El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso la inaplicación de la reducción de la valla electoral aprobada por el Congreso para las elecciones de este año. Con esta decisión, se mantiene la exigencia del 50% de participación en regiones para que los partidos conserven su registro vigente.
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El JNE argumentó que los resultados de las elecciones primarias se consolidaron mediante resolución el 1 de junio del 2026. Por ello, una modificación posterior de las reglas vulnera los principios de seguridad jurídica e intangibilidad de las normas electorales.
El acuerdo legal del colegiado electoral contó con el voto en minoría del magistrado Gunther Gonzales Barrón. El tribuno discrepó de la postura mayoritaria porque consideró que la aplicación de la ley requiere un análisis en cada caso concreto.
La resolución se publicó el 5 de setiembre del 2026 en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano. El tribunal dispuso la difusión inmediata de esta medida en su portal electrónico institucional para el conocimiento público de la ciudadanía.
La ley que aprobó el Congreso para bajar valla
La Ley 32657, publicada el 15 de junio del 2026, dispuso bajar del 50% al 30% el porcentaje mínimo de participación regional para evitar la cancelación partidaria. La norma también otorgó un plazo de treinta días calendario para que los organismos electorales elaboren los reglamentos correspondientes.
Asimismo, la legislación modificó las reglas de nulidad electoral municipal si la inasistencia de votantes supera el 50% de electores. Ante este escenario, la ley ordena una única elección complementaria cuyos resultados serán válidos sin importar el nivel definitivo de participación ciudadana.

