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INFORME FINAL SOBRE LA DENUNCIA CONSTITUCIONAL 290
Denuncia formulada por el congresista de la República, Jorge Carlos Montoya Manrique, contra el señor Aníbal Torres Vásquez, en su condición de presidente del Consejo de Ministros, por la presunta comisión de los delitos de motín; conspiración para una rebelión, sedición o motín; y omisión de resistencia a rebelión, sedición o motín, contemplados y sancionados en los artículos 348, 349, 352 del Código Penal, respectivamente, y delito de terrorismo, tipificado en el artículo 2 del Decreto Ley 25475. Asimismo, por la supuesta infracción a los artículos 38, 39, 45, 123, 125, 139 (inciso 2) y 159 (inciso 4) de la Constitución Política del Perú.
CONCLUSIONES
Primera.- ACUSAR, vía juicio político, al denunciado Aníbal Torres Vásquez, expresidente del Consejo de Ministros, por infracción a los artículos 38, 45 y 125 de la Constitución Política del Perú.
Segunda.- IMPONER, de acuerdo a lo establecido en el artículo 100 de la Constitución Política del Perú, LA SANCIÓN DE INHABILITACIÓN POR DIEZ AÑOS para el ejercicio de la función pública, al expresidente del Consejo de Ministros, señor Aníbal Torres Vásquez. Informe presentado el 31 de enero de 2024