El Colegio de Abogados de Lima (CAL) presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 32107, aprobada por el Congreso de la República, que precisa la aplicación y los alcances de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra ocurridos antes de julio de 2002.
A través de un comunicado, la junta directiva del CAL afirmó que la norma “vulnera derechos constitucionales”, como el derecho a la verdad, vinculado intrínsicamente al principio de dignidad humana (artículo 1 de la Constitución).
MIRA AQUÍ: Gobierno estará “al margen” de anunciadas acciones contra ley sobre lesa humanidad, afirma ministro de Justicia
Asimismo, se señala que esta ley afecta el derecho a la tutela constitucional efectiva (artículo 139, inciso 3 de la Constitución) y el deber del Estado de garantizar la plena vigencia de los derechos humanos (artículo 44 de la Carta Magna).
Del mismo modo, sostiene que la Ley 32107 infringe los principios establecidos en el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Núremberg, que definió las principales categorías de delitos internacionales: crímenes contra la paz, de guerra y de lesa humanidad.
MIRA AQUÍ: Conferencia Episcopal Peruana solicita nulidad de ley que regula delitos de lesa humanidad
“Estos delitos, que representan un ataque contra la dignidad humana y los derechos fundamentales, deben ser castigados con firmeza, independientemente del tiempo transcurrido”, subrayó.
La demanda subraya la importancia de la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y de guerra, un principio fundamental del derecho internacional que asegura que no puedan quedar exentos de juicio o sanción debido al paso del tiempo.
MIRA AQUÍ: Fiscales del Subsistema Especializado en DD.HH e Interculturalidad rechazan ley sobre delitos de lesa humanidad
“La imprescriptibilidad es crucial para garantizar que las víctimas puedan acceder a la justicia y que los responsables sean juzgados, reafirmando así el compromiso con los derechos humanos y el derecho internacional”, acotó.
Finalmente, la junta directiva del CAL recordó que la demanda argumenta que el artículo único de la Resolución Legislativa N° 27998, que aprueba la adhesión del Perú a la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Delitos de Lesa Humanidad, fue declarado inconstitucional por conexidad con el Expediente N° 0024-2010-PI/TC.
MIRA AQUÍ: Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU lamenta prescripción de delitos de lesa humanidad en Perú
“Esto refuerza la idea de que la imprescriptibilidad de estos delitos es una norma de ius cogens, aplicable en todo momento y reconocida en el derecho fundamental a la verdad, conforme al ordenamiento constitucional peruano”, manifestó.
Como se recuerda, dicha norma que fue promovida por los congresistas Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) y José Cueto (Honor y Democracia), respectivamente, fue aprobada en segunda votación el pasado 4 de julio por la Comisión Permanente.
MIRA AQUÍ: Minjusdh recibió dos informes contradictorios sobre dictamen de lesa humanidad aprobado por el Congreso
La Ley N° 32107 indica que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano recién el 1 de julio del 2002; mientras que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad el 9 de noviembre de 2003.
“Nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 01 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, se indica.
MIRA AQUÍ: Corte IDH requiere al Perú que se deje sin efecto o no se otorgue vigencia al proyecto sobre lesa humanidad
Durante la votación se registraron 60 a favor, 36 en contra y 11 abstenciones, siendo respaldado principalmente por bancadas como Fuerza Popular, Avanza País, Alianza para el Progreso, Renovación Popular y Podemos Perú.
¿Por qué es polémica esta ley?
Los opositores a esta ley afirman que los principales beneficiados son el expresidente Alberto Fujimori y ex altos mandos militares que estuvieron en su mandato, quienes son acusados de cometer crímenes de lesa humanidad.
En tanto, los defensores indican que lo que se busca no es una amnistía, es evitar desigualdad en el proceso judicial de funcionarios durante el período de lucha entre el Estado y el grupo Sendero Luminoso, asociado al Partido Comunista de Perú, que dejó más de 60 mil deudos.
MIRA AQUÍ: CAL exhorta al Ejecutivo observar autógrafa aprobada por el Congreso sobre delitos de lesa humanidad
Actualmente, esta normativa es objeto de duras críticas y cuestionamientos por parte de organismos internacionales y especialistas en derecho internacional.