El Tribunal Constitucional resolvió declarar improcedente la demanda de hábeas corpus presentada por el expresidente Pedro Castillo, con la que buscaba anular su detención y los procesos judiciales iniciados en su contra tras los hechos del 7 de diciembre de 2022 en que se produjo el golpe de Estado.
`; document.body.appendChild(modalWrapper); let figcaption = modalWrapper.querySelector(«figcaption»); if(figcaption) figcaption.style.display=»none»; modalWrapper.querySelector(«.s-multimedia__close-modal»).addEventListener(«click»,()=>{modalWrapper.remove(); e.style.display=»flex»; if(caption) caption.style.display=»block»;});})})});});
Asimismo, el tribunal precisó que la actual restricción de la libertad de Castillo Terrones no deriva de esos actos iniciales, sino de resoluciones posteriores de prisión preventiva dictadas dentro de procesos penales en curso.
Respecto al rol del Ministerio Público del Perú, el TC subrayó que sus actuaciones, como lo fue el inicio de diligencias preliminares, no implican por sí mismas una restricción de la libertad personal, ya que su función es de carácter postulatorio y no decisorio.
En esa línea, indicó que las disposiciones fiscales cuestionadas no constituyen una amenaza ni vulneración de derechos fundamentales, pues le corresponde al Poder Judicial y no a la Fiscalía imponer medidas restrictivas como la prisión preventiva.













