Martes, Octubre 22

“La que será computada a partir del 23 de abril del año 2023; la misma que finalizará el 22 de octubre del 2043″, anunció la juez Inés Rojas Contreras, en una audiencia.

El expresidente peruano (2001-2006), por unanimidad, fue hallado culpable por el Segundo Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional de haber cometido los delitos de colusión y lavado de activos.

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El tribunal llegó a la conclusión de que todos los elementos aportados por la fiscalía probaron que, en su condición de presidente del Perú, solicitó $35 millones en coimas, de los que recibió $30 millones, de parte de la empresa brasileña Odebrecht y de tres empresas peruanas, a cambio de entregarles la licitación y mantenimiento del Proyecto Corredor Vial Interoceánica Sur, Tramos 2 y 3.

La ejecución de la condena impuesta en su contra será inmediata, sin suspensión, señaló la magistrada. Esto, debido al comportamiento que tuvo desde que decidió irse del Perú en el 2017, cuando empezaban las investigaciones en su contra; y por todos los gastos que incurrió el Estado Peruano para lograr su extradición desde Estados Unidos, donde también recurrió a un sinfín de artilugios legales para evitar regresar al país.

La sentencia dictada contra Toledo Manrique no solo es histórica, por ser el segundo expresidente del Perú actual en ser condenado por delitos de corrupción -antes lo fue el fallecido Alberto Fujimori-; sino que también implica un antes y un después en los procesos que se siguen contra otros expresidentes y políticos que afrontan respectivos proceso judiciales, a consecuencia de la trama de corrupción transnacional que implicó el Caso Lava Jato a nivel internacional.

La sentencia condenatoria se conoció como parte del adelanto del fallo que realizaron los jueces Inés Rojas Contreras, Zaida Pérez Escalante y Richarth Quispe Vilcapoma, en una audiencia celebrada en la sede judicial ubicada al interior de la Dirección de Operaciones de la Policía Nacional (Dinoes), en Ate Vitarte. La resolución completa se leerá el 31 de octubre próximo.

Como parte del fallo por adelantado, los magistrados también dieron a conocer que los exfuncionarios Sergio Bravo Orellana y Alberto Pasco-Font, exintegrantes del comité de ProInversión, incurrieron en el delito de colusión y les impuso 9 años de cárcel a cada uno y tres años de inhabilitación para asumir cargos públicos. En el caso del procesado Fernando Castillo Dibós, exdirectivo de la constructora ICCGSA; y quien se encuentra sometido a un proceso de colaboración eficaz, también fue condenado a 14 años y seis meses por los delitos de colusión y lavado de activos.

Para los tres últimos, debido a su comportamiento mostrado en el proceso judicial, el colegiado determinó que su sentencia será suspendida hasta que la misma sea confirmada en segunda instancia.

Todos los condenados deberán pagar la reparación civil de S/ 1.375 millones y US$ 463 millones, de manera solidaria, como lo solicitó la Procuraduría Ad Hoc Para el Caso Lava Jato.

Junto a estos también deberá asumir parte de la reparación la empresa ICCGSA, una de las empresas peruanas consorciadas Odebrecht en el proyecto de la Interoceánica, junto a Graña y Montero y JJ Camet. Las tres últimas no son parte de la sentencia debido a que se acogieron a un proceso de colaboración eficaz.

Finalmente, en el caso del ciudadano israelí, Avraham Dan On, acusado por la fiscalía de presunta colusión, el tribunal decidió absolverlo al concluir que los hechos atribuidos en su contra no calzan con las conductas típicas del referido ilícito.

“Un rosario de irregularidades”

Durante la lectura del fallo, el tribunal adelantó algunas conclusiones sobre el comportamiento ilícito de Alejandro Toledo, los exfuncionarios del Comité de ProInversión y de los empresarios implicados en el caso.

Contrario a lo que señalaba el abogado Roberto Su, defensa del exmandatario, el colegiado estableció que este sí había incurrido en actos de colusión al haberse interesado en sacar adelante el proyecto Carretera Interoceánica, no solo por la necesidad de la obra; sino porque había llegado a un acuerdo con la empresa Odebrecht y sus principales directivos Marcelo Odebrecht y Jorge Barata, entre los años 2004 y 2006.

Por ello, explicaron que las reuniones que sostuvieron con los empresarios brasileños, en Palacio de Gobierno y en Río de Janeiro (Brasil), en el año 2004, sí se acordó y se confirmó el pago de la coima y el modo en que iba a ser depositado a través de las cuentas del empresario peruano-israelí, Josef Maiman, amigo de Toledo.

Por ello, el colegiado indicó que “todas estas irregularidades” halladas en el proceso de licitación, evidenciaban la clara concertación del más alto funcionario del país con intereses privados, para defraudar al Estado.

“En este caso, al haberse demostrado una serie o un rosario de irregularidades, una injerencia inusitada, una aceleración del proceso y la intervención directa e indirecta del señor Toledo en el proceso, ha realizado la conducta típica de la infracción del deber, defraudando al Estado.”

Segundo Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional

Lo mismo se indicó para los exfuncionarios Bravo Orellana y Pasco-Font, quienes incumplieron su función y se coludieron con el exmandatario.

Sobre el delito de lavado de activos, el colegiado señaló que este se configuró en dos tipos: El primero, cuando Toledo Manrique realizó actos de transferencia y conversión, del dinero ilícito que recibió producto de los actos de colusión con Odebrecht, a través de las cuentas de Maiman.

Y segundo, las conversiones que realizaron las empresas a través de los denominados “riesgos adicionales” para devolver el dinero que pagó Odebrecht a Toledo, tratando de darle apariencia de legalidad al dinero que obtuvieron de manera corrupta.

“En el presente proceso ha quedado demostrado que la conducta imputada por lavado de activos al señor Alejandro Toledo Manrique y a las empresas consorciadas y a sus representantes, contiene todos los elementos configurativos del delito imputado y también constituyen conductas antijurídicas y culpables”, se concluyó en el fallo.

Segundo Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional

Por ello, los jueces explicaron que en el presente caso, las empresas permitieron que se genere dinero de manera ilícita y que se otorgue un dinero ilícito a Toledo.

El dinero, remarcaron, fue enviado a través de las cuentas del empresario Maiman Rapapor. En este punto, el tribunal recordó las declaraciones -en colaboración eficaz- del fallecido amigo del expresidente quien narró que trasladó el dinero que recibió de Odebrecht a las empresas offshore como Ecoteva Consulting Group, Ecostate Consulting S. A. y Milan Ecotech Consulting S., creadas en Costa Rica, y cuyo beneficiario final era Toledo Manrique.

La jueza ponente de la sentencia trajo a colación el bochornoso comportamiento de Toledo para exigir a Barata que le pague “su dinero” de la coima, como lo declaró el empresario en su colaboración eficaz. “¡Oiga, Barata, puta, me paga caramba! Eso me decía”, reseñó la magistrada sobre la versión del brasileño.

Los graves actos probados en 173 audiencias que tuvo el juicio, los 119 testigos nacionales y extranjeros -entre ellos los colaboradores eficaces Jorge Barata y Josef Maiman- y los más de mil documentos acumulados en 348 tomos, se contrastaban con el ánimo risueño que a veces mostraba Toledo Manrique al escuchar la sentencia.

Y es que, durante las más de cuatro horas que duró la lectura del adelanto de fallo, Toledo se mostraba por momentos tranquilo, incluso sonreía cuando escuchaba la declaración del tribunal sobre sus responsabilidad penal, en otros momentos juntaba las manos y se tocaba el rostro en señal de preocupación, y en otras, miraba fijamente al fiscal del caso, José Domingo Pérez, quien estaba sentado a su izquierda a escasos tres metros.

Todo era seguido por cámaras de video y fotográficas de las decenas de periodistas, nacionales y corresponsales internacionales, que llegaron hasta la sede judicial para captar el mejor ángulo del primer expresidente del país caído en desgracia por el Caso Odebrecht.

Además de su abogado, el exmandatario estuvo acompañado de su hermano Pedro Toledo, quien pudo estar presente en la sala principal. Y afuera, en las inmediaciones de la Dinoes, un reducido grupo de simpatizantes de lo que fue el Partido Perú Posible, mostraba su apoyo con el exlíder de la chacana.

Con lo más importante anunciado, el tribunal se dispuso a concluir la sesión. Sin embargo, el fiscal Pérez Gómez pidió el uso de la palabra para asegurar ante la Sala que Toledo lo había insultado. “El condenado Alejandro Toledo dirigió un agravio contra mi persona (…)”, señaló y pidió que se revisen las cámaras.

Roberto Su, abogado del exmandatario, también pidió que se revisen las cámaras para rechazar ello. “¡Vamos a ver las cámaras!”, requirió.

El tema no pasó por otra escena más de excesos y momentos de excentricidades protagonizados por el expresidente del Perú, hoy sentenciado. Una sentencia donde el Poder Judicial terminó por confirmar que el expresidente Alejandro Toledo Manrique, no era ‘sano ni sagrado’, sino que fue un funcionario corrupto que defraudó al Estado y utilizó su cargo para hacerse de dinero mal habido.

De esta manera se llegó a la última etapa de un caso, que inició hace casi ocho años con las primeras confesiones del exdirector de Odebrecht en el Perú, Jorge Barata, y un convenio firmado ante el fiscal Hamilton Castro y terminó con la sentencia solicitada por el fiscal del Equipo Especial Lava Jato, José Domingo Pérez.

“Es histórica, no solo porque se está condenado, no a cualquier funcionario; sino a un expresidente de la República y a funcionarios de una entidad importante como ha sido Proinversión, con lo cual se manda un mensaje que la impunidad no debe vencernos y por el contrario, la independencia que debe mantenerse en el Ministerio Público y el Poder Judicial es síntoma y señal de una democracia en nuestro país.”

José Domingo Pérez, Fiscal del Equipo Especial Lava Jato

Por su parte, la procuradora Silvana Carrión, señaló que se trata de una decisión muy importante para la historia judicial del país y el sistema anticorrupción.

“Porque esto representa la condena a un funcionario público, del más alto perfil, como el expresidente de la República y como lo ha dicho el colegiado en el adelanto de fallo; es la figura de más alta consideración que representa a la Nación, a un país; y en esa medida, ha sido una sanción ejemplar de 20 años y se meses de pena privativa de libertad.”

Silvana Carrión, Procuradora Ad Hoc para el Caso Lava Jato

Roberto Su, abogado de Toledo, anunció que apelaría la sentencia impuesta y pedirá un “arresto domiciliario” por las condiciones de salud del exmanadatario. Por ello, dijo esperar que en dos o tres meses pueda resolverse el caso por parte de la segunda instancia.

“Esta es una sentencia de primera instancia, es una sentencia que ha recogido la imputación fiscal, ustedes han escuchado, con los errores incluso de tiempos; pero finalmente es la decisión de este colegiado.”

Roberto Su, abogado de Alejandro Toledo

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