En el Legislativo, la propuesta ya fue derivada a las Comisiones de Trabajo y de Presupuesto.
Con la iniciativa legislativa N°11021/2024-PE, ingresada el último martes, se plantea reformar la Ley N°26771, la cual prohíbe expresamente a funcionarios y servidores del sector público y de la empresa estatal, con injerencia directa o indirecta, a contratar o inducir a hacerlo a favor de sus respectivos parientes. Y se pretende formular nuevos criterios en los cuales no se puede configurar nepotismo.
En principio, en caso de la designación de un funcionario, servidor o personal de confianza en una entidad del Estado donde previamente esté ejerciendo funciones, bajo cualquier modalidad, un pariente que no cuente facultad de nombramiento o contratación ni, según se indica, tenga injerencia directa o indirecta en la designación.
“El pariente permanece en la misma entidad o empresa del Estado durante su período de contratación y/o renovación, según corresponda, asegurando que la relación de parentesco no vulnere principios de transparencia, mérito, capacidad y normas presupuestales, sin desnaturalizar su vínculo contractual y sin utilizarla como mecanismo para transgredir prohibiciones legales”, se indica en el proyecto.
Incluso, se apunta que esta “cautela” descrita en las líneas anteriores se ‘extiende’ a aquellos casos en donde exista inclusive dependencia jerárquica o funcional directa, en cuyo caso simplemente se propone reubicar al pariente a otra área.
Además, este criterio también se aplicaría cuando el pariente en cuestión tiene un vínculo preexistente, vía un contrato de locación de servicios.
“La posterior y sucesiva contratación de este pariente como locador no se configura como acto de nepotismo”, se refiere en la propuesta. Para este último caso, se debe cumplir con otros preceptos normativos.

«La presente ley tiene por finalidad cautelar el derecho de acceso a la función pública de aquellos funcionarios, directivos, servidores públicos y/o personal en un cargo de confianza, así como de algunos de sus parientes que ya se encuentran vinculados en la misma entidad o empresa del Estado; conforme al marco legal vigente y sin menoscabo de la transparencia, mérito y capacidad en el sector público»
La norma alcanza, tal como ya está actualmente, a parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundos de afinidad, por razón de matrimonio, unión de hecho o convivencia.
El proyecto, aprobado previamente a nivel del Consejo de Ministros, también apunta a indicar expresamente que esto alcanza a los tres niveles de gobierno y no solo al central.
“Con el proyecto se incluirá expresamente supuestos que no se configuran como actos de nepotismo que, aunque actualmente se pueden inferir de dicha norma legal, en algunos casos y para algunos operadores jurídicos esto no quedaba claro y llevaba a confusión. Por lo tanto, la estructura legal ya existe y su modificación solo busca optimizar y complementar los aspectos que pueden presentar problemas interpretativos”, se sostiene en la exposición de motivos del proyecto.
Puntos de vista
A opinión de Mario Pinatte, socio en laboral de CPB Abogados, la propuesta presentada por el Poder Ejecutivo es “negativa e innecesaria”.
“Evidentemente, están abriendo una puerta y lo que genera es un retroceso en la normativa que ya está vigente”, aseveró en diálogo con El Comercio.
Pinatte, sobre todo, apuntó a que se pretenda incorporar la posibilidad de renovación de los contratos en una entidad, incluso una vez que estos hayan terminado y se advierta una situación de esta naturaleza.
“Lo que se denota distinto al régimen actual es la posibilidad de que se puedan renovar contratos. Uno puede entender que no se va a vulnerar a quien ya fue contratado, pero no que comience a celebrar contratos y vuelva a renovar cuando ya hay un pariente o un vínculo existente ahí”, explicó el especialista.
En suma, Pinatte sostuvo que este tipo de proyectos lo que hacen es “golpear” y “quitar eficacia” a las normas que actualmente buscan evitar el nepotismo en el Perú, lo que es considerado a buena cuenta una forma de corrupción en la administración pública.
Precisamente, el excontralor Fuad Khoury subrayó que el nepotismo es considerado un tipo de corrupción y “lo que estamos viendo es que por norma se está desconfigurando el concepto de nepotismo”.
“Por ley, se pretende decir que no es nepotismo lo que antes lo era, o lo que es nepotismo a nivel internacional”, cuestionó.
Khoury también apuntó hacia la oportunidad, sobre todo por los altos índices de percepción de corrupción.
“En este momento, en el país no se ha enfrentado a la corrupción, en sus distintas formas, como se debe. El Perú es considerado uno de los países más corruptos de Latinoamérica. No es el momento para incorporar normas que permitan afectar la meritocracia, porque obviamente se va a prestar de todas maneras a interpretaciones”, aseveró.
Familiares de congresistas y los contratos con el Estado
A partir de este martes 22 de abril, los familiares de los congresistas podrán acceder a contratos con el Estado, tras la aprobación de una reforma de la Ley General de Contrataciones Públicas el año pasado.
La norma elimina la restricción que les impedía participar en licitaciones de cualquier entidad estatal. Solo mantiene la prohibición para contratos dentro del Congreso.
El cambio genera preocupaciones sobre posibles conflictos de interés y el incremento de prácticas clientelistas, lo que podría comprometer la transparencia y eficiencia de las instituciones públicas, según advirtió El Comercio en un informe publicado en abril.

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