El 12 de enero, la fiscalía presentó ante formalmente ante el Poder Judicial la acusación por el caso del golpe de Estado de Pedro Castillo. En el documento, se pidió una condena de 34 años de prisión para el expresidente, 25 años para sus exministros Betssy Chávez, Willy Huerta y Roberto Sánchez, y 15 años para Aníbal Torres.
Con ello, se esperaba que el Poder Judicial dé inicio en las semanas siguientes al control de acusación, la fase previa eventual juicio por el caso. Sin embargo, tres meses después, aún no se convoca a audiencia. La acusación, en otros términos, se ha estancado.
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En ese escenario, el juicio a Pedro Castillo y compañía por el golpe de Estado, donde se debe definir la verdad y las responsabilidad sobre los hechos del 7 de diciembre, todavía está lejos. En paralelo, su orden de prisión preventiva por este caso vencerá a mediados de junio próximo, aunque la fiscalía podría solicitar antes una prórroga de la medida.
La acusación fiscal fue firmada el 15 de diciembre del 2023 por Uriel Terán, entonces titular de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios. Fue un equipo de ese despacho el que llevó adelante la indagación del caso durante el año previo, bajo la supervisión de Terán.
El recorrido
Sin embargo, Terán fue removido al día siguiente como parte de los cambios en el Ministerio Público posteriores a la salida de Patricia Benavides. De hecho, firmar la acusación fue uno de sus últimos actos al frente de esa fiscalía. En su lugar, el actual fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, nombró a Alcides Chinchay, quien venía desempeñándose como adjunto en ese despacho.
Ya durante la gestión de Chinchay, el Ministerio Público remitió el 12 de enero el requerimiento acusatorio y toda la carpeta fiscal del caso al Juzgado Supremo de Investigación de Preparatoria de la Corte Suprema, a cargo del juez Juan Carlos Checkley. Ello consta en una resolución de dicho juzgado, a la que tuvo acceso El Comercio.
Recién tres días después, la fiscalía informó públicamente sobre la acusación presentada contra Pedro Castillo y las penas requeridas contra él y resto de procesados. En los días siguientes, El Comercio dio cuenta de detalles del requerimiento, como la identificación del expresidente, Aníbal Torres y Betssy Chávez como los autores del discurso golpista.
Cuando la fiscalía presenta una acusación a un juez, lo que corresponde es que este la notifique a los procesados y a la procuraduría. Además, se les da un plazo de diez días para que presenten su observaciones al requerimiento. Estas incluyen observaciones de forma, recursos para archivar el caso y las pruebas de la defensa para un eventual juicio.
“Las partes absuelven en el término de 10 días. A partir del vencimiento, el juzgado tiene entre 5 y 20 días para convocar a audiencia de control de acusación”, indicó a El Comercio la penalista Sophia Icaza, del Estudio Linares. La abogada añadió que la audiencia de control de acusación es “inaplazable”.
Enl control de acusación, que puede extenderse por varias audiencias y no tiene un plazo definido duración, se determina si se cumplen todos los requisitos y condiciones para que el caso avance a juicio.
En el caso del golpe de Estado, el juez Juan Carlos Checkley emitió su resolución para notificar la acusación y dar el plazo de diez días el pasado 5 de febrero. Con ello, el plazo de las defensas vencía el 15 de febrero.
En los días siguientes, Pedro Castillo solicitó al juzgado que el plazo no sea de diez días, sino de 30 días hábiles. Argumentó que el tiempo no era suficiente para revisar las más de 900 páginas de la acusación y las 15 mil de sus anexos. Por entonces, el expresidente acaba de cambiar a su abogado Eduardo Pachas por uno nuevo, que recién iba a conocer el caso.
Por su parte, la defensa de Aníbal Torres pidió al juez que se notifique la acusación “de forma completa y ordenada”; mientras que la defensa de Betssy Chávez solicitó que se le vuelve a notificar el requerimiento de forma física y virtual.
En respuesta, el juzgado emitió una nueva resolución con fecha del 16 de febrero. Allí se informó que, por su extensión, la acusación fue notificada de forma electrónica a las defensas el 6 y el 7 de eses mes, pero que estas advirtieron que el documento “se encontraba incompleto y desordenado”.
“Por la cantidad de los recaudos, la notificación demoró dos días, no soportando el sistema SIJ (Sistema Integrado Judicial) del Poder Judicial un solo envió y es el propio sistema que envía en diferente orden aleatoria, haciendo la precisión que se notificó de manera completa con foliación correlativa”, indica la resolución.
Por ello y por la extensión de los documentos, el juez Checkley consideró “razonable” dejar sin efecto el plazo original y disponer la notificación de la acusación y sus anexos a través de un CD con documentos en formato PDF. No obstante, rechazó el pedido de Pedro Castillo para que se amplíe a 30 días.
Finalmente, el juez dispuso que las defensas iban a poder concurrir a su despacho en el Palacio de Justicia para recoger los CD con la acusación y sus anexos, como máximo hasta el viernes 23 de febrero. El plazo posterior de 10 días para presentar las observaciones iba a contarse, precisó, desde el día siguiente de esa nueva notificación.
A la fecha, ese plazo expiró y el juez Juan Carlos Checkley aún no ha convocado a la audiencia de control de acusación. En total, este 12 de abril se cumplieron tres meses de que la fiscalía presentó el requerimiento del Poder Judicial.
“Cuello de botella”
Wilfredo Robles, abogado de Pedro Castillo, dijo a El Comercio que ellos cumplieron con presentar sus observaciones “como todas las demás defensas”. Respecto al inicio del control de acusación, confirmó que aún no se ha programado y que “estamos a la espera”. Las defensas de Betssy Chávez y Aníbal Torres no respondieron a consultas sobre el mismo tema.
Fuentes de este Diario ligadas al caso señalaron que, en efecto, los plazos se han vencido y las defensas ya presentaron sus observaciones, pero el control de acusación aún no se programa.
Ello se debe, comentaron, a la complejidad del caso, limitaciones de personal y a la alta carga del juzgado de Checkley: se trata del único juez de la Corte Suprema que tramita todos los los casos de altos funcionarios (presidentes, ministros, congresistas, jueces supremos y fiscales supremos) que están en etapa de investigación y en control de acusación
El juzgado de Checkley tiene a su cargo, por ejemplo, otros casos del propio Pedro Castillo por presuntos actos de corrupción y organización criminal; casos de Martín Vizcarra (Caso Swing e Intocables de la Corrupción); de Dina Boluarte (muertes en protestas y presunto enriquecimiento ilícito); y de varios congresistas (’Los Niños’ y ‘Mochasueldos. También los de la fiscal Patricia Benavides y distintas carpetas del caso ‘Cuellos Blancos del Puerto’.
Gilmar Andía, exviceministro de Justicia, comentó a El Comercio que este caso es muestra de un problema grande en el sistema de justicia peruano: las demoras que enfrenta una acusación desde que se presenta ante el PJ hasta que llega a un juicio y una sentencia.
“La carga procesal es un problema, lo voluminoso de los expedientes es otro. Todo esto lleva a que terminemos en un estancamiento, un cuello de botella”, opinó. Una alternativa para aliviar la carga del juzgado que tiene el caso del golpe de estado, consideró, es que la Corte Suprema cree un segundo juzgado supremo de Investigación Preparatoria.