Sábado, Enero 4

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A través de la  Resolución Directoral N.º D-000053-2024-ATU/DO, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) aprobó la Tarjeta Única de Circulación Electrónica y de la credencial electrónica, documentos que acreditarán la habilitación vehicular y del conductor, respectivamente, para la prestación del servicio.

Además, afirmó el uso del Manual de Operaciones para la prestación del servicio de transporte regular de personas, el cual establece los lineamientos técnicos a los que deberán regirse los operadores a fin de garantizar la cobertura adecuada, continuidad y calidad del servicio en beneficio de los usuarios.

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Esta medida se da debido a que próximamente entra en vigencia el reglamento del régimen excepcional de otorgamiento o renovación de autorizaciones para el servicio de transporte público regular en Lima y Callao, con el objetivo de que los servicios se realicen bajo estándares de calidad supervisados por la entidad.

¿Qué contiene este manual?

Este manual define el contenido del plan de operaciones, que constituye uno de los requisitos para la solicitud o renovación de autorización, cuando entre en vigencia del mencionado reglamento, con la próxima publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la ATU.

Ambos documentos tendrán un código QR con información del vehículo o conductor y un código encriptado para evitar adulteraciones.

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