
El vocero presidencial Fredy Hernán Hinojosa, busca que el Poder Judicial anule la orden de impedimento de salida del país, por seis meses, que se dictó en su contra, en el marco del Caso “Qali-Warma”.
La Sexta Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima admitió el recurso de casación y dispuso que el expediente sea elevado a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema.
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Hinojosa Angulo es investigado por los presuntos delitos de organización criminal, colusión agravada, y cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
El impedimento de salida del país fue dictado en su contra por el 30 Juzgado de Investigación Preparatorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios a cargo de la jueza Fenirupd Chagua, y confirmado en segunda instancia por la Sexta Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Según una resolución a la que accedió El Comercio, pide que la Corte Suprema se pronuncie sobre la existencia de una “sospecha” respecto a los presuntos hechos ilícitos que se le imputan, para sostener una medida limitativa como la que se le impuso en enero de este año.
De acuerdo con la imputación del Ministerio Público, el vocero de la presidenta Dina Boluarte, sería el “hombre clave” de la presunta red criminal que se investiga.
A Hinojosa Angulo se le atribuye que, en su condición de Director Ejecutivo del Programa Qali- Warma – desde el 27 de marzo de 2019 a noviembre de 20222- se habría coludido con el desaparecido empresario Nilo Lino Francisco Burga Farro, representante de la empresa FrigoInca, con la finalidad de favorecer a esta empresa.
En ese contexto, la fiscalía señala que el actual funcionario presidencial habría emitido diversas resoluciones directorales en donde consignaría como uno de los criterios o requisitos de evaluación que el producto sea declarado “macrorregional” a fin de entregar mayor puntaje a dichos productos que habría sido vendidos por la referida empresa y de esta manera recibir un beneficio.
Dicho beneficio habría consistido en que, con el requisito antes mencionado, se habría obligado a los proveedores del Programa Qali-Warma a comprar los productos a FrigoInca, empresa que también posteriormente, habría intervenido de forma consorciada con los proveedores, en las licitaciones públicas.
Según la fiscalía, como resultado de esta colusión se habría favorecido a la referida empresa, la misma que hasta principios del 2024, suscribió 108 contratos con los proveedores de Qali-Warma, en el periodo 2020 a 2024, por un monto un total de S/.238´938.536.98 millones.

¿Cuál es el argumento de recurso de casación de Hinojosa?
Según el documento al que accedió El Comercio, Fredy Hinojosa y su defensa legal han cuestionado que el juzgado y la sala de apelaciones hayan considerado la existencia de una “sospecha” o motivos que concluyan que habría cometido los delitos que se le imputan.
Como se recuerda, en sus argumentos, el tribunal que confirmó el impedimento de salida del país señaló que coincidía con los fundamentos del juzgado respecto “a la existencia de elementos de convicción” que respaldan el requerimiento del Ministerio Público.
“Se advierte de ellos la existencia de hechos ilícitos que ameritan investigación penal, una imputación concreta respecto a los hechos investigados y su tipificación así como la vinculación del investigado Fredy Hernán Hinojosa Angulo como presunto autor o partícipe de los mismos, siendo suficiente para dictar medida de impedimento de salida del país, una sospecha reveladora1 la misma que existe con lo acopiado hasta el momento por el Ministerio Público.”
Ante ello, el vocero presidencial interpuso el recurso de casación a fin de que la Corte Suprema determine “[…] el concepto de nivel de ‘sospecha razonable’ o ‘sospecha reveladora’ para imponer la medida de impedimento de salida del país en la etapa de diligencias preliminares”.

Así también, ha invocado la excepcionalidad de la procedencia del recurso de casación “bajo la premisa del desarrollo jurisprudencial”. Es decir, que la Corte Suprema realice una interpretación sobre ‘sospecha razonable’ o ‘sospecha reveladora’ y establezca una jurisprudencia al respecto.
“Admitir el Recurso de Casación interpuesto por la defensa técnica de FREDY HERNÁN HINOJOSA ANGULO, contra el Auto de Vista contenida en la resolución N.° 5 de fecha 31 de enero de 2025 que d eclara infundado el recurso de apelación y confirma la resolución N.° 9 de fecha 9 de enero de 2025 en el extremo que declara el impedimento de salida por el plazo de seis meses.”
Una vez elevado el expediente, la Corte Suprema también volverá a calificar el recurso presentado por el vocero presidencial.
