Lunes, Octubre 28

¿Qué pasa hoy si se toma un crédito hipotecario? Es requisito que el seguro de desgravamen se contrate con la entidad que otorga el préstamo. Sin embargo, si el usuario cuenta con un seguro de vida que cubra invalidez o muerte por el mismo monto del seguro desgravamen, puede endosar dicho seguro al crédito. Esta modalidad no varía en el proyecto que ha publicado la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que tiene como objetivo lograr que el seguro de desgravamen no sea condición para el otorgamiento de un crédito.

Así, de aprobarse la norma, dentro del portafolio de cada uno de los productos crediticios de las entidades financieras (excepto el hipotecario), deberá existir al menos una opción libre del seguro de desgravamen. Por ejemplo, se deberá ofrecer una tarjeta de crédito sin seguro de desgravamen y un crédito de consumo en cuotas sin dicho seguro.

Con esta nueva alternativa, dicen los especialistas, pueden suceder dos cosas. La primera es que las tasas de interés de los productos sin seguro de desgravamen sean más altas para equiparar de alguna manera el riesgo de no contar con un respaldo. La segunda, que las personas mayores de 65 años que ya no sean objetos de crédito. En ambos escenarios, la decisión queda en manos de cada entidad financiera.

¿Es bueno o malo este cambio para los usuarios y las entidades financieras? Para responder esa pregunta, vale la pena recordar que semanas antes de la publicación del proyecto de la SBS, el Congreso había tenido la intención de legislar en esta materia. Incluso, el flamante superintendente, Sergio Espinosa, fue citado al Congreso y fue quien zanjó la discusión en el Legislativo. Es preferible, sobre todo en materias técnicas y especializadas, que sea el regulador quien tome decisiones y definiciones, pues el Congreso cuenta con vasto precedente de propuestas y leyes que entorpecen en vez de beneficiar a la ciudadanía.

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