La Policía Nacional del Perú (PNP) capturó a Vilma Zeña Santamaría, condenada por trata de personas agravada en el emblemático caso de explotación laboral vinculado al incendio de la Galería Nicolini, ocurrido el 22 de junio del 2017 en el Cercado de Lima, y que estaba prófuga de la justicia desde 2018.
Como se recuerda, el incendio se produjo en el complejo comercial Las Malvinas y sofocarlo demandó cinco días. En el siniestro murieron dos jóvenes trabajadores: Jovi Herrera Alania, de 20 años, y Jorge Luis Huamán Villalobos, de 19.
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En el año 2018, Zeña Santamaría fue hallada responsable penalmente, junto a Jonny Coico Sirlopu, de la esclavitud laboral y la muerte de dos jóvenes, así como de la afectación a otros tres sobrevivientes durante el incendio.
Según el fallo del Poder Judicial, los sentenciados, valiéndose de la necesidad de los jóvenes, los explotaban laboral y económicamente, los encerraban en los lugares donde trabajaban con candados y les pagaban menos de lo acordado.
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El contenedor era de propiedad de Zeña Santamaria, quien fue hallada culpable por este caso y por quien el Ministerio del Interior (Mininter) ofrecía S/ 50.000, a través del Programa de Recompensas, por información que facilitara su captura.
Su inclusión en la lista de los criminales más buscados fue propuesta por la Dirección Nacional de Investigación Criminal (Dirnic) de la Policía Nacional del Perú (PNP), tras efectuar la evaluación correspondiente.
¿Qué pena cumplirá Vilma Zeña?
En segunda instancia, la justicia peruana ratificó la condena de prisión efectiva contra Zeña Santamaría y su esposo por el delito de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y esclavitud.
En diciembre de 2025 se confirmó la condena de 32 años de cárcel contra Vilma Zeña, siendo trascendental para la jurisprudencia nacional.
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Según el fallo judicial, las víctimas eran encerradas con candado en un contenedor metálico desde las 9:00 a.m. hasta las 7:00 p.m., en un ambiente con poca ventilación e iluminación, desprovistos de alimentos y sin acceso a servicios higiénicos.
En ese lapso debían ensamblar luminarias de forma manual por un pago de apenas S/25 al día, sustituyendo la marca original por otra reconocida, con lo cual los tratantes obtenían ganancias económicas indebidas.
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Coico y Zeña deberán pagar S/ 479.000 y S/ 459.000, respectivamente, a los herederos legales de Jovi Herrera y Jorge Luis Huamán, así como una reparación de S/ 20.000 a favor de los tres sobrevivientes del incendio.
Del mismo modo, la sentencia impone una inhabilitación contra ambos que les impide celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado por el mismo periodo que duren sus penas.
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Cabe indicar que se trata de la primera sentencia confirmada por el delito de esclavitud laboral en la historia del Perú




