José María Balcázar, presidente de la República , no ha rechazado de plano otorgar algún beneficio al sentenciado Pedro Castillo, que le permita dejar de cumplir su condena, abandonar el Penal de Barbadillo y salir en libertad. Por el contrario, conforme pasan los días, el mandatario ha puesto sobre la mesa la posibilidad de que el golpista “presente su solicitud (de indulto o derecho de gracia) correspondiente”.
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El documento sobre el pedido de “derecho de gracia por razones humanitarias”, suscrito por el sentenciado exmandatario fue ingresado a la Comisión de Gracias Presidenciales el 20 de abril del 2026, y de esta manera se inició su trámite bajo el Expediente N° 01793-2026-PO.
Tras su primera evaluación formal, se determinó que el pedido no había adjuntado la documentación del interno Castillo Terrones, tal como lo establece el artículo 45.1 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias.
De acuerdo a dicha normativa, la dirección penitenciaria de Barbadillo debía cumplir con presentar los requisitos “b”) la declaración Jurada de conocer la gratuidad de la tramitación de la solicitud de gracia presidencial; “c”) Copia digitalizada de la historia clínica del solicitante del establecimiento penitenciario y “d”) Informe Médico elaborado por el profesional médico del Instituto Nacional Penitenciario, o quien haga sus veces, debidamente colegiado; sobre la base de la historia clínica indicada.
Por ello, el 30 de abril del 2026, el pedido del exmandatario fue declarado “inadmisible” por no cumplir con los requisitos exigidos en los literales “b, “c” y “d” del numeral 45.1 del artículo 45 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales.
“En ese sentido, corresponde informar que la razón de la inadmisibilidad es que el solicitante no adjuntó a su solicitud la copia digitalizada de la Declaración Jurada de conocer la gratuidad de la tramitación de la solicitud de gracia presidencial firmada por el interno, así como, la copia digitalizada de la historia clínica del solicitante del establecimiento penitenciario e informe médico elaborado por el profesional médico del instituto nacional penitenciario, o quien haga sus veces, debidamente colegiado.”
Esto fue notificado a la directora del Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, con fecha 5 de mayo, a través del Oficio N° 586-2026-JUS/DGAC-DGP a fin de que notifique la decisión al interno Castillo Terrones y este cumpla con subsanar su pedido en un plazo de 20 días hábiles, tal como lo establece el artículo 45.4 y 45.5 del artículo 45 del Reglamento Interno.
Dos días después, el 7 de mayo, la Directora del Penal cumplió con notificar al interno Castillo Terrones a fin de ponerle en conocimiento la inadmisibilidad de su pedido y la posibilidad de subsanar el mismo a fin de que se continúe con el trámite correspondiente.
“En tal sentido, de creerlo conveniente sírvase subsanar a la brevedad para proseguir el trámite ante esta oficina, dejando a criterio del mismo, subsanar la presente, bajo apercibimiento de ser rechazada y disponerse su archivo definitivo.”

PEDRO CASTILLO -GRACIA PRESIDENCIAL POR RAZONES HUMANITARIAS
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El Comercio solicitó la versión y precisión del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) sobre los pedidos de indulto y derecho de gracia por razones humanitarias que se tramitaron a favor de Pedro Castillo.
Sobre los pedidos de indulto, señalaron que a la fecha no existe solicitud de “indulto en trámite o pendiente de respuesta”. Sin embargo, confirmaron que se solicitaron cuatro pedidos de indulto (3 indultos y 1 no especificado) que no cumplían los requisitos mínimos.
“A la fecha, se han recibido cuatro (04) solicitudes (3 indultos y 1 no precisó el tipo de gracia presidencial) presentados por ciudadanos, los mismos que no contaban con los requisitos mínimos para el inicio del procedimiento de evaluación de gracias presidenciales, por lo cual, dichas solicitudes fueron atendidas a través de cartas, informándoles que no reúnen los requisitos mínimos”, informaron.
Sobre los pedidos de “derechos de gracia por razones humanitarias”, confirmaron que tenían un pedido – es decir, el que presentó Pedro Castillo- que fue declarado “inadmisible” por la Comisión de Gracias Presidenciales el 30 de abril del 2026. Sin embargo, precisaron que esto “no implica un rechazo de plano, pues está sujeta a subsanación”.
Además, reconocieron que Castillo Terrones podrá subsanar su pedido de “derecho de gracia por razones humanitarias” y para ello tiene un plazo que vencerá el próximo 4 de junio.
Agregaron que, una vez subsanados todos los documentos, “se continuará con la evaluación de la solicitud y se verificará si cumple o no con los supuestos de recomendación de concesión que establece la norma vigente”.
Al ser consultados sobre el pedido de indulto que solicitó Walter Ayala, abogado de Castillo Terrones el mes de febrero, desde el Minjusdh precisaron que a la fecha no han recibido dicho documento.















