“En su condición de Gobernador Regional de Junín, el señor Vladimir Cerrón, suscribió la Adenda Nro. 1, mediante el que modifica el Convenio específico suscrito con Sima Perú, pese a que no tenía sustento técnico legal y no tenían un marco normativo mediante el cual se resguarde el uso de los recursos públicos.”
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“Lo que se cuestiona es que todo este Convenio Específico y las adendas de los hechos 1 y 2, se han hecho con la finalidad de favorecer a un tercero ¿Quién es ese tercero? Sima Perú”, puntualizó el fiscal.
El fiscal rechazó la pretensión de la defensa de Cerrón, quien solicitó el archivo del proceso y la acusación al sostener que los hechos solo serían actuaciones de tipo administrativo. Indicó que el reglamento de organización y funciones señalaba que Cerrón, en su condición de gobernador regional, tenía como función específica la de supervisar, cumplir y hacer cumplir las normas de los órganos ejecutivos del gobierno regional.
“En ese sentido que, teniendo clara las normas, el Ministerio Público le imputa a este señor Vladimir Cerrón haberse concertado con Sima Perú. Se dice que estos serían actos netamente administrativos sin connotación penal, pero su despacho tiene todos los insumos para poder evaluar específicamente la participación del señor Cerrón, como máximo autoridad del Gobierno Regional, este señor participa en la aprobación de la Adenda Nro 1. (…) Ese acto colusorio ¿quién lo avaló? fue el señor Cerron al momento de aprobar la adenda Número 1. Obviamente que para emitir esta adenda se ha emitido diversos informes de diferentes área, pero específicamente, en el caso del señor Cerrón, es por haber suscrito esta Adenda con esa modificación.”
El representante del Ministerio Público precisó que no es ilegal suscribir una adenda o que no esté en sus facultades firmarla.
Puntualizó que lo irregular es que gracias a esta Adenda Nro 1, se pudo realizar pagos a Sima Perú por más de S/39 millones, pese a que la obra se encontraba en la etapa de la reformulación de la obra y no de ejecución, sumado a que se había estipulado que sería en ese momento que podría darse adelantos.
“El abogado señala ¿de qué forma se ocasionó el perjuicio al Estado? Señora magistrada estas famosas adendas o adelantos son pagos de dinero a favor de un tercero, que es Sima Perú (…) con las modificaciones se daba libertad absoluta a las partes para que puedan solicitar cuantas veces quieran los adelantos (…) y se están tratando las adendas como si fueran un acto administrativo, cuando estaba en juego los fondos del Estado, no puede ser señora magistrada”, advirtió el fiscal.
No existe un infracción del deber funcional
El abogado Ángel Espinoza, defensa legal de Vladimir Cerrón, rechazó la imputación fiscal y por el contrario planteó un recurso de excepción de improcedencia de acción solicitando el archivo del caso.
Rechazó que su patrocinado haya incurrido en un acto colusorio en perjuicio del Estado, por presuntamente haber intervenido en la suscripción del Convenio Cooperacion Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Junín y Sima Perú.
“Solicitamos la improcedencia de acción por el tipo de penal, atipicidad relativa, falta de elementos del tipo delictivo. Por ello, solicitamos se declare fundada la excepción”, solicitó el abogado.
De acuerdo al abogado, al momento de suscribir el contrato y las adendas, Cerrón Rojas solo estaba ejerciendo su facultad de representar al gobierno regional de Junín; por tanto, actuó dentro de sus funciones y no generó afectación a los recursos del gobierno regional.
“El Ministerio Público sostiene de manera genérica que el señor Cerrón Rojas habría infringido sus funcionales al suscribir este convenio. No obstante esta información carece de sustento jurídico penal, toda vez que la actuación atribuida al acusado se realizó dentro del marco de sus competencias.”
La audiencia de control de acusación continuará el jueves 28 de mayo a las 2:30 de la tarde.

Jueza Sammy Palomino deberá pronunciarse sobre pedido de Vladimir Cerrón y su defensa, para archivar la acusación del Caso ‘Puente Comuneros II’
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