. “Los amparos han sido planteados en un escenario específico en un escenario electoral, su acatamiento no es extensivo”, dijo.
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Ambos indicaron que si los candidatos con antecedentes declarados por corrupción pasaron la etapa de calificación, todavía pueden ser objetados con una tacha como Vizcarra, cuyo caso debe resolverse en el pleno del JNE.
“Lo cuestionable es la poca o nula motivación en las resoluciones para abordar la decisión de admisibilidad, más aún cuando existen sentencias declaradas por los mismos candidatos”, apuntó Guevara.
Al cierre de esta edición, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 declaró improcedente la candidatura de Mario Vizcarra al Senado por el partido político Perú Primero, en el marco de las elecciones generales del 2026.













