El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazó el pedido de nulidad interpuesto por el partido Acción Popular contra la resolución que invalidó sus elecciones primarias. Con esto, ratificó la nulidad de los comicios internos de la agrupación y dispuso el archivo definitivo del expediente en el marco de las Elecciones Generales 2026.
La medida rechaza como improcedente el recurso presentado por el personero legal titular, Fernando Luis Arias Stella Castillo, y el secretario general nacional, Juan José Abad Cabrera.
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Los representantes de la organización política buscaban revertir la Resolución N.º 745-2025-JNE, que el 11 de diciembre de 2025 declaró nulas sus comicios primarios por graves irregularidades.
El organismo electoral precisó que lo resuelto por su colegiado tiene calidad de definitivo y no es revisable en otra vía, conforme al artículo 181 de la Constitución Política y el artículo 23 de su Ley Orgánica.
En esa línea, sustentó la improcedencia asegurando que sus fallos constituyen cosa juzgada firme en sede electoral.
En su pedido de nulidad, Acción Popular alegó supuestas afectaciones al debido proceso, al principio de legalidad y al derecho constitucional de elegir y ser elegido. Ante esto, el JNE enfatizó que sus pronunciamientos son inalterables, independientemente de que el partido denomine a su escrito como un pedido de revisión, nulidad o reevaluación.
Esta decisión confirma que la agrupación política no contará con candidatos para la presidencia ni para el Congreso en los próximos comicios. Al haber concluido los plazos del cronograma electoral, la organización queda fuera de carrera al no haber concretado la elección de sus postulantes de forma válida para el JNE.




