jueves, enero 29

El abogado de la presidenta Dina Boluarte, Joseph Campos, aseguró que el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que ordena suspender las investigaciones contra su patrocinada hasta el final de su mandato, “no contribuye a la impunidad” y desde su punto de vista, “es un aporte a la democracia”.

En entrevista con Canal N, indicó que la decisión del TC restablece una situación que había sido afectada por el inicio de investigaciones del Ministerio Público que “distrajeron” a la mandataria de sus funciones.

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Asimismo, Campos aseguró que la sentencia a quien menos beneficia es a Boluarte Zegarra porque -según su versión- “ya sufrió” todo lo que el Tribunal ha dicho que no va a volver a ocurrir.

“De tal manera que esto es un aporte para el presidente de la república y los que vengan en virtud de la cual la investigación va a ser circunscrita a los supuestos establecidos en el (artículo) 117 y sobre la base de la idea de que esto ocurrirá luego que haya terminado el mandato, tal como ha pasado con los expresidentes que estamos viendo, Toledo; Fujimori; García en su momento tristemente se quitó la vida; Ollanta Humala”, expresó.

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“Todos han sido investigados y procesados bajo la regla que el tribunal está restableciendo. De tal manera que es mentira que esta sentencia contribuye a la impunidad”, agregó.

En ese sentido, el letrado estimó que el próximo presidente de la república, sea quien fuere, va a tener la protección constitucional que le permitirá “tranquilidad y gobernabilidad”.

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“En cierto modo el Ejecutivo, cuando ha planteado este tema realmente ha sido un acto de responsabilidad para con la democracia, no para una situación de beneficio particular como algunos interesados evidentemente quieren hacer creer”, aseveró.

Fallo “histórico”

Joseph Campos también remarcó que la presunción de inocencia se tiene que conjugar con más gobernabilidad y esa regla no ha aparecido con Dina Boluarte, sino que la han tenido Alberto Fujimori, Alejandro Toledo, Alan García, Ollanta Humala, insistiendo en que el fallo “no contribuye a un nivel de impunidad”.

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“Cada vez que hay una denuncia contra un presidente de la república hay un oprobio público que lo descapitaliza políticamente y eso no se puede permitir. Segundo, te forma un presidente cobarde. La tranquilidad de darle para que gobierne es fundamental para la política”, acotó.

“Un presidente no es un funcionario que lo decidimos por concurso, un presidente lo elegimos todo y lo que soporta su mandato, su autoridad política, es la política. Por eso es importante que no te llenen de investigaciones porque alguien lo dice, porque alguien lo señala”, añadió.

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Finalmente, el abogado de Dina Boluarte enfatizó que los periodistas “pueden decir lo que quieran” y aportar cualquier circunstancia de investigación, pero subrayó que “cualquier denuncia no se debe automáticamente convertir en investigación”.

“Por esa razón es que el Tribunal Constitucional ha hecho algo importante e histórico, y me llena de orgullo haber participado en esa defensa como abogado de la presidenta. Creo que al final de cuentas ella es la menos beneficiada de esta situación, lo único que va a ocurrir es simplemente suspender (las investigaciones) como todos los presidentes de la era republicana”, sentenció.

El caso

El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda competencial que presentó el Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial, y ordenó que se suspendan las investigaciones fiscales contra la presidenta Dina Boluarte mientras dure su mandato.

En su fallo, los miembros del pleno del tribunal aprobaron el informe que elaboró el magistrado Pedro Hernández Chávez, donde se resuelve declarar como fundada la demanda competencial que había presentado el Poder Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial.

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El fundamento de esta demanda era que tanto la Fiscalía de la Nación, como las resoluciones emitidas por el Poder Judicial que permitieron que sigan las investigaciones, no estaban respetando la Constitución por ahondar en casos que no estaban contemplados en el artículo 117.

Al darle la razón al Ejecutivo, el TC ordena suspender las investigaciones iniciadas en el Ministerio Público contra Boluarte que fueron materia de la demanda al tratarse de una presidenta “en ejercicio”.

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