Tras una sesión de forma privada, el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró este viernes infundadas las dos apelaciones presentadas por Juntos por el Perú para invalidar 2.398 mesas de votación –1.751 en Lima y 647 en Estados Unidos– bajo la causal de fraude electoral. La decisión se produjo luego de que la agrupación admitiera en una audiencia virtual que no contaba con medios probatorios para sustentar la acusación.
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Los recursos de apelaciones
En la audiencia de la tarde, el partido buscaba dejar sin efecto las resoluciones emitidas por los jurados electorales especiales (JEE) que declararon improcedentes los pedidos de nulidad para anular las mesas en la capital y el exterior. Roy Mendoza y Marco Zevallos, acreditados como abogados de la agrupación, estuvieron a cargo de la defensa del caso.
Según expusieron, en el caso de Lima los únicos medios probatorios ofrecidos consistían en “análisis estadísticos” elaborados por la propia agrupación.
Respecto al voto en el extranjero, aludieron a supuestas “modificaciones de la normativa electoral” efectuadas por la ONPE a pocos días de la segunda vuelta presidencial, las cuales, a su juicio, habrían afectado los votos y el traslado de las actas al Perú.
Tras escuchar los alegatos, el pleno integrado por Martha Maisch, Gunther Gonzales Barrón, Rubén Torres Cortez y Aaron Oyarce, bajo la presidencia de Roberto Burneo, dejó ambas causas al voto.
—Audiencia electoral—
Durante la exposición del primer caso, Burneo dejó claro que analizarían el fondo de la apelación, que era la nulidad, pero indicó que no había ningún detalle adicional al pedido.
“Fuera del tema de la procedencia que es parte de la apelación, ustedes piden que analicemos el fondo sobre la base de una deducción estadística, lo cual merece algún estándar probatorio que merezca que este tribunal vaya al fondo. Lo que entiendo es que no hay algún detalle adicional que nos ayude”, señaló.
Al respecto, Mendoza solicitó que el JNE revisara los informes de fiscalización para determinar eventuales responsabilidades: “En todo caso para mayor esclarecimiento podría remitirse a los informes de fiscalización señor magistrado”.
No obstante, Burneo respondió que le correspondía a la agrupación sustentar la acusación sobre la base de pruebas.
“Recordemos que la carga de la prueba es de ustedes en todo caso, no de nosotros”, dijo.
Posteriormente, al ser consultado por Gonzales Barrón, Mendoza no pudo identificar a ninguna persona como autor del aparente fraude al que invocó su partido ni presentar algún medio probatorio que sustentara dicha acusación.
Burneo preguntó si los personeros encontraron alguna anomalía en las mesas: “Ellos no han encontrado ninguna anomalía fáctica”, contestó.
No hubo mayor respuesta y el presidente del JNE dejó claro en la audiencia que un análisis estadístico –como el que mencionó JP– no constituía, por sí mismo, “una prueba suficiente o importante considerando la gravedad de la causal que están invocando ustedes”.
Cuando abordaron el segundo caso, Maisch preguntó por qué el recurso cuestionaba únicamente los resultados de Estados Unidos y Argentina y no los de todos los peruanos en el exterior.
Gonzales Barrón, en tanto, pidió explicar cómo se habría producido el fraude. “Cuando usted me habla de un marco normativo modificado, no me dice en concreto cómo ha ocurrido el fraude que se está imputando. ¿Cómo ha ocurrido? No me dice los hechos que supuestamente habrían ocurrido”, preguntó el miembro del jurado.
Sin embargo, la defensa de JP centró sus argumentos en cuestionamientos a la cadena de custodia de las actas y en reportes sobre la convocatoria de voluntarios para las mesas de votación.
“Muy aparte de las noticias que se nos han hecho llegar respecto de los casos en mesa, nosotros proponemos las modificaciones sustanciales al procedimiento”, dijo Mendoza.
Zevallos, a su turno, sostuvo que las recientes “modificaciones” introducidas por la ONPE “violan la intangibilidad normativa” y también cuestionó el traslado de las actas electorales. En tal sentido, Burneo le preguntó en reiteradas oportunidades cómo se había roto la cadena de custodia y si existía alguna prueba de ello. Zevallos intentó explicar:
“Cancillería dice que no se respetó ese protocolo. Está señalando que ha venido con funcionarios consulares y lacrado, pero en ningún comunicado dice que ha venido por valija diplomática”. Entonces Burneo pidió a Zevallos explicar qué era para él una valija diplomática, pero no obtuvo una respuesta concreta
—Pronunciamiento de la Cancillería—
Por la mañana, el Ministerio de Relaciones Exteriores rechazó “cualquier afirmación que atribuya a sus funcionarios consulares actos de interferencia, manipulación, favorecimiento político o alteración del material electoral”
En el pronunciamiento, reafirmó “su respeto a la voluntad popular, a la autonomía de los organismos electorales y al derecho de las organizaciones políticas de formular, por las vías legales correspondientes, las observaciones o recursos que consideren pertinentes”.
Explicó que para la primera vuelta, a solicitud de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), se implementó de manera complementaria un aplicativo para el escaneo de actas.
“Al tratarse de una herramienta nueva y de apoyo operativo, su uso no fue general, sino que se aplicó únicamente en 108 de las 180 oficinas consulares que organizaron procesos electorales en el exterior. Dicho aplicativo no sustituyó el procedimiento legal de remisión física de las actas ni las competencias de los organismos electorales”, puntualizó.
Detalló que luego de la primera vuelta, una parte importante de dichas oficinas consulares reportó serias dificultades técnicas y operativas en el uso del referido aplicativo.
“Por ello, en coordinación con la ONPE y, al igual que se hizo en territorio nacional con el STAE (Solución Tecnológica de Apoyo al Escrutinio), se dispuso no continuar con esa actividad complementaria en la segunda vuelta. Esta decisión no modificó la Ley Orgánica de Elecciones ni alteró el procedimiento legal de repliegue del material electoral”, enfatizó.
Subrayó que las oficinas consulares facilitaron la participación de personeros de las organizaciones políticas y la supervisión de las autoridades competentes.
La experta en temas electoral Silvia Guevara señaló que los recursos presentados por la agrupación política no tenían sustento. Consultada por El Comercio, en horas de la tarde del viernes, consideró que los recursos de apelación iban a ser declarados infundados.













